Las organizaciones abajo firmantes nos dirigimos al Poder Ejecutivo, al Parlamento y a la sociedad en su conjunto para expresarles nuestra preocupación por el proyecto de ley «Holocausto judío y genocidios reconocidos por el Estado uruguayo y por resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Se castiga su negación, banalización o menoscabo» (Carpeta número 188 de 2025, Repartido número 221, abril de 2025), presentado por los legisladores Walter Verri y Conrado Rodríguez, que propone modificar el artículo 149 bis del Código Penal y penar esas conductas con 18 a 24 meses de prisión.
A continuación exponemos nuestros argumentos en contra de este proyecto, esperando que sean estudiados con la atención y profundidad que la gravedad del caso requiere.
1. El Holocausto y los genocidios
La legislación uruguaya, incluyendo el Código Penal, no necesita más herramientas para castigar expresiones o conductas como las que prevé el proyecto de ley. No creemos que la banalización o la negación de un genocidio deba abordarse con medidas punitivas, sino con medidas educativas tendientes a revertir los prejuicios, el racismo o la desinformación que puedan motivar esas conductas.
El proyecto de ley, si bien menciona el genocidio armenio, enfoca notoriamente toda su argumentación en el genocidio cometido por el régimen nazi contra las personas judías (que fueron la mayoría de sus víctimas, pero no las únicas).1 Nosotras/os creemos que todos los genocidios son igualmente atroces y que no hay jerarquías entre el sufrimiento de las víctimas.
2. Islamofobia, racismo y negacionismo
Llevamos dos años contemplando en nuestras pantallas el primer genocidio de la historia transmitido en directo, en pleno siglo XXI. Su carácter, magnitud, alcance y gravedad han quedado irrefutablemente documentados por varios organismos de la ONU,2 por la Asociación Internacional de Expertos/as sobre Genocidio y por las principales organizaciones internacionales de derechos humanos.3 Paradójicamente, Verri y Rodríguez presentan su proyecto para castigar a quienes niegan los genocidios de la primera mitad del siglo XX sin hacer una sola mención al que el Estado de Israel está cometiendo en Gaza ante los ojos del mundo. Los autores condenan un caso de negación del Holocausto en redes sociales, pero nos preguntamos: ¿no es delito de odio que un conocido periodista diga en televisión que no hay inocentes en Gaza, donde la mitad de la población es menor de edad?
El hecho de que el genocidio palestino no haya sido condenado por el gobierno ni por el Parlamento ni por los partidos de la oposición pone en evidencia otra preocupación respecto a este proyecto de ley: mientras se singulariza y se le da especial importancia al antisemitismo y la negación del genocidio nazi, se omite por completo un problema grave y extendido en todo el mundo: el racismo antimusulmán (o islamofobia) y antiárabe. Es significativo que los autores del proyecto no mencionen este fenómeno que, al igual que la judeofobia, es una forma clara de racismo y también existe en Uruguay.
Si algo ha quedado en evidencia desde el 7 de octubre de 2023 es que en Occidente (Uruguay incluido) no se da el mismo valor a las vidas palestinas que a las vidas judías. Una prueba de ello es que los autores del proyecto y sus partidos han repudiado los hechos del 7 de octubre de 2023 y se han solidarizado con sus 1.200 víctimas, pero durante dos años de genocidio en Gaza no han tenido una sola expresión de compasión o empatía hacia las decenas de miles de víctimas palestinas, ni siquiera por los más de 40 mil bebés, niñas y niños gazatíes asesinados por bombas o por hambruna, mutilados o hechos huérfanos.
