El proyecto de ley reconoce1 el derecho de las «personas a trascurrir dignamente el proceso de morir» y a «solicitar que se le practique eutanasia […] para que su muerte se produzca de manera indolora, apacible y respetuosa de su dignidad». Quita el carácter de delito al acto de dar muerte a un enfermo. Actualmente el homicidio piadoso ya está contemplado en el Código Penal cuando lo comete una persona «honorable» (no se refiere en especial a los médicos) ante reiteradas súplicas de la víctima. El juez puede exonerar de pena; sin embargo, no deja de ser un delito. El proyecto en debate introduce el derecho del enfermo, a la vez que exonera de responsabilidad al médico actuante. La propuesta crea también un nuevo ítem en la clasificación de la muerte: muerte natural por eutanasia.
Se define la eutanasia como el «procedimiento realizado por un médico o por su orden, que provoca la muerte». No obstante, es un derecho que requiere, como condición, que el paciente sea una «persona mayor de edad, síquicamente apta, que padezca una o más patologías o condiciones de salud crónicas, incurables e irreversibles, que menoscaban gravemente su calidad de vida, causándole sufrimientos que resulten insoportables». El texto establece una serie de pasos para garantizar que el enfermo reciba la información necesaria y para que se recabe la voluntad del solicitante frente a testigos, a la vez que se requiere la intervención de dos médicos no vinculados entre sí (ni con el paciente) y la ratificación de la solicitud. El solicitante puede revocar su decisión en cualquier momento, proceso que requiere de un tiempo no mayor a 15 días. También se obligaría a los prestadores a disponer de lo necesario, salvo que los «estatutos de una institución contengan definiciones de carácter filosófico o religioso incompatibles con la práctica de la eutanasia, [en cuyo caso] podrán acordar con otras instituciones».
Por último, dado que la Ley del Código de Ética Médica establece que «la eutanasia activa entendida como la acción u omisión que acelera o causa la muerte de un paciente, es contraria a la ética de la profesión», el proyecto se plantea su derogación. También quita toda referencia a evitar la eutanasia de la ley 18.335, que versa sobre los derechos del paciente.
RELIGIÓN
El debate filosófico en torno al tema está centrado en aspectos morales vinculados con el acto homicida –donde es importante el concepto de dignidad–, en los alcances de la compasión y en el derecho de las personas a decidir sobre su muerte. Los católicos se oponen porque consideran que solo Dios puede disponer de la vida del ser humano, lo cual está atado al concepto religioso de la dignidad: todos los seres humanos poseemos la misma dignidad, porque seríamos hijos de Dios, creados a su imagen y semejanza, libres e iguales. Y el homicidio, aunque piadoso, atentaría contra ella. En el ámbito profesional, se oponen, sobre todo, los médicos paliativistas, quienes entienden que el proyecto desconoce los fundamentos de los cuidados paliativos. Según ellos, todo proceso terminal puede ser tratado para conducir a una muerte en paz y sin sufrimientos (lo que es discutible), y esto haría innecesaria la práctica de la eutanasia. En caso de sufrimientos insoportables e inevitables, abogan a veces por la «sedación paliativa» (coma inducido).
Otros opositores también plantean que se recurriría a la eutanasia por ser un procedimiento rápido y menos costoso, sugiriendo que los médicos serían influenciados por directrices de la institución u otros intereses. Además afirman que se abriría una puerta peligrosa, pues con el tiempo se ampliarían las circunstancias y se incrementaría el uso de esta práctica. Desde esta perspectiva, todo acto homicida, en tanto parte de la voluntad de causar la muerte, se enfrenta al mandato moral de «no matarás». Para evitar centrar la discusión en los códigos de ética médica nacionales e internacionales, algunos proponen que la eutanasia no debería ser practicada por médicos, aunque no se oponen a que sea practicada por otras personas. Este argumento no parece valedero en la medida en que la responsabilidad moral frente a un homicidio corre para todos los seres humanos por igual, independientemente de su profesión.
MORAL
La moral, sin embargo, considera la posibilidad de dar muerte a otro ser en la guerra o cuando se actúa en defensa propia. El homicidio no es siempre inmoral, depende de las circunstancias. Quienes aceptan la eutanasia como un procedimiento exclusivo de la profesión consideran que los médicos son quienes están en conocimiento profundo de la situación de los enfermos, con base en un vínculo de mutua confianza, y porque conocen los procedimientos técnicos. Al mismo tiempo, concuerdan en que no se puede obligar a practicar eutanasia y se debe dejar en libertad de acción, bajo la opción de la objeción de conciencia. Atender el sufrimiento es ineludible, e intentar aliviarlo es la misión fundamental de la profesión. Pero también la misión es evitar la muerte, y aquí yace el verdadero dilema.
