Una fortaleza en el Hospital Militar - Semanario Brecha

Una fortaleza en el Hospital Militar

Un certificado médico, en ciertas condiciones particulares, puede detener a la justicia por meses. Es lo que ocurrió con una denuncia por torturas contra José Gavazzo y Ernesto Ramas, internados en el Hospital Militar.

Gavazzo / Foto: Alejandro Arigón, Archivo

El médico del Hospital Militar que hace unas semanas calificó al coronel José Gavazzo como apto para abandonar su cama de internación y disfrutar de una visita de fin de semana en su propio domicilio es el mismo que hace unos meses dictaminó que el carácter agudo de la insuficiencia renal crónica que padecía hacía no aconsejable que Gavazzo fuera trasladado hasta la sede del Juzgado Penal de 12° Turno para ser interrogado.

La historia de ese interrogatorio judicial al coronel y a Ernesto Ramas, ambos internados en el Hospital Militar desde hace tiempo, aporta algunas respuestas a la pregunta de por qué algunos juicios a los militares acusados de delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura se prolongan por años, impidiendo las sentencias. Los detalles del periplo pueden no coincidir exactamente con el proceso, puesto que fue necesario consultar a distintos actores a efectos de reconstruir la historia.

El juez Nelson dos Santos instruye una investigación judicial promovida por unas sesenta víctimas de torturas y vejámenes durante su detención en diversas unidades militares, entre ellas el Regimiento de Artillería 1, el Batallón 13 de Infantería, el Servicio de Materiales y Armamento y la casona de la rambla República de México donde funcionó un centro clandestino de detención. Cuando se disponía, a mediados de 2012, a iniciar los interrogatorios a numerosos oficiales del Ejército y de la Armada, entre ellos José Gavazzo, Ernesto Ramas, Gilberto Vázquez y Jorge Silveira, los abogados defensores interpusieron un recurso de inconstitucionalidad de la ley 18.831, llamada ley interpretativa de la ley de caducidad.

El planteo fue trasladado primero a la fiscal penal de primer turno, quien se manifestó contraria a la pretensión de los abogados defensores; y después fue objeto de estudio por el fiscal de Corte, quien también desestimó el recurso. A comienzos de 2013 el expediente recaló en la Suprema Corte de Justicia, y después de ser analizado el asunto por los cinco miembros de la Corte, se acordó por mayoría rechazar la pretensión de inconstitucionalidad.

El 11 de octubre de 2013, más de un año después de detenidas las acciones judiciales por el recurso de la defensa de Gavazzo, Silveira, Ramas y Vázquez, el expediente retornó a Penal 12. Se creía que finalmente el magistrado podría continuar los interrogatorios, entre ellos los de Gavazzo y Ramas. Habría que sortear otros obstáculos.

El 22 de noviembre de 2013 la fiscal Adriana Umpiérrez solicitó los interrogatorios, “siempre que se encuentren en condiciones de declarar”. A comienzos de febrero de 2014 la audiencia fue fijada, con una expectativa optimista, para el 3 de marzo, y simultáneamente se solicitó un informe sobre la aptitud de Gavazzo y Ramas para declarar, dado que permanecían internados en el Hospital Militar. Una abogada asesora del Ministerio de Defensa aconsejó que el juez cursara un oficio a las autoridades del hospital, o bien que se constituyera físicamente en el hospital, pero advirtiendo que la decisión final estaba en manos del médico tratante.

Antes de este episodio, el juzgado penal había tratado de avanzar en la investigación y había solicitado al Ministerio de Defensa los legajos de los militares implicados en la denuncia. El ministerio respondió, a mediados de enero de 2014, que era imposible entregar los legajos por razones materiales y de recursos humanos; pero aconsejaba, no obstante, dirigirse al Comando General del Ejército. El 3 de abril de 2014 el Comando del Ejército comunicó que era “materialmente imposible” acceder a la solicitud porque no se podían entregar los legajos originales y hacer copias certificadas de “varios centenares de legajos” con un promedio de 200 hojas, ya que implicaba invertir recursos humanos y materiales que el comando decía no contar para tal fin. Además, advertía que los datos personales de terceros “están protegidos por la legislación vigente”. La respuesta, que cerraba todos los caminos a la pretensión judicial, estaba firmada por el general Pedro Aguerre.
Como en un campo minado, de todos modos el magistrado había avanzado pasito a pasito. El 5 de febrero de 2014 el juez había instruido a los actuarios a constituirse en el Hospital Militar a efectos de obtener la información del médico tratante para conocer la situación clínica de los dos procesados en otras causas. El 26 de febrero el actuario del juzgado elevó un informe sobre sus esfuerzos. Consignó que había llamado telefónicamente al hospital para saber si allí permanecían los dos indagados, y se le respondió que sí. Preguntó quién podía brindar información sobre si estaban en condiciones de declarar y se le dijo que sólo el director estaba habilitado. El actuario decidió concurrir al hospital y en el segundo piso ubicó el despacho del director, pero una funcionaria le advirtió que el coronel José Olivera estaba en una reunión. Quince minutos después volvió a preguntar por el director, pero éste seguía ocupado. El actuario optó por retirarse, pero cuando regresó al juzgado se enteró de que se habían recibido dos llamadas telefónicas, de las abogadas Graciela Figueredo y Rossana Gavazzo, preguntando qué instancia estaba en curso, porque les habían advertido desde el hospital sobre la presencia del actuario. En su informe, éste consignó que resultaba “llamativo” que no hubiera tiempo para atender a un funcionario judicial pero sí para advertir a los abogados defensores.

El mismo 5 de febrero el juez había ordenado al médico forense de turno que se apersonara en el Hospital Militar y que resolviera la cuestión de si los indagados estaban en condiciones de concurrir al juzgado. Pero no fue tan fácil: el director del hospital, coronel Olivera, prefirió primero consultar al médico encargado de la sala donde supuestamente estaban internados Gavazzo y Ramas. El 9 de abril, un mes después de la solicitud de Olivera, finalmente el doctor Leonardo Caussi informó a la dirección del hospital que los enfermos estaban en condiciones de ser interrogados.

El 12 de mayo se fijó finalmente la audiencia, que debería realizarse el 3 de junio en la torre 6, piso 5 del hospital. Fue el propio doctor Caussi quien declaró en el expediente que Gavazzo sufría de una insuficiencia renal, que desde febrero se expresaba de manera aguda; y que Ernesto Ramas sufría una cardiopatía severa. Ambos, dijo, podían eventualmente trasladarse hasta el juzgado, pero él no lo aconsejaba.
El interrogatorio a Gavazzo fue una extensa exposición de cinismo y desparpajo. No se acordaba de nada. Negó haber ingresado a algún centro clandestino de detención. Negó conocer a los ex presos que directamente lo acusaban de haberlos torturado; dijo que todas esas afirmaciones eran mentiras; y explicó que el 85 por ciento de los prisioneros que él había interrogado habían aportado información voluntariamente; y con aquellos que no hablaron “pudo haber presión psicológica, como una mano en el hombro o una amenaza verbal”.

El interrogatorio a Ernesto Ramas fue mucho más breve. Informado de que, amparado por la Constitución, podía negarse a hablar o incluso mentir, Ramas anunció que no iba a contestar ninguna pregunta, “para no perder el tiempo”.

Gavazzo y Ramas permanecen en el Hospital Militar. En el caso de Gavazzo, su insuficiencia renal en ocasiones se vuelve aguda, y en otras no. Como la causa por las sistemáticas torturas sigue abierta, es posible que el estado agudo de su enfermedad resurja intempestiva y convenientemente.

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