Una inspectora de la Dinara constató que en Fripur se alteraron los códigos que certificaban la fecha de elaboración de los productos pesqueros, con el fin de colocar en la Unión Europea todo el stock acumulado durante la suspensión que aplicó el bloque continental entre 2007 y 2008. La maniobra implicaba reempacar la mercadería y marcarla con códigos que simulaban fechas de elaboración posteriores, lo cual significó además diferir peligrosamente los vencimientos. El producto en infracción habría sido finalmente enviado a Brasil. La funcionaria labró actas y tomó fotografías, pero la Dinara –encabezada en ese entonces por Daniel Montiel (mpp)– no sólo no investigó, sino que clausuró el expediente al cabo de cuatro meses, sin aplicar ninguna sanción. La inspectora fue inmediatamente trasladada. Los documentos labrados por ella se incorporaron ahora a la causa que lleva adelante la justicia para determinar si existieron delitos no sólo por parte de la empresa sino también por parte de la administración pública.
Quien piense que ya escuchó todo acerca de las prácticas del Frigorífico Pesquero del Uruguay sa (Fripur), y también sobre la actitud permisiva del Estado respecto a la empresa, estará equivocado. El surco se va haciendo ancho y profundo, porque se suman denuncias cada vez más graves. A fines de 2010 nuevos documentos llegaron al despacho de la jueza penal del crimen organizado Graciela Gatti y ampliaron la denuncia original a propósito de la exigua multa de 46 mil pesos que se le aplicó a la pesquera a pesar de ignorar reiteradamente elementales procedimientos de control de calidad. El incumplimiento de las llamadas “Buenas prácticas de manipulación” llevó a la Unión Europea a prohibir el ingreso de productos pesqueros uruguayos por un lapso de siete meses entre 2007 y 2008.
Pero la medida no resultó aleccionadora para los empresarios Alberto y Máximo Fernández, a la luz de la nueva documentación anexada al expediente judicial. En junio de 2008, cuando la sanción del bloque continental estaba por llegar a su fin y el Estado uruguayo se aprestaba a recuperar su capacidad para emitir certificados de exportación para el mercado europeo, una inspectora constató una “sucesión de irregularidades”, tal como ella misma consignó en un informe dirigido a sus superiores. Para su sorpresa, encontró que la empresa estaba reempacando mercadería que había sido producida en plena veda de las exportaciones, y que se habían modificado los códigos originales para, de alguna manera, “camuflar” el producto. La normativa de la pesca obliga a las plantas a empacar su producción con un código de cuatro números que identifica la fecha exacta de elaboración. Es una medida que asegura cierta trazabilidad del producto y es esencial para determinar los períodos de vencimiento del pescado.* En un acta labrada el 3 de junio de 2008 (la número 174) la inspectora dejó establecido que Fripur reempacó mercadería producida el 4 y el 15 de marzo de 2008 (identificada respectivamente con los códigos 8064 y 8075**), y le asignó un nuevo código falso o adulterado, porque no indica la fecha real del procesamiento: 8176. Esa última numeración del lote –que tenía como destino a la ue– corresponde al día 25 de junio (o sea: en una maniobra digna de Volver al futuro, en vez de marcar el código del propio día de elaboración, se incluyó uno que remite a 22 días después). En la fecha original de elaboración de los productos (el 4 y el 15 de marzo), como da cuenta la inspectora, “estaba prohibido producir para la ue”, por lo cual la modificación de los códigos –y el adelantamiento de las fechas– le permitiría a la empresa sacarse de encima el stock que venía acumulando en sus cámaras frigoríficas durante la veda. La suspensión de las exportaciones a Europa se extendió desde noviembre de 2007 hasta junio de 2008. Pero ya el 20 de mayo de ese último año el bloque europeo había anunciado en conferencia de prensa que en un lapso de 30 días hábiles se restablecerían las exportaciones. Con el cambio de código, la pesquera se preparaba entonces para comercializar ese stock que había preparado a pesar de tener impedido no sólo exportar, sino también producir para la ue.
La práctica irregular se torna aun más grave si se toma en cuenta que el cambio de fecha implica diferir también el vencimiento de los productos (con los riesgos sanitarios que ello puede implicar). En el caso citado, el pescado vencía en realidad en setiembre de 2008, pero con la modificación del código pasó a hacerlo en diciembre de ese año.
