El 9 de julio de 2024, Alex Lebel declaró como testigo ante el Tribunal de Roma, que entonces juzgaba hechos vinculados al Plan Cóndor. Lo hizo por videoconferencia desde Montevideo. Semanas antes, la fiscal uruguaya Sabrina Flores había pedido su procesamiento con prisión –junto con otros militares– por el papel que el marino jugó en las torturas que ocurrieron en el Cuerpo de Fusileros Navales (Fusna) durante la dictadura. El testigo de Roma y el imputado de Montevideo son la misma persona, hablando de los mismos hechos. Y esa coincidencia al menos exige una lectura crítica.
Lebel lleva décadas retirado de la Armada y comparecía en aquella oportunidad como testigo en el juicio que, en octubre de 2025, condenaría a cadena perpetua a su antiguo camarada de armas, Jorge Néstor Tróccoli, por crímenes de lesa humanidad: el secuestro, el asesinato y la desaparición de la maestra uruguaya Elena Quinteros, en junio de 1976, y el caso de la pareja ítalo-argentina Rafaela Filipazzi y José Agustín Potenza. Los fundamentos del fallo se conocieron en febrero de 2026.
Durante horas, Lebel respondió preguntas sobre el funcionamiento y sobre su propia participación en el Fusna, unidad de la Armada que entre 1972 y comienzos de los años ochenta funcionó como cárcel de presos políticos y centro clandestino de detención y tortura.
Ante los jueces italianos, se presentó como un engranaje muy menor de una maquinaria ajena. Reconoció haber integrado el S2 –la sección de inteligencia del Estado Mayor del Fusna– desde enero de 1974, pero definió su tarea de la manera más inocua posible; en plena dictadura parecía hacer poco más que trámites burocráticos, recoger información y elevarla a sus superiores. Se describió a sí mismo como un oficial que trabajaba solo, sin teléfono, sin equipo y sin personal.
Esta historia no condice con declaraciones ante instancias judiciales uruguayas en las que se evidenció que tenía personas a cargo y era el responsable de operativos de detención, al menos a mediados de 1975. El legajo militar de Lebel, además, desmiente, anotación por anotación, la imagen de oficial marginal e inofensivo que intentó construir en sus declaraciones ante la Justicia italiana.
INTERROGAR NO ES TORTURAR
Como testigo en Roma, Lebel admitió una sola participación en algo parecido a un interrogatorio: en marzo de 1974, cuando, según dijo, era el oficial más joven de guardia y apenas recogió declaraciones de unos detenidos. Trazó entonces, en una sola frase, lo que sería el corazón de su posicionamiento: «Dunque, innanzi tutto, interrogare non è torturare, per interrogare poi deve essere presente più di una persona, persone poi che devo [sic] essere formate…». Es decir: «Entonces, ante todo, interrogar no es torturar; para interrogar, además, debe estar presente más de una persona, personas que deben estar formadas».1
Un interrogatorio exige personal formado, especialistas y hasta apoyo psicológico, afirmó. Y sobre las torturas en el Fusna fue tajante: mientras él estuvo allí no se practicaban; se enteró después, ya en democracia, por noticias e investigaciones.
Pero decenas de sobrevivientes de la tortura en Uruguay cuentan otra historia. En el documento que la fiscal Flores presentó en 2024 –a partir de una denuncia colectiva iniciada en 2012–, las víctimas identificaron a Lebel como uno de los oficiales que interrogaban y participaban directamente de los tormentos.2
Una mujer relató que su tortura empezó con Lebel; otra reconoció su cara y su voz. Otros recordaron que los propios guardias avisaban que era él quien estaba interrogando mientras se oían los gritos. Los métodos que se repiten en esos relatos son los que hicieron del Fusna uno de los centros de tortura más herméticos de la dictadura, aquel donde –según recuerdan los sobrevivientes– hasta los represores usaban capucha.
UN LEGAJO REVELADOR
Con todo, el contrapeso más demoledor sobre las declaraciones de Lebel no proviene de la memoria de las víctimas, sino de la propia institución que integró. Su legajo militar fue digitalizado –junto con otros– de los archivos del Fusna y entregado en 2017 a la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente de la Presidencia. Ese legajo trasciende lo que recuerdan las víctimas y lo que quiera contar el imputado. Es la Armada evaluando, reconociendo y destacando a uno de sus oficiales.
