¡Batlle, volvé! - Semanario Brecha
Discusiones en torno a la propuesta de un consejo de laicidad

¡Batlle, volvé!

El 19 de marzo, un grupo de legisladores colorados propuso un proyecto de ley que crearía un consejo de laicidad encargado de velar por la defensa de ese principio. El presidente de Fenapes califica a este consejo de «tribunal de la inquisición», mientras el profesor titular de derecho constitucional Jaime Sapolinski –quien, además, es colorado– plantea serias dudas: «Darles a tres honorables ciudadanos la posibilidad de meterse en ANEP y decir “acá se está violando la laicidad” no me parece. Además, ojo con quién vigila a los que vigilan».

Felipe Schipani en la Casa del Partido Colorado Adhoc, Pablo Vignali

El Consejo de Laicidad, tal como aparece en el proyecto de ley, sería una «persona jurídica de derecho público no estatal», integrado por tres miembros, uno propuesto por el Ministerio de Educación y Cultura, otro por la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) y el restante propuesto por la Facultad de Derecho de la Universidad de la República (Udelar), «debiendo ser preferentemente un integrante del Instituto de Derecho Constitucional». El consejo sería competente para la «elaboración de dictámenes, evaluaciones y recomendaciones» para «preservar, en el ámbito del Estado, la aplicación de los derechos» consagrados en los artículos 5, 58 y 68 de la Constitución. Para hacer esto, puede recibir denuncias o hacerlas de oficio y proponer «medios correctivos».

Según el proyecto, «los procedimientos seguidos por el Consejo de la Laicidad concluirán con una declaración sobre si existió afectación a los principios y valores tutelados por esta ley, así como su gravedad y su denuncia ante las autoridades». A esto se agrega que, «en el caso de que el acto persista, el Consejo de la Laicidad estará facultado a disponer su suspensión, con carácter cautelar hasta tanto la autoridad con competencia adopte decisión y la comunique a este». El consejo podrá también «efectuar, con o sin previo aviso, visitas de inspección a cualquier lugar o sector de actividad de los organismos y entidades objeto de su competencia, pudiendo concurrir con peritos, asesores o con quien estime del caso, quedando habilitado a registrar la inspección o visita por los medios y con los soportes que estime del caso».

El diputado colorado Felipe Schipani (Ciudadanos), autor de la exposición de motivos del proyecto, explicó a Brecha que la idea de este proyecto fue de Manuel Flores Silva y fue recogida en el programa del Partido Colorado para 2014. Luego, fue planteada como proyecto de ley por Pedro Bordaberry, pero terminó archivado. Este proyecto «en esencia es lo mismo» que el de Bordaberry, con la diferencia de que aquel incluía a la educación privada y este no. Schipani aclaró que si bien el alcance del consejo incluye a «todo el Estado, el proselitismo en la educación pública es lo que más debate ha tenido». Y señaló como justificación de la necesidad del consejo que «el artículo 58 de la Constitución se soslaya permanentemente por parte de ciertos actores, pero, mientras esté vigente, tenemos que respetarlo».

Al consultarle sobre la razón de la presencia del Instituto de Derecho Constitucional, Schipani explicó que es porque «estamos hablando de la protección de derechos constitucionales», por lo que «nos queremos asegurar la presencia de un jurista, que sepa interpretar correctamente la Constitución de la República y las normas». Brecha consultó, entonces, a Jaime Ruben Sapolinski, profesor grado 5 de la cátedra y representante de la Facultad de Derecho en la Red de Laicidad de la Udelar.

Sapolinski, que además es colorado, afirmó que «cualquier cosa que contribuya a sostener el principio de laicidad es una buena cosa». Explicó que el consejo propuesto es parecido a instituciones como el ombudsman o la Institución Nacional de Derechos Humanos. Por lo tanto, sería una institución que «no toma decisiones, pero que podría ejercer una especie de magisterio moral, hacer denuncias, ese tipo de cosas». Se preguntó si ese tipo de institución sirve para este caso, y respondió: «No sé», en parte porque eso «depende más de la calidad de las personas que lo integren que de lo que diga el estatuto», y porque no será fácil conseguir personas «intachables, que aseguren el equilibrio y la tolerancia».

ZONAS GRISES

En su exposición de motivos, el proyecto explica que la laicidad se consagró en el derecho «a partir de la Constitución de 1918» y que implica «la neutralidad del Estado en materia religiosa», y agrega que ese es un «principio que cabe mantener, extendiéndolo respecto del proselitismo en otras áreas, como, por ejemplo, la de la propagación de las ideologías políticas». Esta última frase es particularmente importante. Primero, porque la extensión de la aplicación de la laicidad de la esfera religiosa a la política es altamente discutible conceptual e históricamente. Y, segundo, porque no es evidente cuáles son los alcances de la «propagación de las ideologías políticas».

