Estudio de Juan Pedro Damiani incumplió normas antilavado: Tarde piaste - Semanario Brecha
Estudio de Juan Pedro Damiani incumplió normas antilavado

Tarde piaste

El TCA ratificó la multa contra el estudio jurídico del expresidente de Peñarol Juan Pedro Damiani. Pese al fallo adverso, el reconocido dirigente futbolero había tenido una buena noticia cuando la Senaclaft, liderada por Jorge Chediak, le redujo en seis veces la multa que se le impuso en primera instancia.

Juan Pedro Damiani. FOCOUY, GASTÓN BRITOS

Sobre principios de 2020, la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorirsmo (Senaclaft) multó al estudio Consultores y Administradores de Empresa (CAE) SRL, cuyo socio principal es Juan Pedro Damiani, por incumplir la normativa antilavado. La sanción refería a las operaciones llevadas a cabo por el estudio como administrador de servicios societarios de Gilson Overseas SA, empresa controlada por el expresidente de la Asociación Uruguaya de Fútbol Eugenio Figueredo, condenado por estafa y lavado de activos por ilícitos en la gestión de la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol).

La investigación administrativa de la Senaclaft determinó que el estudio participó de la operación por la que Gilson Overseas SA compró cuatro padrones en Montevideo, sin efectuar el Reporte de Operación Sospechosa (ROS). La multa –firmada por el exsecretario antilavado Daniel Espinosa– fue de 1.221.073 unidades indexadas (UI), unos 6,9 millones de pesos. El organismo definió la infracción como severa o grave. Pero, tras un recurso presentado presentado por CAE unos meses después, el monto de la multa –ya con el exjuez Jorge Chediak al frente de Senaclaft– bajó considerablemente: fue de 275.025 UI, alrededor de 1,5 millones de pesos.

Ante esto, el estudio presentó un recurso de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) con el argumento de que la multa era ilegítima. En su defensa, la empresa de Damiani alegó que al hacerse la operación –en enero de 2013– no vislumbraron elementos sospechosos, y que esta «no fue inusual ni careció de justificación legal o económica evidente». El recurso fue infructuoso.

El TCA compartió el criterio de la Senaclaft de que el estudio jurídico debió efectuar un ROS entre fines de 2013 y principios de 2014, y no en 2015, cuando Figueredo ya estaba detenido en Suiza en el contexto del Fifagate. Esto porque a fines de 2013 varios clubes del fútbol uruguayo y la Mutual de Futbolistas Profesionales, incluido el Club Atlético Peñarol –cuyo presidente era Juan Pedro Damiani–, presentaron una denuncia penal ante la Justicia uruguaya en la que denunciaban presuntos ilícitos en la Conmebol.

La denuncia daba cuenta de que la empresa T&T Sports, dirigida por Alejandro Burzaco, adquiría los derechos de televisación de los principales torneos del fútbol sudamericano a un precio muy por debajo del que correspondía, para después cederlos a las cadenas Fox Sports y Rede Globo. Esto suponía beneficios millonarios para T&T Sports y para los dirigentes de la Conmebol, Julio Grondona y Eugenio Figueredo, que recibían suntuosas coimas por su accionar. En esa denuncia se ubicaba a Figueredo como una de las cabezas de la organización criminal «que viene lucrando indebidamente y perjudicando a la Conmebol, las federaciones, los clubes y los jugadores».

En este marco, el TCA valoró –como lo hizo la Senaclaft– que la oportunidad para elaborar el ROS fue en el momento en que se presentó la denuncia. En este sentido, la demanda penal contra las autoridades de la Conmebol, cuyo presidente (Figueredo) era cliente del estudio, no es algo «indiferente». Si bien la denuncia fue presentada por Peñarol, «es de destacar que quien presidía la institución por aquel entonces es el socio principal de la sociedad obligada a realizar el ROS», valoró el TCA.

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