El Ministerio de Trabajo sancionó a Fripur con una multa de 80 mil dólares por persecución sindical. De acuerdo a la resolución, se pudo comprobar “amenazas” a los miembros del sindicato, vulneraciones de derechos fundamentales de los trabajadores y una actitud permanente de la empresa de negar los hechos y desacreditar a los empleados sin presentar pruebas. El monto de la sanción es uno de los mayores hasta el momento.
Mientras la Policía y los inspectores del Ministerio de Trabajo (mtss) descubrían, el viernes 9 de agosto, a varias trabajadoras domésticas bolivianas ilegales en la casa de Javier Fernández, otra denuncia por persecución sindical se sustanciaba en esa sede ministerial contra Fripur, la empresa de su padre Alberto. Al mismo tiempo en que se iba echando luz sobre el caso de las empleadas, este expediente llegó a su fin el martes 14, con la aplicación de una multa de 2.852 ur (y no 2.600, como trascendió inicialmente), contra la pesquera. En una peculiar semana con jugadas a dos bandas, el mtss estrechó el cerco sobre los Fernández, ya célebres por violar normas laborales básicas en sus barcos y en la planta de la pesquera en la Aguada; fama que no les ha impedido tejer vínculos políticos con este gobierno y el anterior, y mucho menos contratar con el Estado (Javier Fernández, dueño de la empresa Frimaral, provee contenedores para alojamiento a varios organismos, entre ellos la anep y el inau).
La multa en el caso de Fripur es de las más cuantiosas que se recuerden por un caso de persecución sindical, confirmaron a Brecha desde el mtss. El monto adquiere relevancia si se lo compara con las sanciones impuestas últimamente por casos similares: en mayo del año pasado Grandes Tiendas Montevideo fue sancionada por 54 mil dólares, y un mes más tarde el Frigorífico melense pul por 25 mil dólares. A Fripur le corresponde, en esta oportunidad, pagar más de 1.600.000 pesos, aproximadamente unos 80 mil dólares.
El expediente por persecución sindical había sido abierto en 2010, tras una denuncia del sindicato de la pesca (suntma). En el menú de prácticas antisindicales relatadas por los trabajadores había desde llamados de mandos medios para saber el motivo de la afiliación al sindicato, hasta ofrecimientos para firmar la renuncia al descuento de la cuota sindical a cambio de aumentos salariales extraordinarios y mejoras en las condiciones de trabajo. Al recién afiliado, en cambio, se lo condenaba a los peores puestos en la fábrica. Una trabajadora relató que una vez que se afilió fue trasladada del sector de procesado al de empaque, a la salida de un túnel de congelado que trabaja a 25 grados bajo cero. Le dieron ropa de abrigo en malas condiciones que tenía que ser emparchada con cinta adhesiva por los propios operarios. La trabajadora compartía el lugar con otra no sindicalizada que, a diferencia de ella, era trasladada durante la jornada (véase Brecha, 11-XI-11). Las represalias también incluían el aislamiento del trabajador agremiado prohibiéndole hablar con sus compañeros, con el objetivo de obstaculizar la actividad gremial y restringiendo la visibilidad de los afiliados. Incluso, a la hora de definir las sanciones por llegada tarde, la empresa aplicaba un reglamento más benigno al trabajador no agremiado que al sindicalizado.
Además de los relatos, lo que permitió al mtss probar el trato diferencial para los miembros del suntma fue que se presentaron como prueba los recibos de sueldo de 101 trabajadores. Con ellos se pudo comprobar que se recortaban las compensaciones cuando el trabajador se afiliaba al gremio. Para comparar, se presentaron recibos de sueldos anteriores y posteriores a la sindicalización, y se contrastaron con los recibos de una empleada no sindicalizada. A partir de eso se dedujo que a varios agremiados la empresa les impidió hacer horas extra, y a otros les redujo las horas de trabajo y por tanto la paga. De la resolución, a la que accedió Brecha, surge que de los testimonios de las personas que declararon, de la prueba documental, así como la “actitud (de Fripur) asumida en el expediente de negar los hechos sin aportar elementos de prueba que sostengan lo afirmado”, surgen situaciones de “menoscabo del ejercicio de la actividad sindical y la vulneración de los derechos fundamentales”. Estas actuaciones no son aisladas, consigna la resolución, sino que Fripur venía siendo denunciada en el marco de la negociación colectiva. De hecho, se la había intimado a adoptar medidas para “disminuir la inseguridad y violencia del ambiente laboral respetando los derechos humanos fundamentales”.
Por supuesto que Fripur intentó desacreditar el testimonio de los trabajadores denunciantes. Así, a una ex delegada del sindicato se la acusó de no ser imparcial por haber declarado previamente contra la empresa en un expediente judicial, y a otra trabajadora no afiliada se le quiso invalidar su testimonio por ser hermana y vivir en la misma casa que el delegado del sindicato de base del suntma. La empresa sostuvo que ambas “son capaces de mentir, exagerar, omitir deliberadamente, brindar vital información y tergiversar los hechos con tal de afectar negativamente la imagen de Fripur”. Los argumentos hicieron agua para el mtss, que concluyó que esos hechos eran irrelevantes en relación al objeto de prueba (la persecución dentro de la planta) y que Fripur no aportó prueba que acredite que las declaraciones vertidas por aquellas trabajadoras sean exageradas o mentirosas.
La pesquera es una de las principales empresas del grupo en consejo de salarios, por lo que la violación de las normas que garantizan la libertad sindical constituye una “inequidad, una incoherencia” que incide en el sistema de negociación colectiva, culmina la resolución. De seguir con la misma actitud de “negar los hechos”, el camino que le queda a los abogados de Alberto Fernández, antes de ir al Tribunal de lo Contencioso Administrativo, es recurrir ante el mtss una resolución que ya está firme y que “obviamente” se va a confirmar.