El grupo Barboni, promotor de uno de los mayores juicios civiles contra el Estado –el litigio por 1.040 millones de dólares referido al predio de la Estación Central General Artigas–, deberá indemnizar al Banco Hipotecario del Uruguay (Bhu) por incumplir contratos de obra para el desarrollo de siete emprendimientos inmobiliarios en Canelones, Rocha, Maldonado y Montevideo.1 El juicio se remonta a hechos ocurridos a principios de este siglo. Entre agosto de 2001 y setiembre de 2002, el Bhu firmó contrato con cuatro empresas vinculadas a Fernando Barboni –Amiga SA, Consorcio Barboni, Consorcio El Pinar SA, Fernando Barboni SA– para contruir 510 viviendas en siete complejos habitacionales. Pero las obras no se concretaron, lo que llevó al Bhu a iniciar acciones legales contra el empresario.
Tras 12 años de juicio, la jueza Marta Gómez Haedo amparó el reclamo del Bhu, al considerar que estos siete proyectos quedaron truncos por el accionar omiso del grupo empresarial. Según la jueza, el grupo Barboni incumplió el cronograma de obras, el régimen de acopios y anticipos para congelar precios (Caras y Caretas, 15-VI-17). Días atrás, la Suprema Corte de Justicia (Scj) ratificó la condena del grupo empresarial, por entender que estas empresas constituyeron un grupo de interés económico “de hecho e irregular” –es decir, que no fue constituido legalmente–, cuyo accionar le hizo un daño económico al Estado uruguayo.
Para esto, la Scj valoró que las cuatro empresas se dedican al rubro de la construcción, son representadas y administradas por la misma persona física (Barboni) y tienen el mismo domicilio, al tiempo que tuvieron un accionar unívoco durante el litigio. Además, quedó probado que Barboni utilizó este conjunto de empresas para saltearse un obstáculo jurídico que parecía insalvable para su negocio: en cuatro de esos complejos, el pliego de condiciones establecía un límite de 75 viviendas por cada empresa adjudicataria. Aquel fallo de la jueza Gómez Haedo reveló otras irregularidades, que permiten definir la existencia de un grupo económico: los terrenos para construir viviendas en Ciudad de la Costa y Rocha fueron adquiridos por el Bhu del propio Fernando Barboni. Es más, en el caso de Rocha, el empresario adquirió los terrenos un mes antes de concretar el negocio y se los vendió al Bhu a precios sobrevaluados.
El monto de la indemnización deberá definirse en un nuevo proceso, pero la base alcanza los 2 millones de dólares. Esta cifra corresponde a la diferencia entre el dinero entregado por el Bhu para el acopio de materiales (unos 3 millones de dólares) y el monto de desacopio. La cifra final deberá incluir el pago por daño emergente, que incluye diversos gastos que debió asumir el Bhu por el incumplimiento del empresario, entre ellos, mayores costos de terminación de las obras.
1. Los proyectos eran CHA-105, en Pinar Norte (Canelones); CHA-106, en Lomas de Solymar (Canelones); CHA-107, en Pinar Norte (Canelones); CHA-108, en la ciudad de Canelones; CHB-47, en San Carlos (Maldonado); CH-C32, en Rocha, y CH-277, en Montevideo.