El 29 de mayo de 1974, Lebel fue designado efectivamente como oficial S2. El 1 de agosto, se lo felicita por su gran voluntad para el trabajo –sobre todo en la planificación de los operativos de carácter confidencial– y se anota, en la misma entrada, que detuvo personalmente en la vía pública a un par de agitadores, lo que lleva posteriormente a la captura de decenas de personas.
El 30 de noviembre se destaca su sentido del deber, su memoria y su inteligencia, y se registra que, a partir del estudio de los datos obtenidos, ubicó a siete integrantes del Movimiento de Liberación Nacional (MLN) en la clandestinidad, con las consiguientes detenciones.
En marzo de 1975 se describen sus funciones como jefe de inteligencia, con reuniones regulares con el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA) y con la N2 de la Armada. En mayo, se consigna que trabaja de manera consciente en el procesamiento de datos sobre la sedición.
El oficial que se presentó en Roma como un marinero solitario y sin funciones operativas no existe. En su lugar hay un jefe de inteligencia que planificó operativos, procesó información y coordinó con la OCOA. La institución que, según declaró después, lo perseguía, a la luz de estos documentos, parece ser la misma que lo ascendía y lo felicitaba una y otra vez por su participación entusiasta y dedicada.
El 2 de junio de 1975, el legajo anota que Lebel dictó una conferencia sobre el tema «subversión actual». Tres días después, en la madrugada del 5 de junio, un operativo bajo su mandó secuestró a Pedro Luis Risso y a su esposa, Lydia Fernández, en su domicilio de la Ciudad Vieja. Los documentos aportados por el Archivo Judicial de Expedientes Provenientes de la Justicia Militar muestran que tanto el operativo como los interrogatorios fueron conducidos por Lebel como oficial S2.
El mismo legajo prueba que Lebel siguió al frente de tareas de inteligencia al menos hasta abril de 1976, cuando fue enviado a comandar una unidad de tareas en el litoral, con asiento en Salto. Y registra, casi al pasar, un detalle que dice mucho de su relevancia nada inocente: el marino participó de los honores militares que la dictadura rindió al dictador chileno Augusto Pinochet durante su visita a Uruguay aquel mismo año.
LAS MAÑAS DEL VIEJO OFICIO
¿Puede un jefe de inteligencia sostener que recogía información sin tener nada que ver con la aplicación sistemática de la tortura?
La respuesta la dio, años atrás, la propia Armada. En 2005, el entonces comandante Tabaré Daners, hoy también imputado en la causa del Fusna, entregó a la Presidencia dos informes sobre la actuación de la fuerza en la dictadura. El segundo, fechado el 26 de setiembre de 2005, fue recogido por la Investigación Histórica sobre Detenidos Desaparecidos, realizada por historiadores de la Universidad de la República.
Allí se reconoce que el Fusna fue la unidad operativa de la Armada en la represión y describe cómo funcionaba el S2. Según el documento, la principal fuente de información eran los interrogatorios; a medida que se detenía a militantes –sobre todo del MLN– se los interrogaba, y esa información era procesada por los analistas del S2, luego era comparada, integrada, diseminada a través del OCOA y convertida en nuevas requisitorias y nuevos operativos. El personal de línea, agrega el informe, entregaba de inmediato al S2 a cada detenido.
La casi romántica separación entre información, inteligencia, interrogatorio y tortura que Lebel dibujó en Italia es otro complejo juego de exculpación; más el despliegue de las mañas del viejo oficio que un aporte sobre la realidad.
Las estrategias declarativas del marino ensayan una prudencia calculada cuando se le pregunta por el secuestro de Elena Quinteros. Al respecto, el recuerdo de Lebel se encoge hasta casi desaparecer. Dice haber entrado a un local del Fusna a firmar papeles y haber oído un comentario del oficial Juan Carlos Larcebeau sobre el caso de la embajada. Apenas un murmullo que pudo estar contaminado, según admite, por todo lo que leyó después.