Sobre este punto, el jurista Sapolinski opina que «el profesor tiene derecho a tener su concepción. Porque además somos pocos y nos conocemos. Todos sabemos de dónde venimos, dónde estuvimos y dónde estamos. También una cosa es sexto año de escuela y otra cosa es una licenciatura. De lo que se trata es de no hacer proselitismo, como dice el artículo 58 de la Constitución». El tema, entonces, es qué entendemos por proselitismo.

Se consultó a Schipani por algunos posibles ejemplos en los que podría considerarse que existen violaciones a la laicidad, por ejemplo, si profesores hablaran de autores que pertenecen a ciertas tradiciones ideológicas o de temas planteados en la discusión pública por el feminismo. Dijo: «Lo que establece la ley de educación es que el docente tiene que brindar un balance. Obviamente, si vos explicás la historia económica y solo das El Capital de Marx y no das otra bibliografía, no sé, Adam Smith, u otros autores liberales, claramente estás influenciando». Otro ejemplo fue que «si vos enseñás la historia reciente y no hablás de la historia reciente y no hablás de lo que pasó en la década del 60, de la guerrilla, si tu relato de la historia reciente empieza el 27 de junio de 1973, estás desconociendo parte de la verdad. Es pretender influir en la formación de los muchachos». Sin embargo, «en temas de la reivindicación de la mujer, no hay ninguna ideología política, porque esos temas no tienen ideologías políticas, hay gente feminista y antifeminista en todos los partidos». Y resaltó que «los casos más evidentes son temas que tienen atrás un contenido político partidario».

Estos ejemplos muestran lo delicado del tema en cuestión. Primero, porque las discusiones políticas e ideológicas no se reducen necesariamente a cuestiones partidarias, sino que permean las discusiones intelectuales y la producción de conocimiento. Segundo, porque no es obvio cuáles son las posturas que tienen que estar representadas en cada discusión: ¿por qué, por ejemplo, solo el marxismo y el liberalismo? ¿Podrían los keynesianos o los «decrecionistas» reclamar si no se los trabaja? ¿Esto depende solo de criterios intelectuales o también de balances políticos de acuerdo a las fuerzas de las ideas en la sociedad? ¿Esto incluye a las ideas religiosas? ¿Y al fascismo? ¿Qué tanto cada docente, según sus conocimientos, podrá juzgar qué perspectivas tratar y cómo hacerlo sin arriesgarse a ser acusado? Entrar en estas discusiones podría implicar meterse profundamente en la discusión de las prácticas educativas y en el trabajo de los docentes.

Brecha consultó por esto a José Olivera, secretario general de la Federación Nacional de Profesores de la Enseñanza Secundaria. El dirigente sindical propuso dar un paso atrás y contextualizó: «Se reflota este proyecto en una coyuntura en la que se da un proceso de escandalización, amplificado por los medios, con la participación de algunos actores del sistema político, particularmente del oficialismo. Se va generando ese sentido común según el que parece que hay una violación persistente y rutinaria de la laicidad en el sistema educativo. Esta es una vieja estrategia, abonar un terreno para después plantear la solución». Olivera señaló que al proyecto lo inspira una «interpretación limitativa del concepto de laicidad», que va en el «sentido de despojar el sentido político del campo educativo y, particularmente, de la tarea docente».

Afirmó que se trata de la instalación de un «tribunal de la inquisición», que «hace parecer que la forma de resolver los conflictos en una sociedad democrática es un criterio punitivista». A Olivera no le «extraña que este gobierno de derecha y ultraderecha se emparente con el planteo político de Escola sem Partido, que en Brasil promueve Bolsonaro, junto a los sectores conservadores y neopentecostales que lo apoyan». Concluyó que «el sentido de esto es instalar la autocensura y el miedo en el cuerpo docente».

DISCUSIÓN JURÍDICA

Profundizando sobre el tema, Olivera reflexionó que el proyecto de ley «afecta dos derechos que son fundamentales para el ejercicio de la tarea docente, que son la libertad de expresión y la libertad de cátedra. Esto va en consonancia con el despojo no solamente del carácter político de la educación y del trabajo docente, sino también del saber técnico del propio docente, y apunta hacia procesos de estandarización en los que el rol docente queda reducido a un rol de aplicador de métodos y pruebas que otros han definido. Es una forma de control político».

