Derecho al pataleo - Semanario Brecha

Derecho al pataleo

La acción fue presentada en la Suprema Corte de Justicia el 5 de febrero por el fiscal Ricardo Perciballe, para quien los artículos 649 y 652 de la ley 19.355 sobre el presupuesto nacional atentan contra el Estado de derecho al redefinir el rol de las fiscalías civiles, perjudicar a sectores vulnerables de la sociedad e incumplir tratados internacionales ratificados por Uruguay. En el mismo escrito el magistrado recusa al fiscal de Corte, Jorge Díaz, por ser autor del articulado en cuestión y conocerse de antemano su prejuicio.

Fiscal de Corte Jorge Díaz / Foto: Alvaro Salasas, Presidencia

El primero de los artículos modificó “de forma drástica” la actuación del Ministerio Público en el área civil, así como le quitó “la mayor parte de la competencia que se le atribuía. En última instancia, procede a vaciar de contenido la actuación que desde hace más de un centenar de años cumplían los fiscales civiles”, denuncia Perciballe. Por su parte, el artículo 652 derogó “todas aquellas referencias a la intervención procesal del Ministerio Público y Fiscal contenidas en el Código Civil, en el Código General del Proceso, del Código de la Niñez y la Adolescencia, de la ley orgánica del Ministerio Público y Fiscal, de la ley orgánica de la Judicatura y organización de los tribunales y leyes especiales en cuanto se opongan a lo dispuesto en los artículos 27 a 29 del Código General del Proceso, en la redacción dada por el artículo 649 de la presente ley”.

El magistrado considera que se eliminó de un plumazo gran parte de los controles que ejercía el Ministerio Público –según estimaciones de Díaz las actuaciones civiles de los fiscales se reducirán 75 por ciento– “en beneficio de las personas más vulnerables, niños, adolescentes, ausentes y discapacitados. Huelga resaltar que, en el último de los nombrados, representa una contravención de los acuerdos internacionales suscritos por la República mediante los cuales se obliga a su protección. En especial la convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad”, aprobada por ley 18.418, el 4 de diciembre de 2008.

Consultado por Brecha Perciballe concluyó que los cambios “dejan en claro estado de indefensión a las personas con discapacidad. El proceso de declarar incapaz a una persona comienza con un familiar o allegado que lo solicita, y el Ministerio Público es el que promueve y da garantías a la parte más vulnerable durante el trámite hasta que se lo declara incapaz y se le nombra un curador responsable en lo patrimonial y en lo que hace a sus condiciones de vida, y eran los fiscales los encargados de llevar adelante ese control. Ahora no se sabe en quién recaerá esa tarea, no está dicho en ningún lado ni se previeron recursos”.

Por otro lado, el magistrado advirtió que “habrá un colapso en los juzgados de familia”, ya que también se le quitó a los fiscales la posibilidad de intervenir en trámites y controles sucesorios. “El Ministerio Público, durante muchísimos años, capacitó a un cuerpo de fiscales y sus equipos en este tema. Con eso se defiende la propiedad pero sobre todo el derecho de las personas más vulnerables que no asisten al proceso. Ahora tampoco se sabe a quién le asignaron la función.”

Si vamo’ a hacerlo… “Hagamos cualquier reforma, no me opongo, incluso si es para sacar competencias del Estado cuando no corresponden, pero hagámoslo bien, con un debate jurídico, político y social que nos permita saber si vamos por el buen camino de hacer esta reforma, que lo que intenta es cambiar la materia jurídica del país en materia civil, una historia de cien años. Lo que planteo es que el Parlamento discuta, pero en serio, que consulte a los implicados y no que lo haga por vía oblicua”, afirmó Perciballe, que, tanto en diálogo con Brecha como en el escrito, criticó que estos cambios fueron hechos sin consultar a los actores del sistema judicial, ni a la academia ni a la sociedad civil.

Su punto de vista es compartido por el diputado Pablo Abdala (Partido Nacional), vicepresidente de la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Representantes. Consultado por este semanario, Abdala recordó que durante la discusión del presupuesto había explicitado sus discrepancias. “Cuando votamos la transformación del Ministerio Público en Fiscalía General de la Nación, en 2015, todos coincidimos en que quedaba pendiente rever la carta orgánica, que viene de la dictadura, y otras normas dispersas en el ordenamiento jurídico. Todos coincidimos, pero no se hizo y se optó por legislar con parches.”