Ese recuerdo borroso contrasta con antecedentes bastante más firmes. La propia ficha sobre Elena recoge que, en su momento, Lebel implicó a Tróccoli y a Larcebeau en el caso. El periodista Samuel Blixen declaró en 2003, a partir de información reservada y documentación sobre la deposición de Lebel ante jueces de un tribunal de honor, que el marino había hecho referencia a la presencia de Elena en el Fusna. Según esa versión, Lebel también habría señalado que Larcebeau y Tróccoli se jactaron de haberla llevado hasta las inmediaciones de la sede diplomática de Venezuela.3 Entre aquella afirmación y el comentario apenas oído que describe el militar en Roma hay una distancia; quizás la del tiempo o, más probablemente, la de su propia cobardía.
Al hablar sobre Tróccoli despliega la misma ambivalencia. Lebel lo ubica en el Fusna, reconoce que trabajó en inteligencia y admite que probablemente era hombre de confianza de los mandos, pero cada vez que podría comprometerlo introduce una reserva. La cautela llama la atención frente a lo que ya está probado: Tróccoli operó como un enlace del Fusna con la Escuela de Mecánica de la Armada argentina y fue condenado en Italia a cadena perpetua en la causa del Plan Cóndor.
PRETENSIONES MORALES
Resta aún una última capa de análisis: la del propio Lebel presentado como víctima. En Roma y en sus declaraciones judiciales en Uruguay, el militar habla largamente de su inclusión en una lista roja de oficiales antigolpistas, de sanciones, de dos atentados y de un episodio familiar que lo habría obligado a firmar una adhesión al régimen.
Algo de toda esa batería exculpatoria quizá sea real; puede haber ocurrido. Pero es presentada de forma insistente para cumplir una función más que evidente: correr el eje desde su pertenencia al Fusna hacia una supuesta diferencia moral. El Lebel disidente, mas no arrepentido, parece haber conseguido siempre, al menos hasta ahora, eludir sanciones, antipatías e imputaciones.
En Uruguay declaró como imputado en julio de 2020 en la causa Risso-Fernández. En esa ocasión dijo ante la sede que no conocía ni participó en secuestros y detenciones, y afirmó desconocer si en el Fusna se torturaba. Recién cuando la abogada de las víctimas exhibió un documento de la justicia militar aceptó, sin más remedio, que allí estaba estampada su firma como S2.
Las declaraciones de Lebel tienen valor. Confirman la existencia y el funcionamiento del S2, dan algunas pistas de las complejas e históricas tensiones internas de la Marina, del lugar de la inteligencia naval, de lo mucho que aún falta por saber sobre la desaparición de Elena Quinteros y de la relevancia de la Armada en el entramado corrupto y criminal de la dictadura. Pero nunca y de ningún modo pueden ser leídas como la información de un testigo neutral. Sus habilidades hoy quizá solo se despliegan en administrar con cuidado su propia exposición y en intentar construir alianzas circunstanciales que lo exculpen.
Actualmente sigue adelante la causa uruguaya por crímenes en la Armada. La fiscal pidió el procesamiento con prisión de Lebel; los recursos de la defensa fueron rechazados por la Suprema Corte; la resolución sobre su procesamiento sigue en manos de la Justicia. En mayo de 2025, en una causa conexa, se procesó con prisión domiciliaria a Tabaré Daners. El expediente sigue lento pero avanza. A veces no es fácil sostener la lentitud de la Justicia. Pero quizás es aún peor sostener calladamente la turbiedad de las pretensiones morales de los impunes.
- Declaración de Alex Lebel, el 9 de julio de 2024. Disponible en Juicio al Plan Cóndor en Italia, 24marzo.it. ↩︎
- Observatorio Luz Ibarburu, causa 2-29136/2012. Disponible en Denuncia 2012. ↩︎
- Ficha de Elena Quinteros Almeida, Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente, Equipo de Investigación Histórica, actualización de agosto de 2018, págs. 67-68. Allí se recoge la declaración testimonial de Blixen del 18 de noviembre de 2003 ante el Juzgado Letrado en lo Penal de Primer Turno. ↩︎






