La profesora María Antonia Grompone, en su carta de renuncia al Consejo Directivo Central Provisorio (Cdcp) de la Utec, en 2014 expresaba que “la calidad de ente autónomo de la Utec no es una credencial que le permita tomar decisiones y actuar con independencia de la legislación vigente”.
Lamentablemente, a seis años de su renuncia y un poco menos de su fallecimiento, debemos reconocer que el gobierno debió haberla escuchado y actuado en consecuencia. La falta de claridad en aquel momento compromete no sólo el futuro de la Utec, sino también la posibilidad de contar con una segunda universidad pública que aporte sustancialmente al fortalecimiento de la República y la democracia. Ni más ni menos graves y urgentes son las dificultades por las que estamos atravesando.
En esta oportunidad planteamos una serie de hechos que, desde nuestra perspectiva, no hacen otra cosa que confirmar que la afirmación de la profesora no sólo se mantiene actual, sino que ha sido uno de los pilares sobre los que se ha construido la Utec.
Comenzaremos aludiendo a una serie de acontecimientos que han tenido lugar a partir de un grupo de consejeros que han sido puestos en sus cargos por una fuerza política que mayoritariamente ha defendido y promovido derechos.
Lo primero que debemos lamentar es la no concreción del cogobierno, herramienta imprescindible, no sólo para fortalecer la autonomía, sino también para asegurar la libertad de pensamiento, aspecto esencial para la concreción de una universidad comprometida con el bien de nuestro pueblo. Los consejos provisorios no sólo se mantuvieron pasivos en la búsqueda de caminos para completar el gobierno, sino que generaron una estructura que en la actualidad es un verdadero corsé para el desarrollo institucional de la Utec. En lugar de generar mecanismos que promovieran una amplia participación en la toma de decisiones de al menos docentes y estudiantes, se generó una estructura altamente piramidal en la cual cinco directores (dos de los cuales ingresaron recientemente) y un poco más de 15 coordinadores (lo que equivale al 4 por ciento de los funcionarios, o 0,6 del demos, teniendo en cuenta al orden estudiantil) han definido, y lo continúan haciendo, el origen y el presente de la universidad, sin que medie una participación real de los actores previstos por la ley 19.043, norma que creó la Universidad Tecnológica.
Al respecto el gobierno entrante, por medio del anteproyecto de la ley de urgente consideración, difundido en febrero de 2020, propone una extensión excesiva –desde nuestra perspectiva– del provisoriato. A saber: hasta diciembre de 2022. Sin detrimento de que, desde nuestra perspectiva, la Utec debería realizar las elecciones en la fecha prevista y propuesta por la Corte Electoral (octubre de 2020), de mantenerse un Cdcp, este debería prever una línea presupuestal que apunte a sensibilizar, preparar el acto eleccionario y formar a todos los actores en las implicancias de organizarnos en forma de cogobierno, conscientes de que participar implica un proceso de aprendizaje.
¿Qué decir del artículo 1o de la ley 19.043, el cual establece que “la sede central de la Utec estará ubicada en el interior del país”? Sin lugar a dudas, todos estamos de acuerdo con este mandato, pero ¿siete años no eran suficiente plazo para cumplirlo? Quizás este sea un buen ejemplo de por qué aspectos sustanciales de la ley no se han cumplido. Desde nuestra perspectiva, el Cdcp mayoritariamente no entendió –o no quiso hacerlo– que su principal función era poner en práctica la ley. A tal punto llegó este desvío que tres consejeros hicieron al menos dos intentos de reforma de una ley que contó con la robustez de las mayorías parlamentarias de nuestro país, símbolo indiscutible de su fortaleza democrática. Ahora bien, ¿qué legitimidad tiene el Cdcp para no cumplir una ley o promover su reforma sin consultar a los actores principales previstos por la misma ley, a saber: estudiantes, docentes, representantes de trabajadores e industria? Quizás la errónea comprensión de que la politiquería está por encima de la ley responda, en parte, las preguntas planteadas. Independientemente de los motivos, el efecto de estas prácticas nos debilitan como sociedad, desde el momento en que se aprueban leyes para que no se cumplan o, como expresaba la profesora, para marchar con independencia de las leyes vigentes.