La moral no requiere de Dios para aliviar su tiranía, aun en estos tiempos de cierta ceguera moral. Quien opina que es preferible la propia muerte a soportar sufrimientos extremos incurables estará a favor de la eutanasia, porque es ineludible colocarse en el lugar de la persona que sufre. La sedación paliativa que se implementa como último recurso en los cuidados paliativos, que quita la conciencia y que adelanta la muerte como efecto secundario, debería considerarse también como un procedimiento eutanásico, aunque encubierto o como «eutanasia pasiva». La diferencia en este caso radica en la intención del actor: la sedación tiene la intención de aliviar, aunque quite la conciencia y aunque provoque la muerte como efecto secundario, mientras que la eutanasia tiene la intención de quitar la vida para aliviar el sufrimiento cuando no existe otro recurso, si así lo solicita el enfermo. Si bien desde el punto de vista moral puede ser distinto, en tanto que la intención es distinta, desde el punto de vista práctico es difícil encontrar la diferencia.
Los especialistas en cuidados paliativos afirman que la legalización de la eutanasia disminuiría la consideración de la vida ajena como algo inviolable. La responsabilidad del médico para evitar el sufrimiento se encuentra en una encrucijada cuando no tiene más recursos para hacerlo y se enfrenta al deseo del paciente de dejar de existir. Aquí caben dos concepciones filosóficas: aquella en la que el respeto de la dignidad implica un freno absoluto al homicidio piadoso, y otra que propugna que la dignidad incluye el respeto de las decisiones del enfermo en determinadas circunstancias, como el sufrimiento incontrolado. Los sufrimientos conducen a una situación indigna. Desde este punto de vista, la eutanasia sería verdaderamente un acto de compasión que restituye la dignidad.
DIGNIDAD
La dignidad es un verdadero problema para la ética y la bioética. El Diccionario de filosofía de José Ferrater Mora no tiene entrada para dignidad. La palabra valor se podría usar para una cosa o para una persona, pero la palabra dignidad solo se puede usar en referencia a una persona. Las cosas no tienen dignidad. Dignidad refiere al valor de un ser humano. El valor de una cosa permite que pueda intercambiarse: un medio para obtener otros fines. El valor de una persona es intrínseco y no es intercambiable: las personas son fines en sí mismos y no medios para otros fines. La dignidad está emparentada, en este caso, con el honor y con la necesidad de respeto, sin importar su condición ni circunstancia.
Desde el punto de vista filosófico, por ejemplo, quienes se oponen al proyecto de ley lo hacen desde una posición «idealista» al plantear que la eutanasia, en tanto homicidio, viola la dignidad de la persona, interpretación íntimamente vinculada con una herencia cultural de tradición cristiana. Se trataría, en este caso, de quitarle el derecho a la vida otorgada por Dios. Cabe la pregunta: ¿no estamos quitando el derecho a morir? ¿Es obligatorio vivir? Para el materialismo histórico –otro ejemplo–, la dignidad está vinculada con las relaciones sociales. Se propone que la explotación convierte al explotado en un fin para otros medios y no un fin en sí mismo, violando así un principio ético fundamental y estableciendo una diferencia en la dignidad entre uno y otro, que permite establecer diferencias, proyectadas luego en el concepto de dignidad de clase. Así, en el capitalismo, la dignidad tiene graduaciones dependientes de la clase social a la que pertenece el individuo, de su explotación y de las posibilidades de realización personal.
Sin embargo, en el campo de la decisión médica, está implicada la interpretación de la dignidad del sufriente. La dignidad presupone la existencia de otro que valora y respeta, y que en última instancia es quien otorga la dignidad a través de la consideración de su autonomía. La persona es reconocida y se reconoce a sí misma como persona digna. No existiría, desde este ángulo, la dignidad como entidad separada de condiciones existenciales y de autonomía. Entonces, el núcleo de estas diferencias filosóficas se encuentra en la concepción del valor de la persona. Unos postulan el valor de la persona como inherente a la condición humana (sin considerar ninguna otra circunstancia) y otros el valor de la persona como resultado de la interacción con otros y consigo mismo. Estas diferencias filosóficas, al igual que los preconceptos morales, si bien parten de concepciones ideológicas irreconciliables, coinciden en buscar una «muerte en paz y con dignidad».
MEDICINA
La medicalización de la muerte registrada en las últimas décadas con frecuencia le quitó al paciente la voluntad de decidir. Surgió entonces el «encarnizamiento terapéutico», que en el momento actual se considera inmoral, e incluso se redactó una ley para que se respete la «voluntad anticipada» de rehusar determinados tratamientos. Si tenemos derecho a vivir como queramos, ¿no tenemos derecho a morir como deseemos? No es a los médicos a quienes les corresponde opinar aquí, es a la sociedad en su conjunto.