3. Definición de la IHRA, antisemitismo y antisionismo
La iniciativa de los legisladores Verri y Rodríguez se enmarca en un contexto mundial en el que Israel, los lobbies sionistas y sus aliados presionan a gobiernos e instituciones para que adopten la engañosa definición de antisemitismo (entendido como judeofobia o racismo antijudío) de la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA, por su sigla en inglés), una institución creada por el movimiento sionista mundial con la finalidad de vigilar, censurar e incluso criminalizar las críticas a las políticas de Israel y la solidaridad con el pueblo palestino bajo el pretexto de la lucha contra el «antisemitismo».4
Y una vez incorporada dicha definición a la legislación interna, presentan recursos de lawfare (guerra jurídica) contra personas y organizaciones que defienden los derechos del pueblo palestino, aun cuando esa defensa esté basada en el derecho internacional y las resoluciones de la ONU.5 Es esta cuestionada y peligrosa definición de antisemitismo la que adopta y pretende convertir en punitiva este proyecto de reforma del Código Penal de los legisladores Verri y Rodríguez.
La definición de antisemitismo de la IHRA (2016) ha suscitado numerosas críticas y rechazos por parte de personas expertas y organizaciones judías/israelíes,6 árabes/palestinas e internacionales debido a que incluye una lista de 11 «ejemplos contemporáneos de antisemitismo», siete de los cuales son críticas al Estado de Israel y sus políticas.7 Esto supone asimilar antisionismo con antijudaísmo.
Aunque parezca innecesario, debemos explicar la diferencia entre ambos conceptos:
– antisemitismo (o judeofobia o racismo antijudío) es el prejuicio y el odio hacia las personas judías en tanto tales, lo cual generó persecución, represión y un atroz genocidio contra ellas en Europa y Rusia;
– antisionismo es el rechazo a una ideología nacionalista que llevó a la creación de Israel como un Estado etnorreligioso (Israel se autodefine como «Estado judío») exclusivo y excluyente en Palestina, que sigue impulsando su expansión en la actualidad. El sionismo no es más que una opción política entre otras, que ha tenido entre sus mayores críticos a personas que también se reconocen como judías.
Aunque el Estado de Israel pretende representar a todas las personas y comunidades judías del mundo (la mayoría de las cuales no viven en ese país), hay muchas personas judías que no son sionistas y muchas personas sionistas que no son judías; por eso la asimilación entre ambos conceptos es incorrecta y falaz. El judaísmo es una religión y una tradición cultural con miles de años de existencia; el sionismo es una ideología colonialista surgida en Europa central y del Este a fines del siglo XIX.8
Es por eso que las críticas a Israel no se originan en prejuicios contra las personas judías, sino en el reconocimiento de que las políticas y los fundamentos del régimen sionista son racistas y supremacistas. Esto es difícil de refutar desde la aprobación en 2018 de la Ley Constitucional del Estado Nacional Judío, la cual afirma que Israel es «el hogar nacional del pueblo judío» (y no de sus ciudadanos/as de todas las etnicidades y religiones), y por eso solo las personas judías tienen derecho a la autodeterminación.9
No es necesario señalar que esto es contrario a los principios en los que se sustenta cualquier democracia moderna, incluyendo el Estado uruguayo y su Constitución, así como al artículo 149 bis del Código Penal, que penaliza a quien «incitare al odio, al desprecio, o a cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual».
Es problemático considerar a Israel como «Estado democrático» cuando la mitad de las personas que se encuentran de facto bajo su jurisdicción tienen derechos de ciudadanía limitados o carecen por completo de ellos (según en qué parte del territorio se encuentren). «La definición de la IHRA y la forma en la que se la ha aplicado prohíbe cualquier discusión sobre Israel que aborde su condición de Estado fundado en la discriminación étnica y religiosa. Contraviene, por tanto, la justicia elemental y las normas básicas de los derechos humanos y el derecho internacional», sostiene la declaración de personalidades árabes y palestinas.
Además, catalogar a las «manifestaciones retóricas» como causal plausible de criminalización (según la definición de la IHRA) es temerario, principalmente porque atenta contra el derecho a ejercer la palabra en el espacio público, lo cual vulnera los propios fundamentos de la democracia liberal. Dicho señalamiento genérico olvida que las «manifestaciones retóricas» son un rasgo distintivo de la comunicación humana: en ellas la ciudadanía esgrime sus opiniones, evalúa y establece juicios, conformando un espacio de carácter responsivo, siempre en tensión, donde la diferencia es algo saludable, puesto que ella es un rasgo sustantivo de la política.
4. Uruguay y la IHRA
Como en todo el mundo, en América Latina –y Uruguay no es excepción– las derechas aliadas al lobby sionista están impulsando la reforma de las leyes contra la discriminación y el racismo para incluir el antisionismo como un delito de odio. Por eso cabildean para que los Estados se integren formalmente a la IHRA y adopten su engañosa definición de antisemitismo.
Fue en ese contexto –o de espaldas a este– que Uruguay se integró a la IHRA en calidad de país observador en 2013, bajo el gobierno de José Mujica. Y a principios de 2020, Tabaré Vázquez adoptó la mencionada definición de antisemitismo (fue el primer país de Latinoamérica en hacerlo).
Es inevitable preguntarse por qué el Frente Amplio (FA) dio ese paso un mes antes de dejar el gobierno. ¿Se asesoró y lo hizo con pleno conocimiento de lo que implica? ¿Sabía el gobierno del FA que al adoptarla estaba poniendo en peligro la libertad de expresión de la ciudadanía y su derecho a criticar a Israel como a cualquier otro país, régimen o ideología? ¿Era consciente que estaba entregando al gobierno entrante un arma muy peligrosa, en un contexto regional y mundial en el que los gobiernos de derecha y ultraderecha estrechan sus relaciones con Israel en materia de seguridad, cibervigilancia y militarización?
El cabildeo sionista ha continuado en estos años para que Uruguay se incorpore como uno de los 35 miembros plenos de la IHRA (la gran mayoría de ellos, identificados como los países más amigos de Israel). No podemos ignorar la coyuntura en que se presenta este proyecto: es sabido que la propaganda israelí está a la ofensiva en todo el mundo intentando revertir la enorme erosión que el genocidio de Gaza ha provocado en la imagen internacional de ese país.
Por eso afirmamos que este proyecto de ley debe analizarse como un paso en la dirección equivocada. Incorporar al Código Penal la tipificación de antisemitismo según la definición de la IHRA permitirá criminalizar cualquier expresión crítica a Israel, al sionismo o de simpatía con Palestina. Los recientes incidentes de represión por portar la bandera palestina son un ejemplo tibio de lo que podría venir.
5. Alternativas orientadoras y liberadoras
En rechazo a la definición de la IHRA (en la que se basa el proyecto de ley presentado) han surgido varias definiciones alternativas de antisemitismo o judeofobia, especialmente en el mundo judío. Mencionamos algunas de ellas:
– la Declaración de Jerusalén, elaborada por personas judías de la academia israelí y mundial;10
– la definición de la organización estadounidense Jewish Voice for Peace (JVP);
– la definición de la organización canadiense Independent Jewish Voice (IJV);
– la definición de la organización International Jewish Anti-Zionist Network (IJAN).
Pero más importante aún es el documento firmado por 18 organizaciones judías de varios países (incluyendo las de arriba): cinco principios para desmantelar el antisemitismo. Este documento rechaza categóricamente la definición de la IHRA porque es antidemocrática, represiva y está siendo usada en todo el mundo para criminalizar la solidaridad con el pueblo palestino, en lugar de proteger realmente a las personas judías del peligro que sí representan la supremacía blanca y la extrema derecha.
El documento afirma, además, que definir el antisemitismo no contribuye realmente a desmantelarlo. Y que legislar una definición estática para cualquier forma concreta de intolerancia debilita los esfuerzos de la sociedad por combatir la discriminación en diferentes contextos y a lo largo del tiempo: «En lugar de codificar las definiciones de antisemitismo, hacemos un llamado a las personas progresistas de todo el mundo a que se comprometan a combatirlo junto a todas las formas de racismo e intolerancia».