Con las normas laborales también estamos teniendo dificultades. El pasado 14 de diciembre el Sindicato de Trabajadores de la Utec (Situtec) hizo llegar un comunicado a toda la institución en el que dejaba en evidencia que se estaba usando un sistema paralelo e inconsulto para evaluar el desempeño de los trabajadores de la Utec, el cual se oponía al Sistema de Evaluación de Desempeño que la Resolución del Cdcp 365/18 aprobó. Al respecto cabe aclarar que en la última reunión sobre el Sistema de Evaluación de Desempeño (la cual se caracterizó por una serie de hechos irregulares y la abrupta interrupción de la negociación por un representante del Cdcp), en mayo de 2019, quedó establecido su carácter no vinculante con la renovación de contrato o despidos de funcionarios, debido a que este contaba con una serie de problemas graves (la no valoración de la enseñanza, la extensión y la investigación de los docentes, así como lo inconmensurable de las competencias a ser valoradas), que deberíamos seguir trabajando para cumplir con los requerimientos de la ley 19.043. Este sistema paralelo viola la ley 18.508, de negociación colectiva en el marco de las relaciones laborales en el sector público (en especial su artículo 4, entre otros), que establece que temáticas como la evaluación de los trabajadores –y los consiguientes procedimientos de renovación o despido– deben ser acordadas con los representantes de los trabajadores. Por tal motivo, la participación y el acuerdo con las organizaciones que representan a los trabajadores son un imperativo legal. Esta situación en absoluto es una negativa a que seamos evaluados. Muy por el contrario, entendemos fundamental que así sea, pero con un sistema acorde y que les dé garantías a todas las partes. En la mencionada nota el sindicato de la Utec expresaba que el hecho de no contemplar los aspectos mencionados tiene la consecuencia de que se está desvinculando docentes sin esgrimir una sola valoración sobre su desempeño en el aula o en proyectos de investigación y extensión, o sea, sobre elementos centrales de su función universitaria. Las no renovaciones infundadas de contratos tampoco contemplan el decreto 222/0014 que reglamenta la ley 19.121, relativa al régimen disciplinario de los funcionarios públicos. En la Utec basta un informe de un jefe para desvincular a un trabajador, sin que se establezca una progresividad en las sanciones (artículo 8) ni una caracterización de la falta (artículo 10). En forma claramente violatoria del mencionado artículo la Utec tiene la puerta abierta para que jerarcas de la institución definan, sin fundamento ni progresividad, la desvinculación de los trabajadores. Agrava la situación la reciente constatación de una posible situación de abuso de funciones en la cual dos jefes se ponen de acuerdo en vincular hechos aislados para perjudicar a una funcionaria, a la vez que acusan sin pruebas a una profesora evaluada con un desempeño destacado. Nada impide que en un futuro los jefes inciten al funcionario a cargo a declarar contra otros funcionarios, debido a la falta de garantías que en la actualidad tenemos a nivel institucional. Esta situación ha sido denunciada en los organismos y autoridades competentes de la Utec. Acciones como las relatadas deterioran y ponen en riesgo principios como el de que la función pública de un jefe es prestar un servicio de calidad a la ciudadanía, asegurar el cumplimiento de la ley y darles un trato justo a los trabajadores que tiene a su cargo para un adecuado cumplimiento de los fines de la institución. Esto implica que las autoridades dejen de actuar como dueños o patrones de la Utec y pasen a tener un accionar coherente con el de un administrador de un bien público y, por lo tanto, de todos.
La sanción desmedida y el informe que sugiere la no renovación de contratos de los referentes sindicales del Instituto Regional Centro Sur –además de los integrantes de la directiva del Situtec–, así como las situaciones de acoso denunciadas y los intentos de comprometer la labor profesional del presidente del Situtec por medio de una acción violatoria de la ley 18.133 (Habeas data), son casos que configuran una posible situación de persecución sindical, lo que viola de esta manera la propia Constitución (artículo 57), la ley 17.340 (de libertad sindical y derechos sindicales) y el decreto 66‑006 (reglamentación de la libertad sindical), entre otras normas relacionadas.
Este escenario se ha visto favorecido por la ausencia institucional de instancias que permitan un control y una regulación interna. A modo de información, la Utec no cuenta con una división jurídica, sino que contrata servicios de abogados para asesorar al Cdcp y otras instancias institucionales centralizadas en Montevideo. Esta situación configura un sistema que no garantiza una protección para toda la institución, sino solamente para algunos jerarcas. La ausencia de mecanismos institucionales como los mencionados puede derivar en políticas de capital humano que no aseguren un tratamiento ecuánime y justo de los trabajadores, lo cual favorece la sustitución de la confianza por la lógica de la sospecha y el temor. Temor de expresarse para no poner en riesgo el trabajo, así como temor de oponerse profesionalmente a las directivas institucionales o de los jefes inmediatos aunque se tenga conciencia de que estas no son las más adecuadas o correctas. No hay universidad seria con un sistema que deje abierta la posibilidad de presionar a docentes y estudiantes para que no se expresen libremente desde su saber por no contar con garantías suficientes.
Otro problema al que la profesora Grompone aludió tiene que ver con los procesos de selección de funcionarios (docentes y no docentes de la Utec). Ese riesgo persiste. Basta entrar en las bases que están en la página de la Utec. El modelo hegemónico de la totalidad de los llamados valora en un 20 por ciento la formación y en un 20 por ciento la experiencia, y adjudica un 15 por ciento a una prueba psicolaboral y entre un 40 y un 45 por ciento a la entrevista. Este sistema no sólo favorece la arbitrariedad de los tribunales y llamados, sino que puede habilitar el ingreso de personas por criterios no académicos y sin el saber y la experiencia suficientes para el cargo que deben desempeñar. Si a esta práctica le sumamos la ausencia de una política institucional de formación permanente –principalmente de los docentes–, podemos estar comprometiendo la calidad de la formación de nuestros estudiantes y, por lo tanto, de la propuesta universitaria pensada para el interior de nuestro país. Sabemos que el centro de cualquier propuesta educativa son los estudiantes y su formación, pero para ello es fundamental contar con los mejores cuadros docentes. Al decir de una gran docente, “sin docentes no hay milagro”. Este último señalamiento no es ajeno al diagnóstico de la profesora Grompone, sino que justamente se relaciona con que todos los que cumplan los requisitos básicos tengan la posibilidad de un tratamiento justo en los llamados públicos.
El itinerario de salida de estas situaciones críticas que persisten es claro. Ajustarse a las leyes no significa en absoluto ser reglamentarista. Nuestro continente cuenta con muchas experiencias que nos están confirmando que el debilitamiento del orden jurídico redunda en una fragilización de la democracia y la República. Dejemos de dar más vueltas y hagamos lo que tenemos que hacer; de lo contrario, seguirá creciendo el número de juicios y haciéndose efectivas renuncias de funcionarios de gran valía para el desarrollo de la educación superior en el interior del país.
Marcelo Ubal
Licenciado y doctorando en Educación. Docente y coordinador educativo de la Utec. Presidente del Sindicato de Trabajadores de la Utec.