La maniobra no fue constatada por la inspectora en una sola oportunidad, sino que pudo observarla durante siete días distintos en el lapso que transcurrió entre el 30 de mayo y el 11 de junio del año en cuestión. Es que la funcionaria, tal como se estila, era la encargada de los controles en Fripur, lo que supone estar instalada permanentemente en la pesquera.
En su primera actuación comprobó el reempaque de varitas de merluza con vencimiento en mayo de 2009 con un falso código que difería la vigencia hasta noviembre de 2009 (es decir, que los consumidores fueron expuestos a ingerir el producto hasta con seis meses de vencimiento sin nunca sospecharlo). El 6 de junio la funcionaria constató varias líneas de producción donde se hicieron distintos tipos de reempaque. Los filetes ipw empacados en cajas blancas (producidas el 4 de junio) se traspasaron a nuevas cajas “destino ue” de Filettini di Nasello (con código del 27 de junio) y el preformado de merluza (código 8107) pasó a procesarse con grillado con salsa mediterránea (con el nuevo código 8179). Ese mismo día, filetes a granel que databan del 29 de marzo se mezclaron con otras piezas procesadas el propio 6 de junio. A saber: se mezcló en un mismo empaque mercadería congelada tres meses atrás con otra fresca del día, lo que contraviene los más elementales estándares de calidad de la industria, y ni que hablar los de la exportación.
El informe dirigido a Fernando Oxandabarat, supervisor de inspectores de plantas de la Dinara, abunda en códigos y fechas que se hacen reiterativos y atentan contra la amenidad de un artículo periodístico, pero evidencian una práctica contumaz. La inspectora menciona las normas incumplidas en la ocasión (varios artículos enteros del decreto 149, de 1997) y dispone la retención de la mercadería en infracción. Lo que hubiese correspondido es que se mantuviera la fecha original y se le agregara una “R” que evidenciara el reempaque. La inspectora captó la maniobra in fraganti, por lo cual la jefa de control de calidad de Fripur, la química farmacéutica Ruth González, debió admitir que se estaba procesando para la ue (obra en poder de Brecha el acta que evidencia la irregularidad). En el mismo día González buscó una salida: declaró que los productos fueron “apartados” y que “serán destinados a Brasil”, más precisamente a la empresa Bompreço. Tal es el nombre de fantasía de una cadena de supermercados del nordeste brasileño que pertenece al grupo Walmart. ¿Se habrán enterado alguna vez que recibieron embarques en infracción y con vencimientos diferidos? Parece difícil que el tema haya llegado a su conocimiento en función de la actitud que tomaron las altas jerarquías de la Dinara.
DÉJàVU. La inspectora en cuestión no sólo registró la “sucesión de irregularidades”, sino que sugirió “que se tomen medidas con respecto al tema a mayor nivel ya que se continúa con este manejo de producto”. Es decir: vuelve a configurarse ese patrón de conducta de una empresa que recibe observaciones o es intimada, pero que en las narices de los inspectores continúa con prácticas que parecen ampararse en una rutinaria impunidad. Algo similar habían establecido los inspectores Carlos Calace y Nelly Cundines cuando en 2007 intimaron a la empresa a suspender inmediatamente las obras de albañilería que realizaban en la planta de Rondeau, a pocos metros de las líneas de producción, ya que ello ponía en riesgo la inocuidad de los alimentos. (Cuando los dos técnicos concurrieron al lugar a las dos semanas de su observación, corroboraron que todo seguía igual.) Como ya es de público conocimiento, si bien los dos funcionarios sugirieron la aplicación de una sanción del máximo monto (5 mil ur), la empresa sólo recibió una multa de 100 ur (increíblemente Fripur llegó a recurrir este exiguo monto y pretendía que se redujera a diez ur).
La inspectora que constató las irregularidades con los vencimientos también reclamó actuaciones a “mayor nivel”. Sin embargo, una vez más quienes detentan jerarquía volvieron a moverse en sentido contrario al de sus inspectores. Un examen del trayecto del expediente es ilustrativo: el documento pasó primero por el despacho del director general de la Dinara, Daniel Montiel, y luego por el Departamento de Industrias Pesqueras, coordinado por Gustavo Inocente. A continuación volvió a Montiel y éste lo regresó a Administración Documental. Estuvo dos meses encajonado en esta última repartición hasta que finalmente fue archivado por la Dinara. No hubo actuación alguna: no se investigó, nadie fue citado a declarar y el tema se agotó presurosamente en cuatro meses. Déjà vu: inspectores que recomiendan y superiores que desestiman. Y otra historia recurrente: la funcionaria que certificó las irregularidades fue trasladada a los pocos días de su actuación desde Fripur hacia la Dinara y luego terminó en una dependencia en el puerto de Montevideo (véase recuadro). Tampoco es una novedad; antes una abogada que también puso en entredicho algunos permisos concedidos a la exportadora tuvo el mismo destino.
