A pedido del diputado Juan Manuel Garino (Vamos Uruguay), la comisión de población y desarrollo social del Parlamento resuelve al cierre de esta edición si convoca al ministro Olesker y a las autoridades de inau para informar, entre otros asuntos, sobre la situación de las cárceles de menores, en las que se constata la violación sostenida de los derechos humanos de los adolescentes. Así lo indica un informe que la Institución Nacional de Derechos Humanos (inddhh) envió el 20 de julio a cuatro jueces de menores, entre ellos Aída Vera Barreto, quien derivó el caso al juzgado penal de Pando. El contenido de las denuncias involucra al hogar ser de la Colonia Berro y por el momento es reservado.
El ser arrastra una larga y bien conocida historia de abusos constatados. Desde 2008 rige una sentencia de amparo que involucra también al hogar Piedras, y que obligó a resolver todos los petitorios de la Fiscalía en un plazo máximo de 60 días. Entre ellos, implementar medidas alternativas para reducir el encierro, controlar exhaustivamente el suministro de psicofármacos y habilitar un sistema de monitoreo independiente que permita verificar el respeto de los derechos humanos en ambos centros.
Pero la sentencia ha sido sistemáticamente incumplida por el inau.
A fines de 2011, Guillermo Payssé fue designado como veedor judicial por la jueza que en su momento determinó la sentencia de amparo, María Luz Vila. El resultado de la instancia reveló que el inau no había cumplido con las medidas dispuestas. El informe de Payssé señala que el tiempo de permanencia fuera de las celdas es escaso, que faltan actividades colectivas y que la totalidad de los jóvenes son tratados con psicofármacos para sobrellevar el encierro. “Se deben poner la mayor voluntad y energías institucionales en revertir esta situación y tomar las medidas para terminar con este sistema de encierro prolongado en lugares inapropiados, que violan los derechos humanos de los privados de libertad, reproduciendo el sistema que tenemos en nuestro país para los mayores de edad.”
Dos años antes el relator especial de la onu sobre la tortura concluía, sobre su visita a nuestro país: “Los adolescentes detenidos en establecimientos de máxima seguridad viven en condiciones extremadamente pobres. En su mayoría, carecen de oportunidades de educación, empleo o rehabilitación, y los menores se encuentran encerrados en sus celdas hasta 22 horas al día. Las condiciones sanitarias en los centros que visité son terribles. Los adolescentes no tienen inodoros en sus celdas, y en ocasiones tienen que esperar durante horas para que un funcionario los deje ir al baño. Como resultado, tienen que hacer sus necesidades fisiológicas en botellas y bolsas de plástico, las cuales después tiran por la ventana, dejando el lugar con un olor repugnante. Un gran número de adolescentes privados de libertad son adictos o consumidores de drogas. Muchos de ellos reciben sedantes como sustituto a las drogas. Son muy comunes las quejas de golpizas y castigos colectivos durante los motines y rebeliones”.
El 15 de noviembre de 2012 la sede judicial dispuso la intimación al inau del cumplimiento de la sentencia de amparo en un plazo máximo de diez días.
En diciembre de 2012, una segunda observación de las Naciones Unidas sobre la tortura ratificaba la misma situación. En este caso el relator especial designado, Juan Méndez, expresaba en su informe: “Todavía existen condiciones de reclusión inaceptables en algunos centros, incluyendo hacinamiento crítico, encierro prolongado y total ausencia de trabajo técnico y falta de actividades educativas. Principalmente es preocupante que en la amplia mayoría de los centros visitados no exista un plan de tratamiento integral, dotado de técnicos suficientes y personal capacitado, que asegure un tratamiento intensivo de los adolescentes de manera de viabilizar su reintegro a la sociedad”. El informe señala la inexistencia de carpetas individuales de los adolescentes que registren su plan de trabajo educativo, así como su evolución psicosocial, laboral, educativa, familiar y cultural. “Aun los muy interesantes planes que se plantea el actual Sirpa serán de difícil instrumentación si no se logra contar con personal específicamente capacitado en educación y rehabilitación.”
Según Enrique Viana, quien presentó el recurso de amparo en 2008, es “alarmante” que desde hace cinco años un juzgado de familia pida que se cumpla con una sentencia no hecha. “Si es desacato o no –sostuvo–, no nos corresponde a nosotros decirlo. Me cuesta creer que en este país un juez procese por desacato a una autoridad. La situación de violencia y malos tratos que se da en el hogar Ser es conocida por todos. La responsabilidad es de los jueces y fiscales de menores, a quienes evidentemente no les preocupan los hechos que se constatan en la sentencia. Cuando un juez determina la internación de un menor en el Ser está en conocimiento de la situación sostenida de violación a los derechos humanos, por tanto es responsable.”
Más plazos. El 14 de mayo de este año la inddhh inspeccionó el centro Ser para verificar el estado de cumplimiento de la sentencia de amparo de 2008, y en calidad de Mecanismo nacional de prevención del protocolo opcional de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. El resultado de la visita constató la continuidad de la situación violatoria de los derechos humanos en relación a condiciones locativas, alimentación, régimen de convivencia y actividades, servicios médicos, requisas, traslados de los jóvenes dentro del establecimiento y personal a cargo de los mismos. La situación fue detallada en un pormenorizado informe entregado al Sirpa el 25 de junio, en el que se incluye una serie de recomendaciones y se estipulan plazos para su cumplimiento.
A los efectos de implementar un seguimiento efectivo de la situación, la inddhh solicitó reuniones periódicas con el directorio del inau en las que enfatizó la necesidad de implementar medidas urgentes.