Afirma también que el antisemitismo está arraigado en el supremacismo blanco y forma parte de la maquinaria de división y miedo que se utiliza para atacar a las personas negras y de color, musulmanas, inmigrantes, comunidades indígenas y otros grupos vulnerados. Por eso invita a actuar teniendo en cuenta que la opresión es interseccional y la justicia es indivisible.
Por eso mismo, exhorta a rechazar y desafiar las ideologías fascistas, nacionalistas y supremacistas blancas y de extrema derecha que conducen a la violencia. «La justicia racial, la inclusión religiosa y la equidad social deben ser los pilares para la formulación de políticas y la toma de decisiones, tanto en las instituciones como en la legislación. Para erradicar verdaderamente el antisemitismo y todas las formas de racismo, es necesario crear propuestas educativas y planes de estudio enraizados en la vida cotidiana de nuestras comunidades.» Y concluye: «Nuestra historia demuestra que la libertad y la seguridad de cualquiera de nosotros/as depende de la libertad y la seguridad de todas y todos nosotros».
Conclusión
Por todo lo expuesto, exhortamos a la bancada y al gobierno del FA a
– rechazar el proyecto de ley que busca penalizar las supuestas expresiones de antisemitismo;
– abandonar, a todos los efectos legales e institucionales, la definición de antisemitismo de la IHRA;
– retirar a Uruguay de la IHRA (como han hecho Brasil y otros países) en señal de toma de distancia crítica de las intenciones y maniobras de quienes, bajo la máscara de la lucha contra el antisemitismo, buscan blanquear los crímenes del Estado de Israel y criminalizar la solidaridad con Palestina.
La crítica al sionismo no es antijudía: es una crítica al colonialismo, al racismo y a la supremacía de un grupo en un Estado etnorreligioso. Es también una lucha por igualdad, justicia y libertad para el pueblo palestino; porque, como dijo Nelson Mandela, sabemos que sin su libertad la nuestra estará incompleta.
Noviembre de 2025
Siguen firmas:
Espacios Libres de Apartheid-BDS por Palestina
Secretaría de Derechos Humanos del PIT-CNT
Federación Uruguaya de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua (Fucvam)
Judíxs contra el Genocidio-Colectivo en construcción
Coordinadora de Feminismos
Cotidiano Mujer
Our Voice-Voces Insurgentes
Redes-Amigos de la Tierra Uy
Fundación Vivián Trías
Coordinadora x Palestina-Florida (Florida)
33 por Palestina (Treinta y Tres)
Palestina Libre y Soberana Paysandú (Paysandú)
Refugio Gaza UY
Internacional Antifascista, capítulo Uruguay
Sindicato Único de Trabajadores del Mar y Afines (Suntma)
Agremiación Federal de Funcionarios de la Universidad de la República (AFFUR)
Comisión Ejecutiva de Asociación de Docentes de la Universidad de la República (ADUR)
Consejo de la Nación Charrúa (Conacha)
Reactiva Contenidos
Jacarandá Cultura de la Memoria
Cirqueras Feministas UY
Asociación de Maestras/os de Rivera (AMDER-FUM TEP)
Coordinadora de Jubilados y Pensionistas (Cojupe) (Nacional)
Coordinadora de Jubilados y Pensionistas (Cojupe) (Paysandú)
Frente Ambiental Delia Villalba (Nacional)
Frente Ambiental Delia Villalba (Paysandú)
FSM Uy (Federación Sindical Mundial)
Colectivo Espika
Asamblea por el Agua del Río Santa Lucía
Paysandú Soberano UPM2 NO
Colectivo TÁ (crítica y alternativas al modelo productivo)
Canelones Libre de Soja Transgénica, por el Agua y la Vida
Asociación Barrial de Consumo de productos orgánicos (Asobaco)
Agrupación de Cultivadores de Cannabis del Uruguay (ACCA)
La Izquierda Diario Uruguay
Adhesión individual: Dra. Mirtha Guianze (exfiscal, exdirectora de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo)
Enviar adhesión de organizaciones a campanaelauruguay@gmail.com.