“Cuando el doctor Díaz fue a presentar el presupuesto le manifesté que consideraba una enorme imprudencia plantear esas modificaciones en la instancia presupuestal. Hubo dos cosas que me llamaron la atención, por un lado los incrementos de partidas anuales que se proponían (unos seis millones de dólares por año, es decir unos 30 millones en el quinquenio) para hacer frente a la reforma del proceso penal, contra el cero peso asignado al Poder Judicial para encarar esa misma reforma”, dijo Abdala.

El legislador agregó que en su momento propuso, sin éxito, que los artículos 649 y 652 fueran desglosados para estudiarlos en la Comisión de Constitución en paralelo a la instancia presupuestal. Su par oficialista y presidenta de la comisión mencionada, Cecilia Bottino, reiteró a Brecha la posición que llevó a la bancada del Frente Amplio, que no la acompañó, y que luego compartió en el pleno de la Cámara cuando se votaba el presupuesto: “Nosotros también dudamos de la conveniencia de que en esta ley de presupuesto se incluyera una modificación al Código General del Proceso. También estuvimos manejando la posibilidad del desglose de los artículos a efectos de que se derivaran a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración a efectos de un mayor estudio”.

En este sentido, añadió, “logramos que este tema se estudie en el Senado, pero la fundamentación que nos llevó a mantenerlo en el proyecto de presupuesto provino del fiscal de Corte, que expresó que habían estimado los costos que tendría la puesta en funcionamiento del nuevo Código del Proceso Penal, el Código Aduanero y ponerse al día con la ley de faltas”. Finalmente, reconoció que en el Senado tampoco se dio esa instancia de análisis específico y ambos artículos fueron aprobados.

Se veía venir. Como corolario natural de estos dos artículos, el Poder Ejecutivo aprobó el 21 de enero una resolución para adecuar el funcionamiento del Ministerio Público a las nuevas competencias. Se suprimieron 11 de las 14 fiscalías civiles que existían, y se reconvirtieron de la siguiente manera: cinco fiscalías nacionales en materia penal, dos en ejecución penal, tres en violencia doméstica y una en aduana. Así las cosas, actualmente son 20 las fiscalías nacionales penales, seis de violencia doméstica, tres civiles, tres de adolescentes, dos de ejecución penal, dos de crimen organizado y dos de aduana.

Luego de esa resolución, el fiscal de Corte culminó el proceso de cambios estableciendo que se hicieran efectivos a partir del 8 de febrero, en cuanto a la reasignación de cargos que impuso la reestructura, entre ellos nuevos destinos de magistrados. Algunos de los que estaban en el fuero civil fueron asignados a las nuevas sedes penales, y los restantes se distribuyeron en las otras ramas. A Perciballe le tocó quedar al frente de la Fiscalía de Aduana de Segundo Turno, algo que puede tomarse como un descenso de categoría. Sería la segunda vez que le tocó vivir un hecho similar, tal como lo consigna el propio fiscal en el recurso.

“En efecto, en la fecha antes mencionada –9 de mayo de 2012– fue trasladado (contra su voluntad) por el actual fiscal de Corte, desde la Fiscalía Letrada Nacional de lo Penal especializado en Crimen Organizado de Segundo Turno al actual cargo. En dicha instancia también promovió los recursos correspondientes, y en su resolución denegatoria el Poder Ejecutivo (paradójicamente) sostuvo como fundamento principal que al igual que en el Poder Judicial la materia civil es de mayor jerarquía que la penal”, en alusión a la justificación que dio la corporación cuando trasladó de la órbita penal a la civil a la jueza Mariana Motta en 2013.

En paralelo a la tramitación del recurso ante la Scj, el fiscal pide la recusación de Díaz por ser el promotor y redactor de los artículos cuestionados, ya que en este tipo de acciones el fiscal de Corte debe intervenir para fijar posición mediante un dictamen de carácter no vinculante. Por otro lado, Perciballe tiene previsto, según explicó a Brecha, llevar el caso ante la Institución Nacional de Derechos Humanos para que se pronuncie sobre el estado de indefensión en que quedarían vastos sectores de la sociedad con el cambio de competencia de las fiscalías civiles.

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