El coronel Roque Moreira y sus vínculos con Colonización - Semanario Brecha
El coronel Roque Moreira y sus vínculos con Colonización

Con su rúbrica

A un año del último golpe de Estado, un tribunal de honor del Ejército sancionó al suegro  del senador Guido Manini Ríos por irregularidades en la compra de un predio del Instituto Nacional de Colonización en Artigas. El extenso campo es parte del litigio que enfrenta el referente de Cabildo Abierto, uno de los líderes de la coalición gobernante, en un caso con repercusiones aún difíciles de dimensionar.

Todoartigas

El coronel (r) Roque Arturo Moreira adquirió un predio ubicado en la cuarta sección judicial del departamento de Artigas. Para hacerlo, firmó un compromiso de compraventa con el Instituto Nacional de Colonización (INC) en el que asumió la condición de colono, con la obligación de, entre otras cosas, residir en el predio. La información surge del expediente de un tribunal de honor del Ejército que, ya en dictadura, analizó su conducta en este negocio. De ese expediente, entregado a Brecha por el Ministerio de Defensa Nacional tras un pedido de acceso a la información pública, se desprende que Moreira adquirió el predio como colono. Cincuenta años después, la compra de ese predio –y de otros asociados a su familia– es objeto de análisis en el seno del INC. Un informe de la división Inspección General –es decir, de los servicios técnicos del organismo– estableció que el grupo familiar integrado por Moreira; su hija, la ministra de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Irene Moreira, y su yerno, el senador y líder de Cabildo Abierto, Guido Manini Ríos, explota 4.350 hectáreas de tierra en el departamento de Artigas, de las cuales 2.856 están afectadas a la ley 11.029, por la que se creó el instituto. La Inspección General concluyó que ostentan la calidad de colonos y que todos estos años incumplieron con la obligación de residir en el predio (Búsqueda, 18-III-22).

La difusión de la noticia provocó un sismo político días antes del referéndum por 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración. En su audición de Radio Oriental, el senador y líder cabildante afirmó que la información era totalmente falsa: «Yo nunca fui colono. Mi señora nunca fue colona. Mi suegro, que tiene 91 años, nunca fue colono». Aseguró que el campo fue adquirido por su suegro en una licitación pública, luego de que el INC concluyera que se ubicaba en un área inundable, por lo que no cumplía los fines requeridos para ser colonizado. Según su relato, la compraventa suscripta en 1971 fue ratificada por una posterior, de 1975, en la que quedó en claro que Moreira nunca tuvo la condición de colono (véase «Rumbeando pa’ la colonia», Brecha, 24-III-22). El informe técnico, que suscitó preocupación en la coalición de gobierno, fue analizado por el directorio del INC, que resolvió remitir el expediente a la Asesoría Letrada para saldar la discusión. Una vez que el informe se conoció públicamente, Manini Ríos citó a su despacho al presidente del INC, el nacionalista Julio Cardozo –uno de los encargados de fallar en el caso–, y le reclamó una pronta resolución del organismo. Este mes, el legislador reiteró su pedido de celeridad: «Fue una gran farsa, una gran mentira. […] Se le dio largas al asunto diciendo que se iba a hacer un informe de Jurídica, que no entendemos cómo, a casi dos meses, todavía no se hizo» (Radio Montecarlo, 3-V-22).

Según fuentes de Brecha, el informe de la Asesoría Letrada estaría pronto en dos semanas. El expediente cuenta con profusa documentación que permite trazar los derechos de propiedad del predio rural y sus nexos con el organismo. Parte de esos documentos integra el voluminoso expediente del tribunal de honor del Ejército, que culminó con la sanción de Moreira, por «falta leve con agravantes». Por aquellos años también surgían dudas sobre las condiciones en que adquirió el predio.