- El mismo término Holocausto sugiere una cierta jerarquía y singularidad del sufrimiento infligido a las víctimas judías, dando a entender que ningún otro sufrimiento es comparable y que otros genocidios no tienen la misma gravedad. ↩︎
- La Comisión Internacional Independiente de Investigación en los Territorios Palestinos Ocupados y los Mecanismos Especiales del Consejo de Derechos Humanos (una treintena de expertos/as y relatoras/es encabezados por la relatora especial Francesca Albanese), la Corte Internacional de Justicia, la Corte Penal Internacional, el Comité de los Derechos de la Niñez, entre otros. ↩︎
- Amnistía Internacional, Human Rights Watch, la Federación Internacional por los Derechos Humanos, las israelíes B’Tselem y Médicos por los Derechos Humanos, entre otras. ↩︎
- Desde muchas tribunas se ha denunciado el chantaje que Israel y sus aliados han hecho siempre de la memoria del Holocausto para acallar las críticas a sus crímenes contra el pueblo palestino. Se trata de un fenómeno exhaustivamente explicado por Norman Finkelstein (judío e hijo de sobrevivientes de la Shoá) en su precursora obra La industria del Holocausto. Reflexiones sobre la explotación del sufrimiento judío. ↩︎
- En Argentina se está usando la definición de la IHRA –aun sin haberla incorporado a la legislación interna– para penalizar a activistas sociales y políticos que defienden la causa palestina y denuncian el genocidio en Gaza. ↩︎
- En su crítica, Jewish Voice for Peace sostiene que la definición de la IHRA «no aborda el hecho de que la fuente de las amenazas más tangibles para la vida de las personas judías proviene del violento antisemitismo de los movimientos de extrema derecha. A pesar de los numerosos informes y gobiernos que confirman el papel de extremistas de derecha y nacionalistas blancos, muchos de los cuales son fervientes sionistas, la definición de la IHRA se centra en mantener la impunidad del régimen israelí». ↩︎
- En las universidades de Estados Unidos, la definición de la IHRA se está usando para perseguir, censurar y castigar a estudiantes y docentes que denuncian el genocidio y apoyan a Palestina. ↩︎
- En 2020, en respuesta a la presión de la principal institución sionista de Argentina para que el gobierno adoptara la definición de la IHRA, la organización judía progresista Llamamiento Judío Argentino declaró: «No hay justificaciones legítimas para la propuesta de DAIA: el sionismo no es una religión, no es una etnia; es una ideología política. Y como tal puede provocar adhesiones, rechazos o indiferencia. […] hay personas que sostienen una opinión crítica al sionismo como ideología política y no por eso son antisemitas. Más aún, hay importantes sectores de las colectividades judías en todo el mundo, incluso en Israel, que se manifiestan contrarios al sionismo. ¿Son ellos también antisemitas?». ↩︎
- La ley afirma también: «El Estado considera el desarrollo de la colonización judía como un valor nacional, y actuará para alentar y promover su establecimiento y consolidación». ↩︎
- Cabe señalar que, si bien se considera mejor que la definición de la IHRA, la Declaración de Jerusalén ha sido criticada por voces palestinas y judías por centrar demasiado el tema del antisemitismo en la cuestión Israel-Palestina, y al hacerlo 1) no incluye perspectivas palestinas, lo cual la deja incompleta, y 2) corre el peligro de contribuir a una intensa vigilancia del discurso sobre Israel-Palestina y de distraer la atención del peligro real que suponen para las personas judías los supremacistas blancos y la extrema derecha, que son antijudíos y a la vez amigos estrechos del Estado de Israel. ↩︎