Desde el punto de vista procedimental, algunos médicos y no médicos plantean que este proyecto no atiende los posibles conflictos de interés en torno a la eutanasia ni garantiza la verdadera voluntad del paciente. Dado que el procedimiento propuesto se llevaría a cabo en la intimidad de las instituciones de salud, con la participación de dos médicos, y además que la eutanasia permite disminuir los costos y disminuir el trabajo de los equipos asistenciales, existirían conflictos de interés que podrían facilitar o inducir la eutanasia (incluso en contra de la voluntad del sufriente). En el mismo sentido, algunos plantean que, como los cuidados paliativos son costosos y no son universales por el momento, se podría recurrir a la eutanasia en su lugar. También plantean la dificultad en conocer la verdadera voluntad de los pacientes por la existencia de condicionantes externos vinculados con situaciones patrimoniales, de herencia, de deseos de los familiares, etcétera. Estos últimos argumentos traslucen el temor a que se utilice la ley, forzando los límites que establece, en el sentido de un gatillo fácil terrible, emparentado con el planteo de la «cultura de descarte». Manifiestan también la desconfianza en los profesionales, al considerarlos permeables a intereses secundarios.
Quienes así opinan proponen que tendrían que existir otras garantías de entidades independientes, dando participación al juez o a las comisiones de bioética asistencial, e incluso a diagnósticos de psicólogos o psiquiatras, previos a toda decisión. Sin embargo, no advierten que hoy en día podrían ocurrir procedimientos similares sin ninguna regulación legal; la ley, justamente, propone regular y dar las garantías necesarias para el respeto de la autonomía de los enfermos. Hay incluso quienes proponen la necesidad de un observatorio de los casos con registro y evaluación periódica, lo que sí parece atendible como un elemento garantista más.
DERECHOS
En mi opinión, basada en la práctica de la medicina como internista durante muchos años (que incluyó la atención periódica de enfermos graves), hay sufrimientos crónicos, irremediables, imposibles de evitar aun con todos los recursos disponibles de la medicina, incluidos los cuidados paliativos, y, aunque no son muchos, tienen que tener una solución. El proyecto que se propone es un avance considerable, pues respeta el derecho de las personas a decidir sobre su propia muerte para evitar lo intolerable, no necesariamente el dolor, sino también, por ejemplo, la falta de aire o la invalidez extrema. Sedación paliativa, coma inducido o eutanasia, da lo mismo a los efectos prácticos: es la desaparición de la persona para siempre. Con la información necesaria, el paciente debería poder decidir cómo morir, con o sin tratamientos paliativos. Los médicos no debemos imponer al paciente nuestra forma de pensar o sentir.
Aceptar matar por compasión es aceptar la muerte propia o de nuestros allegados, lo que provoca sentimientos encontrados, pero no por ello debemos desconsiderar lo que quiere el sufriente. No son fáciles las decisiones en este sentido, que deben surgir de las profundidades de la conciencia moral de cada uno de los actores, de los pacientes y de los médicos. Pero el respeto a la decisión del enfermo debería primar sobre nuestra concepción de la vida o de la muerte, sobre nuestro propio temor a morir, sobre nuestros preconceptos ideológicos o religiosos.
Discrepo con el proyecto en un aspecto: solo el médico tratante, que conoce la realidad de su enfermo, que sabe de la entidad de sus sufrimientos y con el cual se estableció un vínculo de confianza mutua, es quien puede practicar la eutanasia, porque allí prima la compasión. En mi caso, no aceptaría que me enviaran un paciente que no conozco para practicar la eutanasia. Es necesario un tiempo compartido para aproximarse a la realidad del enfermo. La compasión requiere un profundo conocimiento mutuo, fundamento de la piedad, como para practicar un homicidio con la certeza de que restituirá la dignidad perdida en una muerte en paz. Los médicos no solo no podemos arrogarnos la autoridad de decidir por el paciente, sino tampoco por la sociedad. En ella recae la responsabilidad final de esta iniciativa. Si no estamos de acuerdo porque nuestra conciencia nos lo impide, tenemos derecho a rehusarnos, pero nunca a juzgar al enfermo ni a quien la practique, ni tampoco a imponer nuestra forma de pensar.
1. El proyecto de ley –resultado de un acuerdo entre la bancada del Frente Amplio y de Ciudadanos (Partido Colorado)– fue aprobado esta semana en la Comisión de Salud de la Cámara Baja. El próximo mes se someterá a votación en el plenario.