LA GÉNESIS

Sobre fines de 1973, representantes del Ejército se reunieron con autoridades del INC para dialogar sobre la situación del organismo. En ese encuentro, se informó que «algunos integrantes de las Fuerzas Armadas estarían en situación irregular», entre ellos, el jefe del Batallón de Ingenieros N.o 1, el coronel Moreira. Ante esto, el entonces jefe de la División de Ejército I, el general Esteban Cristi, le solicitó en forma verbal a Moreira que informara sobre su relación con el INC. Moreira respondió que en enero de 1971 presentó una oferta en un remate del INC para la adjudicación en venta de dos fracciones linderas de campo ubicadas en Artigas. Su oferta fue la ganadora y el predio le fue adjudicado en marzo de ese año. Tras solicitar información ampliatoria y ante las respuestas de Moreira, el comandante en jefe del Ejército, el general Hugo Chiappe Posse, dispuso una sanción disciplinaria de arresto a rigor por 20 días en su contra. La sanción tuvo en cuenta que el oficial contrajo «un compromiso de ocupación de un predio rural con el INC al que sus obligaciones de servicio lo inhiben, comprometiendo con ello el prestigio del Ejército». Además, el comandante en jefe del Ejército dispuso la creación de un tribunal de honor, que fue integrado por los coroneles Julio Formento (presidente), Sergio D’Oliveira y Manuel Núñez, quienes analizaron la conducta del oficial.

Para su evaluación, el tribunal solicitó agregar el expediente administrativo del INC sobre la compra del inmueble rural. La respuesta oficial –firmada por el entonces presidente del instituto, Nicolás Llaneza Álvarez– permitió conocer detalles del negocio. Allí se estableció que un mes antes del remate Moreira se había inscripto como solicitante de tierras del INC. En esa instancia, expresó su aspiración de obtener entre mil y 1.500 hectáreas en Artigas, donde ya tenía tierras propias, adquiridas entre 1963 y 1964. Pero también se avanzó sobre el negocio cuestionado. El expediente señala que la adjudicación se hizo teniendo en cuenta las condiciones que deben reunir los aspirantes a colono y que el oficial registró un puntaje suficiente para acreditar esa condición. Si bien el tribunal entendió que los documentos aportados «son ambiguos» y que no surge con claridad bajo qué régimen se adjudicó el predio, el compromiso de compraventa suscripto entre las partes el 5 de julio de 1971 especifica que el militar asumió «obligaciones como colono». Así lo indica el numeral sexto del contrato, que refiere a la tenencia, la explotación y la conservación del inmueble: «El promitente comprador deberá ocupar el predio a nombre del instituto, obligándose a trabajarlo directamente y habitarlo con su familia. Deberá destinarlo a la explotación ganadera y cumplir con el plan de explotación y orientaciones técnicas que se le proporcionen». Y también el numeral octavo, en el que se establecen todas las obligaciones accesorias que debe cumplir el colono.

En su respuesta al oficio 122/A/974 enviado por el Ejército, fechada el 28 de enero de 1974, el presidente del INC consignó que todo colono promitente comprador debía cumplir con las obligaciones previstas en la ley 11.029, so pena de la rescisión del compromiso firmado, y que esa situación se había constatado en el caso de Moreira: «Consecuentemente, ya ha sido iniciado el trámite correspondiente (expediente 27.547), por falta de cumplimiento por el citado adjudicatario a lo preceptuado en el artículo 61 (inciso B) de dicha ley (“trabajar directamente el predio y habitarlo con su familia”)». La información remitida por el INC indica, además, que al firmar el contrato Moreira se declaró de profesión ganadero, dio como domicilio el mismo inmueble que estaba comprando (pues se lo habían entregado previamente) y como domicilio postal la dirección Francisco Simón 2126, en Montevideo. Ante el tribunal, justificó su accionar. Dijo que durante el proceso administrativo detectó ciertas arbitrariedades que hacían peligrar sus derechos para la adjudicación del predio y que optó por firmar, con esas condiciones presentadas por el organismo, «para asegurarse el negocio». También dijo que el INC nunca le exigió el cumplimiento de la obligación de residir en el campo comprado y que el 4 de febrero de 1974, tras la sanción impuesta por el comandante en jefe del Ejército, inició una acción legal ante el instituto para modificar la adjudicación. Sus argumentos no fueron suficientes.