En el plano jurídico, resaltó que se trata de «una figura pública no estatal», que, sin embargo, puede «establecer inspecciones, dictámenes, recomendaciones» en el ámbito público. A partir de allí, se pregunta: «¿Qué valor tiene esto desde el punto de vista jurídico? ¿Cómo se cruza con los procedimientos que ya están dispuestos? Pongamos un ejemplo. Digamos que alguien dice que José Olivera violó la laicidad. Supongamos que me abren una investigación administrativa, un sumario. Y que en medio de ese proceso hay un pronunciamiento de este consejo. ¿Qué valor tiene? ¿Tiene garantías para el investigado? Si antes de que termine el proceso hay un pronunciamiento público de que soy culpable, se me está prejuzgando».

Brecha le trasladó este punto a Sapolinski, que recordó que «hay muchas personas públicas no estatales: las cajas de jubilaciones, la notarial, la profesional, el LATU, la Corporación para el Desarrollo, el IMPO, y cada tanto aparece alguna nueva. Esto es un invento, no sé si muy constitucional, quizás no, pero que hemos ido desarrollando», y especuló que quizás «la idea de hacerla paraestatal es asegurarle autonomía de vuelo. Pero no deja de ser una cosa que a mí me hace un poco de ruido».

Sobre el artículo 8 del proyecto, según el cual el consejo podría disponer la suspensión de actos de forma cautelar, respondió que «esto es complicado, porque esa es una función jurisdiccional. Que lo haga un juez está bien, pero esta es una especie de autoridad administrativa, además de paraestatal. No me parece que sea la solución más feliz». Sobre la libertad de cátedra, elaboró que «está muy bien, pero si un profesor dice que los que votan tal cosa son unos canallas o invita a los estudiantes a ir a una misa el domingo, se trata de un abuso o un exceso. Ahora, ¿le conferimos a una organización administrativa, que ni siquiera es estatal, posibilidades jurisdiccionales? Si se hace un manejo patológico, estamos fritos. Se puede hacer con la debida prudencia, pero es muy complicado hacer esto, porque además demanda recursos. Además, ¿cómo hacemos? ¿Le caemos a una clase?».

Resumió: «Dar la posibilidad a una persona de derecho público no estatal de tomar una medida administrativa, de meterse adentro del órgano de enseñanza me parece que es un error. Es darles a tres honorables ciudadanos la posibilidad de meterse en ANEP y decir: “acá se está violando la laicidad”. No me parece. Además, ojo con quién vigila a los que vigilan».

Schipani explicó a Brecha por qué se optó por proponer una institución paraestatal: «Las personas públicas no estatales pueden funcionar con cierta autonomía», y esta figura era más plausible que «la otra opción», que «era un ente autónomo o un servicio descentralizado». Además, hay un argumento económico: como «la situación del país es compleja», conviene «que sea una institución con una estructura muy austera» y «evitar lo que supone la creación de un ente autónomo o un servicio descentralizado», lo que, «además, requiere mayorías especiales».

LAICIDAD

Más allá de la discusión de la coyuntura, algo resulta muy extraño de la discusión actual sobre la laicidad, concepto que en Uruguay lleva la marca de fábrica del batllismo. Como cuenta el (muy documentado) libro de Gerardo Caetano titulado La República Batllista (Banda Oriental, 2011), la laicidad no era, a principios del siglo XX, ni una limitación del discurso político ni un llamado al pluralismo.

Era algo mucho más impetuoso y más radical: era un movimiento que buscaba desterrar a la religión del Estado y, en particular, del mundo educativo, por considerarla dogmática y peligrosa, para sustituirla por una «moral laica» que pudiera dar un sustento espiritual a una república de ciudadanos. Lejos de buscar despolitizar a la educación, esta moral laica se proponía desplazar a lo religioso para dar centralidad a lo político, entendido como una defensa e incluso una celebración de lo público, lo colectivo y de una ciudadanía activa, bajo una ideología científica, que reivindicara «un culto casi panteísta a la naturaleza», junto a ideas radicalmente igualitarias y el «amor a la humanidad», inscribiéndose así en la tradición de la revolución francesa. Esta idea de laicidad era impulsada por un «frente anticlerical», compuesto de progresistas, liberales, socialistas, anarquistas y feministas.

Resulta llamativa la transformación que ha sufrido en este siglo la idea de laicidad y el punto hasta el cual las ideas de la vieja laicidad, que supuestamente son la base del proyecto educativo de Uruguay, han pasado a la defensiva. Mientras se discute esto, avanza una política educativa que tiende al privilegio de la educación privada (tan atacada por el viejo batllismo), en la que lo religioso tiene un gran peso. Las personas preocupadas por la laicidad tienen, efectivamente, mucho de qué preocuparse.

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