Los 54 años de lucha contra la impunidad - Semanario Brecha
A diez años de la creación del Observatorio Luz Ibarburu

Los 54 años de lucha contra la impunidad

No resulta fácil pensar cuántos son los años que llevamos batallando contra la impunidad en el Uruguay. El 22 de diciembre de 1986, a partir de la aprobación de la ley de caducidad, por lo general, tiende a ubicarse el inicio, seguramente por los esfuerzos que se hicieron mediante un referéndum y un plebiscito para eliminar sus efectos impunidores.

Sin embargo, tanto desde el punto de vista histórico como jurídico, su inicio se debe ubicar a partir del 13 de junio de 1968, fecha en la que una ley vigente1 estableció que, a partir de aquel día, existió una vulneración del Estado de derecho, sobre el que el Estado democrático debe actuar para reparar sus consecuencias, para que no exista impunidad.

Es incontrovertible que el período dictatorial estuvo caracterizado por la más absoluta impunidad. Y que la ley de caducidad –hasta que la ley 18.831, del 27 de octubre de 2011, restableció la pretensión punitiva del Estado– fue el gran obstáculo que dos de los partidos que integran actualmente la coalición de gobierno idearon y pusieron en práctica sistemáticamente para que no fueran atendidos los justos y necesarios derechos de una sociedad auténticamente democrática a vivir sin impunidad.

Hemos sostenido infinidad de veces que la impunidad no fue ni es la simple y única consecuencia de una ley: la 15.848, de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado. Por esa razón, el hecho de que esa norma haya sido declarada inconstitucional el 19 de octubre de 2009, y posteriormente despojada de sus efectos jurídicos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y por la ley 18.831, no ha significado la extinción de la impunidad.

Partamos entonces del hecho de que la lucha contra la impunidad tiene una antigüedad de más de medio siglo, de 54 años más o menos, y que no ha finalizado. No ha finalizado porque aún es necesario seguir avanzando, y porque hay que evitar que se materialicen los retrocesos que en los últimos años plantea Cabildo Abierto.

Este artículo, entre otros, tiene como uno de sus propósitos principales que no pase desapercibido el aniversario de una de las tantas herramientas que es imprescindible que existan, cualquiera sea el color del gobierno que se tenga, para enfrentar las conductas violatorias de los derechos humanos por parte del Estado. Nos referimos al Observatorio Luz Ibarburu, que el 10 de este mes cumplió sus diez años de actuación pública luchando contra la impunidad.

¿Qué importancia le atribuimos a esta red de organizaciones de la sociedad civil, que nace, paradójicamente, después de que había terminado en 2011 el ciclo de existencia jurídica de la ley de caducidad, y que además lleva actuando menos de una quinta parte de la totalidad de los 54 años de impunidad en el Uruguay?

Una importancia que le atribuimos, entre muchas otras, es que esa respuesta desde la sociedad civil debía enfrentar dificultades políticas, judiciales y administrativas, que existían en el Estado y sus políticas públicas, en un escenario muy particular: el de gobiernos de izquierda. Ese aspecto, que podría verse más como una ventaja, en aquel momento lo visualizábamos como el mayor problema en razón del camino que el Frente Amplio se había negado a recorrer en el congreso previo a su primer gobierno, donde Hugo Cores y Eleuterio Fernández Huidobro confrontaron posiciones en torno a qué hacer con la impunidad. Ese fue el pecado original, a partir del cual se explican muchas cosas: el resultado del plebiscito de 2009 y el fracaso de la ley interpretativa. Todos esos hechos nos indicaban que el debate político sobre la impunidad continuaba abierto y era en el ámbito del comportamiento político de la fuerza en el gobierno donde estaba uno de los epicentros de cómo avanzar contra la impunidad.

En ese escenario, se transformó en un aspecto de fundamental importancia lograr la unidad del mayor número de organizaciones sociales para encarar los desafíos de aquella etapa compleja. Este aspecto, el proceso de unidad de acción, en este caso en contra de la impunidad, en nuestra opinión es importante valorarlo en forma adecuada. No se trató simplemente de una suma de nombres, de organizaciones, de personas, sino también de historias, de trayectorias, de experiencias, de saberes y de lealtades. De respeto de los acuerdos, de saber sus límites, de saber que esas cosas son elementos constitutivos de cualquier proceso real de unidad, sobre todo en función de las tensiones existentes en torno al tema de la impunidad, que había tensado, muchas veces, el relacionamiento de los distintos actores, políticos y sociales. Esos eran efectos colaterales, que, creo, los fuimos resolviendo adecuadamente. En Uruguay nos conocemos todos y las tensiones políticas también atraviesan los comportamientos de las organizaciones sociales.

No quiero olvidarme de ninguno, pero en aquel período previo al 10 de octubre de 2012, en aquella suerte de la prehistoria del observatorio y en sus primeros pasos, quiero reconocer a Madelón Aguerre y Efraín Olivera, del Servicio de Paz y Justicia; a Ana Amorós y Lille Caruso, de la Mesa Permanente contra la Impunidad; a Macarena Gelman y Valentín Enseñat, de HIJOS; a Sara Méndez, Olga Fernández y Soledad González, de Iguales y Punto; a Brenda Falero y Baldemar Taroco, de Crysol; a Ariel Silva y María José Sienra, en aquel entonces, de las fundaciones Mario Benedetti y Zelmar Michelini; a Elena Bicera, de la Comisión de Homenaje a los Fusilados de Soca; a Ignacio Errandonea, de Familiares de Desaparecidos; a Marisa Ruiz, de Amnistía Internacional; a Fucvam (Federación Uruguaya de Cooperativas por Ayuda Mutua), y a la FEUU (Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay). A mis compañeros de entonces de la Secretaría de Derechos Humanos del PIT-CNT, Washington Beltrán, Edgardo Oyenart, Lourdes Acosta, Alberto Cantero y Ani Durán. A los apoyos voluntarios de Ángel Urruzola y Tadeo Carrier, que armaron la página web. A Silvia Ocaña, que trabajó en la primera sistematización de las sentencias; a Pablo Chargoñia, que nos asesoró; a Jo-Marie Burt, de la Universidad George Mason de Estados Unidos, y a Lorena Balardini, del CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales) de Argentina, que nos dieron el primer empujón; a Francesca Lessa, que nos ayudó a tener parte de los recursos financieros durante la mitad de los años de existencia del observatorio. Al PIT-CNT, sin cuyo apoyo humano y material no hubiera sido posible la existencia del observatorio. Y a Luz Ibarburu, que nos prestó su nombre, para iluminar el largo camino que emprendimos.

* Raúl Olivera Alfaro es el coordinador ejecutivo del Observatorio Luz Ibarburu.

1. La ley 18.596, del 19 de octubre de 2009, reconoció la actuación ilegítima del Estado entre el 13 de junio de 1968 y el 28 de diciembre de 1985 y su consiguiente responsabilidad en los siguientes términos: «Reconócele el quebrantamiento del Estado de Derecho que impidiera el ejercicio de derechos fundamentales a las personas, en violación a los derechos humanos o a las normas del Derecho Internacional Humanitario».

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