El eterno conflicto entre empresas y consumidores se reavivó ahora con una sentencia millonaria contra Johnson & Johnson, la mayor elaboradora de productos de higiene y salud del mundo, denunciada por el caso de una mujer que murió por cáncer de ovarios tras utilizar talco durante treinta y cinco años.
La familia de Jackie Fox, proveniente de Alabama, fallecida en octubre del año pasado a los 62 años, decidió demandar a la compañía ante la presunción de que sus productos fueron decisivos en el surgimiento de su cáncer.
Jere Beasley, abogado de los querellantes, sostuvo que su equipo tiene conocimiento de otros casos de mujeres cancerosas que afirman que el talco ha provocado o ha incidido en su enfermedad. En la misma línea, Allen Smith, otro de los letrados demandantes, exhibió durante el juicio algunos estudios realizados por Daniel Cramer, docente de Harvard, que confirmaban el vínculo: sus investigaciones concluían que el riesgo de padecimiento de cáncer de ovarios se incrementaba en un 33 por ciento con el uso sostenido del talco. “La empresa conocía todos estos estudios, desde hace 30 o 40 años”, esgrimió Smith ante el jurado.
Carol Goodrich, portavoz de Johnson & Johnson, rebatió esos argumentos con datos de las investigaciones de la Agencia de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (Fda por sus siglas en inglés), encargada de evaluar la seguridad de los productos, y del Instituto Nacional contra el Cáncer que señalaban que los riesgos del uso prolongado del talco nunca fueron confirmados. Incluso uno de los abogados defensores, Gene Williams, recordó al jurado que la misma Fda ofreció en 1990 una conferencia de dos días acerca del tema y no encontró evidencia alguna de que el talco fuera cancerígeno. J&J contaba además con el respaldo de las experiencias de algunas organizaciones como la Agencia Internacional de Investigación sobre Cáncer, la organización de apoyo a la investigación contra el cáncer de Reino Unido (Cancer Research) y otra organización británica centrada en cáncer de ovarios llamada Ovacome, que aseguraban que la incidencia de este cosmético en la enfermedad aún es incierta, que el riesgo a nivel de porcentaje es bastante reducido y que además, la aparición del cáncer es multicausal.
Pero en el juicio los defensores de Fox recurrieron a un memorándum interno de 1997 elaborado por un consultor médico, que sostenía que eran innegables los riesgos de contraer cáncer al usar ese producto, y equiparaba su negación a la necedad de desestimar el vínculo entre el tabaco y la enfermedad. Esta evidencia inclinó ciertamente la balanza en favor de los demandantes, quienes aprovecharon la oportunidad para atacar la responsabilidad empresarial de la compañía. La familia de la afectada sostiene que la empresa conocía los efectos colaterales de su producto pero nunca informaron de ello a sus clientes. En ese sentido, el abogado Beasley sostuvo que el carácter cancerígeno del talco fue demostrado durante el juicio y que la compañía colocó en el mercado un producto “irracionalmente peligroso, sin alertar a los consumidores”.
De este modo se dio el histórico fallo en contra del gigante industrial, por “responsabilidad por producto defectuoso, negligencia y conspiración”, según dijo Beasley a la Bbc. La multa es de 10 millones de dólares por daños personales y otros 62 millones por daños punitivos, debido a la muerte de la involucrada. El caso resonó en todas partes; ya existían cientos de denuncias por la misma situación, pero es la primera vez que se logra obtener una indemnización. “Este caso es pionero y claramente el jurado ha visto las pruebas y las ha encontrado convincentes. El jurado se consternó ante el comportamiento de la compañía”, afirmó Nora Freeman Engstrom, profesora de derecho de la Universidad de Stanford, aunque también reconoció que es probable que el monto de la indemnización se reduzca luego de la apelación. Aun así, serán muchos más los que se presenten a demandar a esta empresa ahora, al ver que, como en la leyenda, David puede vencer a Goliat y que las personas también pueden reclamar por sus derechos.