Según el escrito adjuntado al expediente (F.2-9438/2008), el nivel 3 del Ser (actualmente en obras) albergaba mayormente cuatro jóvenes por celda, sin baños, disponiéndose dos baldes para necesidades y aseo. “Se pudo comprobar que los adolescentes permanecen encerrados de 20 a 23 horas diarias sin acceso a materiales de lectura o a otras actividades educativas. Se habilita la salida de sus celdas para el baño diario (aproximadamente 10-15 minutos); entre una y una hora y media dos veces por semana al único patio habilitado”. En cuanto a las actividades educativas surge que “asistía una maestra (quien dejó de ir hace aproximadamente unos tres meses); que el día de la visita se había anunciado la asistencia de un maestro lo cual nunca aconteció; y que la posibilidad de atender clases de nivel primario o secundario es esporádica, discontinua, excepcional e imprevisible para los internos”. Según consta en la inddhh, se mantuvo entrevistas con integrantes de una ong que estaba ese día programando una actividad para el domingo siguiente. “No queda claro la metodología del programa ni el régimen de participación sostenido de los adolescentes.”
En cuanto a la administración de psicofármacos se constató que un alto porcentaje de adolescentes son medicados, “la medicación se compadece con los diagnósticos de las historias clínicas”, pero no existe un control médico diario. “No siempre hay un médico ni médico psiquiatra, lo que es más grave aun.” Una sola enfermería ubicada a 300 metros del centro atiende a la totalidad de la población de la Colonia Berro y “los funcionarios expresan que se sienten totalmente desbordados por el trabajo”.
Por último, sobre la implementación definitiva de un régimen de convivencia programado –otro de los puntos que establece la sentencia–, si bien en la solicitud de informes realizada por la institución el inau había manifestado que existía, ninguno de los adolescentes lo conocía. “Es importante hacer notar que no hay un régimen disciplinario vigente conocido con anterioridad por los internos, por lo que las sanciones son establecidas discrecionalmente por las autoridades sin fundamentación ni notificación por escrito de los motivos; en qué consisten y por qué lapso.”
¿Represalia? Luego de la inspección de mayo, familiares de jóvenes internados en el Ser denunciaron castigos y malos tratos por parte de “educadores” aparentemente en represalia a la visita en la que los funcionarios de la inddhh entrevistaron a varios adolescentes.
El día siguiente a la inspección, el equipo de dirección del Ser con Javier Tiscornia a la cabeza renunció y asumió uno nuevo, liderado por Jésica Barrios y Claudio Martínez. Las denuncias fueron cuatro o cinco, según adelantó Mirtha Guianze, pero los denunciantes pidieron mantener su identidad en reserva por temor a represalias. La inddhh pidió inmediatamente al Sirpa un informe sobre la situación y que se hicieran revisiones médicas a todos los internos. Esto se cumplió, pero las revisaciones fueron hechas por equipos médicos del propio inau y no inmediatamente después de las golpizas.
La “situación comprobada” de violencia sobre los menores, tal como especifican los escritos entregados a los jueces, estaría vinculada a otra denuncia efectuada por un ex funcionario de la Colonia Berro directamente a las autoridades del Sirpa –y que no entró en las denuncias recibidas por la inddhh– sobre malos tratos a uno de los internos del ser, familiar del denunciante, y que desembocó en el inmediato traslado del menor a otro centro.
Según Guianze la situación de los derechos humanos de los adolescentes en conflicto con la ley “es uno de los temas quemantes”. La inddhh puede hacer inspecciones sin previo aviso pero no tiene la cantidad de funcionarios suficientes para efectivizar una presencia continua en los mal llamados hogares. El martes pasado otorgó un nuevo plazo al Sirpa para dar cuenta de la situación del Ser. De incumplirse, podrá proceder de acuerdo al artículo 28 de su ley de creación, dando publicidad a los hechos e incluyéndolos en el informe que envía anualmente al Parlamento sobre su gestión.
Denuncias y traslados
En julio de 2012 un adolescente fue golpeado brutalmente en el hogar Desafío. El caso derivó en una denuncia penal que terminó con el procesamiento sin prisión de los funcionarios implicados. Tal como disponen los organismos internacionales de derechos humanos, como medida elemental de protección del denunciante, el adolescente fue trasladado a otro centro. Pero un mes después volvió al “hogar” de la golpiza. Esto motivó una nota desde Ielsur planteando la situación de vulnerabilidad a la que retornaba el menor. Las autoridades del Sirpa respondieron trasladando al adolescente al hogar Paso a Paso donde, según se constata, el menor pudo desarrollar una propuesta de trabajo y coordinación interinstitucional. Pero “sorprendentemente”, expresa una nueva nota al Sirpa con fecha 6 de marzo de 2013 “el 23 de febrero el adolescente fue nuevamente trasladado al centro Desafío”. El hecho fue advertido por las organizaciones que venían trabajando en el proyecto de reinserción del joven pero ninguna autoridad podía hacer nada, así dijeron, hasta que el Ielsur notificó la falta por escrito.
A mediados de este año otro adolescente fue objeto de golpiza en el mismo centro. El hecho fue denunciado por familiares y como consecuencia el niño fue a parar al Ser, donde sigue siendo hostigado y amenazado.
Desde el Ielsur se hace hincapié en que los traslados deben estar sujetos a un control jurisdiccional, y no meramente a una decisión administrativa. Porque si bien ante un caso de denuncia por torturas la administración debe tomar medidas para salvaguardar a la víctima, es responsable por las consecuencias si el traslado implicase pasar a una situación de mayor vulnerabilidad o desventaja.