No tiene precio - Semanario Brecha

No tiene precio

El Ministerio de Salud Pública resolvió multar al médico y productor Máximo Castilla con 1.000 unidades reajustables, tras constatar la afectación a la salud en la población de Paso Picón, Canelones, provocada por el contacto con la fumigación de sus campos.

Escuela rural N°34 de Paso Picón, cercana a las fumigaciones y local donde se realizó la primera reunión entre vecinos y todas las autoridades responsables en el asunto. FOTO: Adrián Mariotti.

La evidencia aumenta. El daño a la salud que genera la exposición a los plaguicidas está siendo constatado y se impone ante los ojos de quienes quieran verlo. Y también de quienes no. Paso Picón es un ejemplo. En este paraje cercano a la ciudad de Canelones, ubicado sobre la ruta 62, los vecinos denuncian desde el año pasado los efectos de las fumigaciones que se realizan alrededor de sus casas.1 Hasta el momento el conflicto continúa sin resolverse, es decir, en esta época de inminente comienzo de las fumigaciones, el productor podrá hacerlo sin problemas. Pero el Ministerio de Salud Pública (Msp) ha sacudido el tablero disponiendo una multa para el productor en cuestión, Máximo Castilla, por un monto de 1.000 unidades reajustables, unos 760 mil pesos. La resolución, a la que Brecha tuvo acceso, está fechada el 23 de octubre y firmada por Carmen Ciganda, directora de Salud Ambiental y Ocupacional del Msp. El texto establece que se está “ante un hecho de suma irresponsabilidad, como consecuencia de la aplicación de plaguicidas de manera inadecuada e infringiendo normativa” y,“teniendo en cuenta la gravedad de la situación y que la vida humana no tiene precio”, solicita que se multe por ese monto. Desde la Dirección Departamental de Salud de Canelones confirmaron a Brecha que ya se le dio vista al productor de la multa dictada.

SALUD. La Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) abrió un expediente a raíz de las denuncias hechas por vecinos. Un informe que el Msp envió como respuesta a la Institución en julio de 2014 afirmaba “que existe una exposición reiterada a plaguicidas por parte de la población residente en la zona, y que la misma ha afectado la salud de los pobladores”. Agregando que “la sintomatología reportada por los vecinos afectados (cefaleas, ardor ocular, dolor y ardor orofaríngeo, ardor nasal, dificultad respiratoria, broncoespasmo, irritación cutánea y diarrea) se corresponde con el cuadro clínico descrito en intoxicaciones agudas y reiteradas por plaguicidas”. Los vecinos se enteraron de la existencia de este informe en setiembre.

A pesar de la contundencia del informe la discusión aún está abierta, y hasta el momento el productor puede seguir fumigando. El punto ciego sigue siendo el mismo: si hay o no un centro poblado en Picón. Si lo hubiera, se deberían respetar las distancias establecidas por el marco legal, a través de un decreto del Mgap del año 2004, según el cual están prohibidas las fumigaciones a menos de 300 metros de “cualquier zona urbana o suburbana y centro poblado”. En una respuesta primaria enviada a la Inddhh por parte de la Intendencia, la comuna reconocía que “sin perjuicio de la categorización actual de la zona en cuestión, se identifica claramente en la foto aérea la existencia de unas 40 viviendas sobre el eje de la ruta 62”. Pero los padrones son rurales, y este sigue siendo el argumento del Mgap para permitir las fumigaciones, ya que en el medio rural no hay regulaciones en ese sentido. Sus técnicos se han presentado en la zona luego de cada denuncia, pero no han podido constatar “deriva”, por lo que no han ejecutado sanciones. Sin embargo, las plantas de uno de los vecinos dieron glifosato positivo.2 En aquel momento, publicábamos que la discusión sobre los padrones retrasaba la resolución del problema y desviaba el tema de fondo, que es la vida y la salud de los pobladores. Dentro del informe que establece la multa, el Msp argumenta en el mismo sentido: “En cuanto a los nuevos hechos denunciados, llaman la atención las diferentes definiciones que manejan organismos de la administración del Estado sobre ‘centros poblados’ y ‘zonas rurales’ (Ine, Mgap, Dinot, intendencias). A los efectos de la salud humana las mismas pierden relevancia, dado que se establecieron con un fin territorial y urbanístico, y el impacto a la salud es independiente de estos conceptos, siendo además un bien mayor a preservar. No obstante, sería conveniente que se consensuaran las definiciones”.

UNA POSIBLE SALIDA. La Inddhh no ha cerrado el caso. Todavía está esperando la respuesta del Mgap y la de la comuna canaria. El director general de Desarrollo Productivo de esta comuna, Daniel Garín, adelantó a Brecha algunos detalles de la respuesta que se envió el pasado miércoles 3 de diciembre: “Estamos analizando una propuesta mucho más ambiciosa que simplemente prohibir las fumigaciones. La Intendencia se ha mostrado interesada en analizar la propuesta de un grupo de vecinos de convertir esta zona en un área protegida, lo que implicaría de por sí cambiar la categorización del suelo, que pasaría de rural productivo como es ahora, a rural natural”. La zona afectada por las fumigaciones estaría comprendida en la propuesta del área protegida François Margat, que tiene como objetivo preservar la biodiversidad de unas 400 hectáreas cercanas a la ciudad de Canelones. Según se detalla en el texto del proyecto, “allí se pueden encontrar pastizales, juncales, un bosque ribereño en torno al arroyo Canelón Chico y una laguna conocida por los lugareños como Laguna de los Patos. Esa laguna está alimentada por aguas de ese arroyo, que luego desemboca en el río Santa Lucía. Esta región está adyacente al área Humedales del Santa Lucía que será incorporada al Sistema Nacional de Áreas Protegidas (Snap)”.3

1. Véase “La cura y la enfermedad”, Brecha, 7-II-2014.
2. Véase “Y era nomás”, Brecha, 20-III-2014.
3. El informe completo se puede ver en: http://colectivoespika.sejuntalagente.org/wp content/uploads/2013/05/Propuesta-Estaci%C3%B3n-F_Margat.pdf.

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