Ahora esta nueva documentación aportada por la denunciante, Fabiana Terrenoire –una ex asesora del presidente José Mujica en temas pesqueros–, está siendo investigada por el fiscal Ricardo Perciballe. El magistrado ya solicitó a la Dinara el envío del expediente administrativo debidamente certificado y además ya ha dispuesto la citación para el 17 de marzo de todos los funcionarios que actuaron en este caso. La fiscalía no sólo deberá indagar la actuación de la empresa, sino también de los funcionarios y de las jerarquías de la Dinara. Debe recordarse que el caso se abrió a partir de una denuncia del abogado Gustavo Salle, quien solicitó que se investigue si las dos últimas administraciones favorecieron a Fripur, luego de que se conociera la exigua multa que recibió la empresa y también el vínculo entre el mpp (y el propio José Mujica) con Alberto Fernández. Ya se ha mencionado que el empresario se encargó de financiar el bordado de la banda presidencial de Mujica y también puso a disposición de la fórmula frenteamplista uno de los taxis aéreos de su empresa Vuele Ya (cabe aclarar que el acercamiento de Fernández hacia el fa ya se había producido en el período de Tabaré Vázquez).
La justicia venía indagando la actuación del ex director Daniel Montiel (hoy coordinador de bancada del mpp) y de su entonces asesor –y actual director de Recursos Acuáticos– Daniel Gilardoni. La decisión de aplicar una multa de 100 ur habría sido tomada por los servicios jurídicos del mgap, por lo cual no se habría podido comprobar la responsabilidad de Montiel en ese punto. De todas maneras, también se cuestiona la no aplicación de una suspensión preventiva a la empresa (frente a la detección de piezas con cadmio***), tal como se ha hecho con otras firmas. Otra zona de controversia se configura luego de que el semanario Búsqueda divulgara que la esposa de Montiel fue contratada por Vuele Ya en 2007. No obstante, tras la ampliación de la denuncia, los focos vuelven a Montiel. Por lo pronto, en el escrito elevado a la justicia, Terrenoire apuntó directamente al ex jerarca como representante del Poder Ejecutivo, acusándolo de haber favorecido a la empresa por no impulsar una investigación y haber ocultado un delito.
Las irregularidades administrativas saltan a la vista, pero ahora la justicia deberá determinar si existió responsabilidad penal. Los testimonios de los inspectores y de sus superiores, según supo Brecha, serán vitales para el futuro de la indagatoria. Si la causa avanza podría caber responsabilidad de la empresa por algunas de las figuras que integran el capítulo de “falsificación documentaria” del Código Penal. Pero también para aquellos funcionarios que fueron omisos en los deberes inherentes a su cargo. n
* Según documentos del mgap, “las características perecederas del pescado y de los productos pesqueros, su potencial peligro para la salud humana cuando no es procesado atendiendo a las normas sanitarias estrictas, hacen que se defina como un producto ‘altamente sensible’, siendo uno de los alimentos más perecederos”.
** Cabe explicar que el primer dígito del código indica el año de elaboración y los tres siguientes señalan la cantidad de días transcurridos. Como ejemplo, el código 8176 indica que el producto fue procesado en el día 176 del año 2008.
*** La empresa alegó en sus descargos que nunca se habían detectado problemas en los controles microbiológicos. Sin embargo, el veterinario Carlos Calace informó que “la empresa sufrió rechazos de productos enviados a la Federación Rusa por presencia de contaminación microbiológica”. Y recientemente volvió a tener problemas, esta vez con calamares exportados a Italia. Por otro lado, la Dinara sí suspendió preventivamente en 2006 a otra empresa –Intramar sa– por pretender ingresar embarques de vieiras a Portugal con documentación irregular.
