Con las palabras de este acápite concluye el testimonio de una de las denunciantes en el video presentado en la audiencia temática sobre la falta de acceso a la Justicia de las mujeres víctimas de tortura sexual en la dictadura en Uruguay. Dicha audiencia se desarrolló en el marco del 179.o período de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y se transmitió por los canales de Youtube de la CIDH y la Universidad de República (Udelar) el 18 de marzo.
Fueron tres las partes copeticionarias que solicitaron esta instancia: el grupo de mujeres denunciantes, que llevan más de una década aguardando justicia por la tortura y la violencia sexual de las que fueron víctimas durante la dictadura; la Cátedra Unesco de Derechos Humanos de la Udelar, y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional. De la audiencia también participaron representantes del Estado uruguayo y Jan Jarab, representante de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
Las partes copeticionarias buscaron presentar a la CIDH información detallada sobre la falta de acceso a la verdad, la justicia y la reparación con perspectiva de género para mujeres sobrevivientes de tortura y violencia sexual en la dictadura, así como sobre los obstáculos que enfrentó este colectivo de mujeres en la búsqueda de verdad, justicia y reparación. Han pasado casi diez años de la denuncia penal que este colectivo realizó contra más de 100 militares y civiles colaboracionistas. Hasta el día de la audiencia sólo se había procesado al excapitán Asencio Lucero por el delito de privación ilegítima de la libertad, no por los de violencia sexual y tortura. Al día siguiente de la audiencia nos enteramos del auto de procesamiento de dos de los denunciados. El proceso aún sigue en la etapa presumarial para los más de 90 denunciados que aún falta indagar y procesar.
Jacqueline Gurruchaga y Blanca Luz Menéndez son quienes intervinieron en la audiencia en nombre de las denunciantes y de todas las mujeres que pasaron por los centros de detención durante la dictadura uruguaya. Relataron que son ex presas políticas que fueron secuestradas, torturadas y abusadas sexualmente durante el período del terrorismo de Estado en Uruguay; que el grupo de denuncia está integrado por mujeres pertenecientes a diferentes organizaciones políticas que fueron detenidas entre 1972 y 1983 en diferentes lugares de todo el país por integrantes de la Policía política y militares de todas las armas, y que la repetición sistemática de los procedimientos represivos a los que fueron sometidas deja en evidencia que la violación de las mujeres en la tortura formaba parte de un estudiado plan que buscaba dañarlas tanto física como psicológicamente.
Queda claro el rol que tuvo la tortura sexual como forma de castigo para las mujeres detenidas en los años anteriores y durante la dictadura uruguaya por haberse atrevido a desafiar los mandatos de género, los cuales aún siguen vigentes. Que no se escuche ahora no se debe a que no se hayan dicho, denunciado y visibilizado estos horrores, estas vulneraciones de una infinidad de derechos. En suma, se vulneró la dignidad de ellas, de sus familias, de la sociedad uruguaya y de toda la comunidad internacional. Esta denuncia forma parte de las casi 150 causas pendientes de justicia en el marco del terrorismo de Estado en Uruguay. La CIDH está en conocimiento de las graves violaciones de los derechos humanos y los crímenes de lesa humanidad que se cometieron durante la dictadura en Uruguay. También sabe que las deudas sobre verdad, justicia y reparación con las víctimas y sus familiares siguen pendientes. Han pasado ya 36 años del retorno de la democracia y el derecho a obtener justicia no avanza; contrariamente, pareciera que retrocede.
Desde la Udelar acompañamos al grupo de denuncia desde 2010. El trabajo articulado lo vienen realizando el Grupo Derecho y Género, de la Facultad de Derecho (FDER); el Área de Derechos Humanos, del Servicio Central de Extensión y Actividades en el Medio (SCEAM), de la Udelar; el Equipo de Atención a las Víctimas, del Consultorio Jurídico de la FDER, y la Cátedra Unesco de Derechos Humanos, de nuestra Universidad. Creemos imprescindible que la Universidad aporte sus saberes para que el derecho a la verdad, la memoria, la justicia y la reparación se haga realidad en el sentido en que nos lo señala el artículo 2 de la ley 12.549, de «contribuir al estudio de los problemas de interés general y propender a su comprensión pública; defender los valores morales y los principios de justicia, libertad, bienestar social, los derechos de la persona humana y la forma democrática de gobierno».
Un punto alto de la audiencia fue el referido a la necesidad de que el Estado uruguayo remueva los obstáculos que ha enfrentado este colectivo de mujeres en la búsqueda de verdad, justicia y reparación. Es decir, a la necesidad de que el Poder Judicial haga lo necesario para no revictimizar a las mujeres víctimas de violencia de género, para actuar conforme a su deber de debida diligencia, a sus obligaciones generales derivadas de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y a sus obligaciones reforzadas que derivan de la Convención de Belém do Pará, que en el artículo 7.b establece la obligación específica a los Estados parte de utilizar la debida diligencia para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.
También se solicitó quela incorporación de la perspectiva de género en la Justicia esté acompañada de una capacitación género-sensitiva, acorde a lo observado en julio de 2016 por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Naciones Unidas) en su último examen periódico del Estado uruguayo. Este comité observó y aconsejó al Estado uruguayo respecto a la situación de las mujeres que sufrieron violencia basada en género durante el terrorismo de Estado. En el párrafo 21 observó con preocupación la ausencia de mecanismos específicos en el sistema de justicia uruguayo para proporcionar reparaciones y compensaciones a las mujeres víctimas de violencia sexual y otras violaciones de sus derechos humanos durante el régimen de facto. También observó la falta de procesos para establecer la verdad acerca de las violaciones de los derechos humanos de la mujer durante ese período. En consecuencia, le recomendó que adopte: i) una estrategia para enjuiciar y castigar debidamente a los autores de las violaciones de los derechos humanos de las mujeres durante el régimen de facto y ii) medidas para facilitar una pronta reparación –en particular, las compensaciones y las reparaciones simbólicas– para las mujeres que fueron víctimas de esas violaciones (párrafo 22).
Finalmente, las copeticionarias solicitaron a la CIDH que haga un seguimiento cercano de este caso, mediante: i) una visita virtual a Uruguay, con la participación de las relatoras de mujeres, memoria, verdad y justicia, y la relatora país, a fin de examinar de forma directa los obstáculos para el acceso a la Justicia en los casos de graves violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura, con especial énfasis en las mujeres víctimas de la tortura sexual; ii) una nota técnica para acompañar el proceso judicial de las denunciantes. Es decir, que alcance al Estado uruguayo una sistematización de los estándares interamericanos que deben guiar la debida diligencia en la investigación de los casos de violencia sexual como este y, sobre todo, en la valoración que debe hacerse del testimonio de las víctimas y la importancia de la no revictimización.
Antonia Urrejola, presidenta de la CIDH y relatora sobre memoria, verdad y justicia, cerró la audiencia señalando: «Es un reto urgente. Ha pasado mucho tiempo y los avances en las investigaciones son muy lentos. Espero que este sea un espacio de escucha para esos silencios que ustedes llevan tanto tiempo queriendo que sean oídos».
* Profesora adjunta de la FDER y coordinadora del Área de Derechos Humanos, del SCEAM.