LA SANCIÓN

Los integrantes del tribunal consideraron que los elementos aportados por el INC no eran claros para definir las condiciones de la adjudicación. Sin embargo, quedó probado que Moreira firmó un contrato con el INC en el que omitió su calidad de militar, dio como domicilio el inmueble rural que le había sido entregado tres meses antes y asumió la obligación de trabajarlo directamente y habitarlo con su familia. Bajo estos parámetros se fundó su sanción. El tribunal consideró que no era de recibo el argumento de que aceptó firmar como colono para no dilatar la adjudicación ante la posibilidad de que el negocio se frustrara. «Un oficial de la jerarquía de jefe, con la capacidad intelectual del acusado, con experiencia en el mando, la administración y, asimismo, en negocios del tipo que se trataba, no pudo haber firmado, ni aun inadvertidamente, un compromiso que le imponía obligaciones que no podía cumplir», reprochó el tribunal. «A juicio de este tribunal, el acusado, enfrentado a suscribir un documento que él mismo reconoce que no era el que correspondía, de ninguna manera debía haber aceptado hacerlo, ya que había un derecho adquirido por haber efectuado el pago de la entrega inicial y haber recibido el bien con anterioridad a la firma del mismo. Pero, aun cuando esto último no hubiera sido así, no es admisible que un señor jefe del Ejército acceda a firmar con un instituto del Estado un compromiso que consideraba no se ajustaba a su derecho, aun a riesgo de perder el negocio en trámite», concluyó el dictamen.

Si bien la investigación militar no logró concluir que Moreira haya actuado con malicia o mala fe, sí consideró que «por lo menos hubo impericia o falta de clara conciencia de sus deberes de militar». También se le cuestionó que, si tenía conciencia plena de la irregularidad cometida, haya demorado casi cuatro años en iniciar una acción legal ante el INC para que se reconocieran sus derechos sobre la propiedad. Esta acción se inició, «sugestivamente, […] después de que el superior tomó conocimiento de los hechos». En este escenario, el tribunal consideró que «demostró falta de discreción, poca ponderación y autocontrol en sus actos»; que accedió a contraer un compromiso «que en el momento de firmar sabía que no iba a poder cumplir, comprometiendo en alguna forma su prestigio de oficial y, por ende, el de la fuerza a la cual pertenece», y que «no actuó como un ciudadano ejemplar, máximo teniendo en cuenta su condición de oficial, obligado más que nadie a respetar las leyes del país», lo que «pudo haber dejado dudas sobre la corrección de su proceder».

CUESTIÓN DE CAMPOS

Medio siglo después, el informe técnico del INC se centra en ese mismo predio adquirido en el paraje Yacaré Cururú, cuyos fracciones actualmente son propiedad de Manini Ríos e Irene Moreira. Según documentos de la Dirección General de Registros, a los que Brecha accedió, el inmueble 511 está subdividido en tres fracciones: una de 850 hectáreas, a nombre de Palomar SA, propiedad de Irene Moreira; otra de 815 hectáreas, propiedad de Manini Ríos (escriturado en 1983), y una tercera, de 1.300 hectáreas, de las cuales 1.190 están a nombre de Palomar SA y las restantes a nombre de una particular, no vinculada al grupo familiar. El diferendo actualmente analizado es si estos predios fueron desafectados de la órbita del INC y cómo, en su caso, se concretó este proceso, más si se tiene en cuenta que Palomar SA figura como propietaria de los inmuebles desde 1983, 1985 y 1987. Para que la desafectación de un predio tenga efecto, debe contar con una votación unánime del directorio del INC (cinco votos), algo improbable durante la dictadura, porque durante todo ese período un cargo quedó vacante. Este es uno de los puntos que deberá resolver la Asesoría Letrada y, más adelante, el propio directorio del INC, cuya decisión es mirada con atención por buena parte del sistema político. La resolución involucra a un hombre clave de la coalición gobernante, que esta semana anunció su decisión de presentarse como candidato a la presidencia de la república en 2024.

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