El Ministerio del Interior (MI) apeló el lunes 17 la sentencia favorable al recurso de amparo que un mes antes presentara el comisionado Juan Miguel Petit ante la justicia debido a las “graves carencias de alimentación, salud, higiene, agua y actividades socioeducativas” que presentaban siete reclusos con evidentes signos de desnutrición.1 El 26 de junio la justicia falló a favor del amparo considerando que hubo “ilegitimidad manifiesta” en la responsabilidad del Estado de garantizar los derechos de los reclusos, y ordenó el diseño e implementación de tratamientos individuales para los afectados.
Desde que las denuncias se hicieron públicas, autoridades del MI y del Instituto Nacional de Rehabilitación (Inr) dijeron a la prensa que el fallo era favorable a una parte del amparo porque la respuesta institucional ya estaba en marcha, con traslados a otros módulos y seguimientos médicos a quienes habían sufrido “privación de alimento” y cuadros de “adelgazamiento extremo”. Sin embargo, el tono y los argumentos de la apelación cambiaron de una postura más proactiva a la “negación de la realidad” que se vive en las cárceles, calificó el abogado Juan Ceretta, asesor jurídico del comisionado, en diálogo con Brecha.
El MI sostiene que “no existe ningún derecho vulnerado” en las situaciones padecidas durante semanas por estos hombres sin acceso a comida, al patio, y sin que se respete la confidencialidad en la escasa atención que reciben de Asse. A su vez, la apelación cuestiona el origen de las fotos de los reclusos que se busca amparar, señalando que “no dan certeza de lugar, momento, ni autoría (…), ni quiénes son las personas” que aparecen en ellas, sugiriendo incluso que las tomas “se pudieron realizar con el diafragma contraído y sin control del MI”. Critica, además, que el fallo dé lugar a las “reglas Mandela”,2 aunque el titular del Inr, Gonzalo Larrosa, las consideró válidas durante el V Espacio de Innovación Penitenciaria, del que participó el 22 de junio.
La apelación califica de “inmejorable” la política carcelaria que ha desarrollado el MI, a pesar del récord de prisionización en Uruguay, con más de 11 mil personas encarceladas. Afirma que el período de privación de alimentos “fue muy escaso”, aunque los diagnósticos médicos hayan señalado “varios meses de evolución” del adelgazamiento. Y cuestiona que se diga que los reclusos tenían bajo peso, aunque los propios datos que citan muestran que seis tenían el índice de masa corporal por debajo de 20.
Ceretta consideró que las contradicciones en la apelación revelan las distintas direcciones que se manejan simultáneamente en las políticas carcelarias: “Es triste que el MI cuestione el rol del Poder Judicial de controlar acciones del Ejecutivo”. Hoy presentará su respuesta y confía en que no se dará marcha atrás en amparar derechos tan básicos como comer y estar sanos.
- Véanse Brecha, 16-VI-17 y 30-VI-17.
- Reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos.