«En Salto la CTM es una especie de ducado, casi es más que la intendencia.» Con su habitual grandilocuencia, Julio María Sanguinetti definía así, en la radio Carve, a la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande (CTM), luego del fracaso electoral de la coalición en las últimas elecciones departamentales de Salto. La imagen es adecuada para ilustrar los privilegios de muchos trabajadores de Salto Grande, ente que goza de inmunidad jurisdiccional y en el que no rigen las leyes de Uruguay ni de Argentina, sino reglamentos propios negociados entre las delegaciones de ambos países.
Fue a pedido del propio Sanguinetti que Nicolás Albertoni ingresó al organismo binacional en 2020 como secretario general, desplazando a quien ocupaba el cargo –por concurso– hasta ese momento. En la escala salarial de Salto Grande, a Albertoni le correspondió la categoría II 6, que en 2023 asciende a una remuneración mensual de más de 350 mil pesos. El 19 de diciembre de 2022, cuando Carolina Ache presentó su renuncia como vicecanciller tras verse envuelta en el caso Marset, el sector Ciudadanos del Partido Colorado propuso el nombre de Albertoni para reemplazarla, y el presidente Luis Lacalle Pou lo aceptó. Pero el novel dirigente colorado no renunció a su puesto en la CTM, sino que, dos días más tarde, mediante un memorándum, solicitó que se le otorgue licencia sin goce de sueldo «por el período de mandato designado». La CTM resolvió hacer lugar al pedido mediante la resolución 056/22, del pasado 21 de diciembre, fecha en la que Albertoni fue designado formalmente en el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE). Esa resolución –a la que accedió Brecha– está firmada por el presidente de la delegación uruguaya, el nacionalista Carlos Albisu, y por el presidente de la delegación argentina, Luis Benedetto.
Pero al subsecretario del MRREE no solo se le reservará el cargo hasta que cese en su actual función, sino que, llegado ese momento, tendrá otros beneficios. Para detectarlos y comprenderlos cabalmente es necesario repasar algunos antecedentes de la gestión multicolor en Salto Grande.
A MEDIDA
La delegación uruguaya que integra la dirección de CTM está compuesta por tres miembros. Dos son blancos y uno es colorado (el Frente Amplio quedó sin representación y no presentó demasiados reclamos). El colorado, que ocupa el rol de vicepresidente, es Nicolás Irigoyen, designado por Germán Coutinho. Los blancos son Albisu y Daniel Arcieri, exdirector general de la Intendencia de Paysandú, departamento en el que fue edil varias veces por el Partido Nacional (PN). Arcieri ingresó a la CTM en 1991, en el gobierno de Luis Lacalle Herrera. Tras su designación como delegado en 2020, el organismo aprobó una modificación del estatuto del personal que cuadra justo con su situación.
Una resolución del 27 de noviembre de ese año estableció que «en el caso [de] que un empleado del organismo fuere designado por su respectivo gobierno para ocupar un cargo como delegado ante la CTM, se le otorgará automáticamente licencia sin goce de haberes […], declarando vacante dicho puesto». Además, dispuso que «al momento de la finalización de su mandato como delegado, independientemente de su edad», el funcionario tendría dos opciones. Una sería mantenerse en el organismo con la categoría salarial III 12 –una de las más altas de la CTM, superior tanto a la categoría de Arcieri como a la de Albertoni–, con un cargo de asesor o adjunto a la gerencia de la que formaba parte originalmente. La otra sería atenerse a un retiro anticipado, con dos modalidades dependientes de la edad. Si se retirara con más de 60 años (Arcieri tendrá 59 al final de este gobierno), la totalidad de la indemnización a la que tendría derecho sería paga en cinco años. Consistiría en el cobro del 85 por ciento de su sueldo durante los primeros dos años, el 75 por ciento durante los siguientes dos y el 70 durante el último año, a los que se sumarían diez sueldos al final del período. El salario base de la indemnización sería la mencionada categoría III 12, que hoy asciende a alrededor de 376 mil pesos. A esto se suman los pagos por antigüedad, salarios vacacionales, aguinaldos y la cobertura de salud para el funcionario y su familia por todo el período, con los ajustes actualizados que aplique la CTM a sus empleados en funciones. La otra modalidad de retiro anticipado era para quienes decidieran irse antes de los 60 años. En ese caso, la indemnización abarcaría seis años (se agregaba uno cobrando 70 por ciento del salario).
La propuesta de esta disposición le fue encargada por la CTM a la secretaría general, es decir que estuvo bajo la responsabilidad de Albertoni y su contraparte argentina. Pero, así redactada, esa primera resolución no alcanzaba al vicecanciller. En cambio, sí lo alcanza la ampliación dispuesta por el nuevo estatuto del personal de Salto Grande, aprobado el 14 de junio de 2023. El artículo 5.09, inexistente en el estatuto anterior, se titula «Designaciones ante las Altas Partes Contratantes/Gobiernos» y dispone que el régimen descrito no solo abarque a aquel funcionario que sea nombrado delegado en la CTM, sino también al que «fuere electo o designado por su respectivo gobierno para ocupar un cargo como funcionario nacional de carácter político a partir de […] director nacional […] o cargos superiores, así como cargos directivos en organismos descentralizados o empresas del Estado». El nuevo estatuto, además, elimina la diferencia entre retiros anteriores y posteriores a los 60 años, igualando para arriba (se aplica la indemnización de seis años en todos los casos). Si Albertoni opta por ser indemnizado cuando deje la cancillería, en Total cobraría, al precio de venta del dólar actual, un monto superior a los 700 mil dólares en seis años, según los cálculos de Brecha. En el caso de Carlos Gelpi, empresario del PN que recientemente firmó un acuerdo bajo los mismos parámetros (M24, 11-VII-22), el total asciende a más de 900 mil dólares, teniendo en cuenta sus años de antigüedad.
El nuevo estatuto del personal trae, asimismo, otras novedades. Por ejemplo, reconoce el derecho a la actividad sindical, deja sujeta a la reglamentación el «libre ejercicio de la negociación colectiva» e incorpora el derecho a la identidad de género, a la diversidad sexual y a la no discriminación, aspectos que no estaban incluidos en el reglamento anterior. Pero también elimina de plano la posibilidad de cesar a funcionarios por la sola voluntad fundada de la CTM, que antes figuraba a texto expreso (con su correspondiente indemnización). En cambio, establece que, una vez superado el período de prueba de tres meses, «el empleado designado que adquiera estabilidad propia y absoluta no podrá ser cesanteado sin causa justificada y previo sumario administrativo». Un cambio que en otro contexto se interpretaría como una ampliación de derechos para los trabajadores en Salto Grande implicará la permanencia durante los próximos gobiernos de alrededor de 30 funcionarios que entraron por designación directa gracias a sus vínculos con los partidos de la coalición (véase «Repartos en la represa», Brecha, 5-XI-21).