Sin comentarios
Daniel Montiel estaba en una “reunión de trabajo” en Buenos Aires cuando Brecha le telefoneó para preguntarle por estas irregularidades. En la actualidad es coordinador de la bancada de diputados del mpp. El ex director declinó responder las preguntas periodísticas en virtud de que existe una causa judicial: “Vamos a esperar que culmine y que sea la justicia la que falle, y después estaremos a la orden para lo que sea”. Ni siquiera quiso responder si en 2008 ordenó o no una investigación administrativa a partir de la actuación inspectiva.
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“No me compliques la vida”
La inspectora que siguió exhaustivamente a Fripur percibió que la acción de la empresa configuró una falta gravísima. Allegados a la funcionaria explicaron a Brecha que sintió que le estaban “tomando el pelo”, porque efectuaban la maniobra en su propia cara. No sólo constató la falsificación de los códigos, sino que el frigorífico había estado produciendo toneladas de mercadería para la ue desde febrero a mayo “como si nada sucediera”. Las fechas de vencimiento son por otro lado “inviolables”, ya que implican un parámetro de calidad, sin perjuicio de que con el tiempo las piezas pueden perder su contenido acuoso y sufrir el deterioro de las fibras. Si bien labró un acta, tomó fotografías e hizo un informe, las fuentes cuentan que le “pusieron mala cara” y que su jefe le comentó que “no le complicara la vida”. El acta –según los testimonios recogidos por Brecha– “fue paseada por los costados y terminaron el problema rápido”. Aunque algo sí pasó: la inspectora fue trasladada diez días después de que labró el acta. La relevaron de su puesto en Fripur y la destinaron a la oficina central de la Dinara, y finalmente al puerto. También le hicieron firmar una notificación en la que se daba cuenta de que el pescado había sido enviado a Brasil y –narran las fuentes– “la falta nunca fue castigada”. Los inspectores de la Dinara que buscan cumplir sus funciones cabalmente se sienten humillados y advierten sobre los riesgos de que si hoy o mañana ocurre un problema paguen justos por pecadores.
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Advertencias de la Auditoría
En el año 2009 la Auditoría Interna de la Nación (ain) se abocó a evaluar el sistema de control interno aplicado en los procesos de habilitación e inspección de plantas y buques, así como el proceso de certificación de exportaciones. El período auditado comprendió desde el segundo semestre de 2008 hasta el primer semestre de 2009. Los auditores establecieron, entre múltiples observaciones, que aunque la habilitación sanitaria de los buques pesqueros debe realizarse cada seis meses, esto en los hechos no se cumple: “una vez obtenida la habilitación sanitaria no se procede a su renovación en el período establecido por la normativa, y se constató que a consecuencia de ello existen buques operando sin contar con la misma”. Hay más: “se verificó la existencia de productos procedentes de buques sin habilitación sanitaria, cuyo destino es la exportación”, y la “falta de rotación de los inspectores y su presencia semipermanente en plantas debilita la independencia funcional respecto al inspeccionado”. Los auditores hallaron solicitudes de embarque presentadas a nombre de un buque cuyos certificados sanitarios se emitieron a nombre de otro y que de la “documentación surge que el solicitante se encontraba con la habilitación sanitaria vencida”. La ain también detectó problemas en los controles de calidad del pescado procesado: “los códigos utilizados para identificar las producciones pesqueras permiten detectar la fecha exacta en que un determinado lote es procesado, sin embargo no es posible distinguir qué buque o planta realizó su procesamiento, lo cual dificulta los controles en la trazabilidad de los productos”. Y por último constató importantes fallas en los registros respecto a los procedimientos en buques y plantas, ya que existía un número significativo de casos en donde la documentación no se encontraba completa y actualizada. Con todo, la ain estableció que el sistema de control interno en los procesos de habilitación, inspecciones y certificaciones de exportación realizadas a la ue fueron revisados y documentados en manuales, y que éste era “razonable” aunque presentaba “debilidades”. Recientemente el actual responsable de la Dinara marcó a Brecha que la repartición había mejorado sus procesos y que incluso había obtenido la certificación iso 9000. No obstante, en diciembre de 2010 y enero de 2011 el bloque europeo volvió a rechazar embarques de mercadería elaborados por Fripur. Esta vez fueron calamares con niveles elevados de cadmio –un metal pesado tóxico y cancerígeno– detenidos en la frontera de Italia. A pesar de que el problema no se detectó en Uruguay, esta vez la Dinara pareció actuar con mayor celeridad, ya que en el mismo enero le suspendió temporalmente a la empresa las certificaciones de exportación de calamares.
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