Cómo se juzga en público a un político bajo sospecha - Semanario Brecha
Algunas conclusiones a partir del caso Gandini, Gómez y Leiva

Cómo se juzga en público a un político bajo sospecha

opinion

En 2017, Raúl Sendic renunció a la vicepresidencia tras el escándalo político por el uso de su tarjeta corporativa de Ancap. El entonces presidente, Tabaré Vázquez, se refirió al caso como «un ensañamiento brutal como nunca se ha visto en el país hacia una figura pública». En 2023, Gustavo Penadés fue denunciado por explotación sexual de menores. El presidente Luis Lacalle Pou respondió que sería un «mal amigo» si no creía la versión inicial de inocencia del exsenador blanco. Ese mismo año, cuando estalló el caso del pasaporte de Sebastián Marset, Lacalle Pou les aceptó la renuncia a Luis Alberto Heber, Guillermo Maciel y Roberto Lafluf, aunque aclaró tener la «íntima convicción» de que ninguno había hecho nada ilegal. En estos días aparece el caso de Jorge Gandini y del edil Gonzalo Gómez y volvemos a un escenario similar: un político que queda bajo sospecha por una situación de la que afirma no tener conocimiento. ¿Cómo deberíamos juzgar esos casos en público?

Conviene separar dos asuntos. El primero refiere a si hubo delito. Eso lo decide la Justicia y, por tanto, queda por fuera de este análisis. El segundo es si el político, en este caso Gandini o Gómez, creó o toleró una conexión con una conducta delictiva que un ciudadano razonable puede interpretar como impropia. El punto clave es poder distinguir entre la cercanía con un problema y haber contribuido de alguna forma a crearlo, tolerarlo o dejarlo pasar. Por ello, es importante distinguir la responsabilidad por mera asociación de la responsabilidad política por una relación bajo su control. Mientras la primera inferencia es débil, la segunda puede ser legítima aun cuando no exista delito.

El reproche no puede darse porque alguien condenado haya estado cerca de su sector o haya operado en el local de su esposa. En cambio, la pregunta más relevante es si las acciones de Gandini o Gómez crearon esa relación. Esto es, si intervino en la elección de la persona condenada, si tenía capacidad de supervisión, si contaba con información relevante o si hizo caso omiso de señales que debía atender. No debemos elegir entre los extremos de «algo habrá hecho» y «hasta que no haya condena judicial no se puede discutir». El juicio político ahora debe centrarse, sobre todo, en cómo responden los implicados.

La primera pregunta es qué peso debe tener el respaldo político de quienes conocen personalmente al acusado. En 2023, ante las primeras instancias del caso Penadés, Lacalle Pou declaró: «Sería un mal amigo si no le creo, si no le tengo confianza». Hace poco, Gandini habló del respaldo de Lacalle Pou y dijo que el expresidente es «un tipo que conoce de estas cosas, y además me conoce a mí mucho». En ambos casos, el argumento que se ofrece no tiene que ver con aspectos de la denuncia en sí, sino con el «yo lo conozco». Para empezar, conocemos gente en ciertas relaciones, pero nuestra relación específica con una persona puede no decir mucho sobre cómo se comporta con personas distintas en circunstancias diferentes. Asimismo, quienes respaldan no son neutrales y su propio prestigio puede quedar pegado al destino del acusado. La amistad, en todo caso, puede justificar por qué entre amigos se creen, pero no alcanza para explicar por qué el resto debe creer. En la esfera pública se necesitan razones que todo el mundo pueda evaluar, y las que nacen de relaciones personales no cumplen con ese requisito.

La segunda pregunta refiere a qué se puede concluir de hechos que el público puede ver y que sugieren algo impropio sin de momento ser probado. En el marco de la operación Trazador tenemos un condenado por lavado de dinero que concurría a un local de cobranzas de la esposa de Gandini. Además, esa persona era asesor del edil Gómez, del sector de Gandini. Dennis Thompson argumenta que las apariencias pueden fundar un reproche, aun cuando no se pruebe la sospecha, entre otras cosas porque las apariencias son a menudo la única ventana que el público tiene para ver la conducta de los políticos. Thompson ejemplifica con un legislador que recibe contribuciones de campaña y luego hace gestiones en favor del donante. Incluso en el caso de que no se pueda comprobar que compraron su posición, los ciudadanos están moralmente justificados en creer que así fue, y en actuar según esa creencia.1 Gandini ha argumentado que el condenado era «un cliente más» del local de cobranzas, al que ni él ni su esposa conocían, y que el condenado fue allí por iniciativa propia. En ese sentido, la apariencia no nace de una decisión de Gandini. Asumiendo este hecho como verdadero, aún queda un segundo punto, a saber, cuál fue la participación de Gandini en la selección del asesor del sector y qué hizo una vez que se supo el resultado de la operación Trazador.

Una tercera pregunta es hasta dónde un político debe responder públicamente por lo que hacen las personas que lo rodean. En casos como los de Gandini o Gómez, un político aparece cercano a personas bajo sospecha. Lo mismo le sucedió a Lacalle Pou con Alejandro Astesiano. El expresidente argumentó en su momento que no le habían dado la información correcta sobre los antecedentes del jefe de su custodia. En El príncipe, Nicolás Maquiavelo argumenta que la primera opinión sobre la inteligencia de un gobernante se forma cuando observamos a los hombres que lo rodean. No puede atribuirse el mérito de un buen equipo de gobierno y considerar uno malo como una cuestión de mala suerte.2 Casi 2 mil años antes, Isócrates argumentaba que quien pone a otros al frente de asuntos que no maneja personalmente debe responder por lo que ellos hagan y por ese motivo es esencial probarlos con rigor antes de entregarles su confianza.3 Sin embargo, es importante determinar si Gandini tenía el poder de elegir o de supervisar; en cambio, no puede esconderse detrás del edil si efectivamente intervino.

El caso de Gómez es más claro porque la elección fue propia. La contratación de Pablo Leiva en diciembre de 2025 se dio por recomendación de su hijo Lucio, que era el secretario de Gómez y «amigo de la militancia». De acuerdo con el testimonio de Gómez, Pablo Leiva no iba a la junta departamental y nunca recibió tareas desde que fue contratado, aun cuando percibía más de dos sueldos mínimos nominales. Gómez asumió el error «de no haber sido precavido en la contratación». No obstante, descartó renunciar y pidió licencia en el Directorio y en la junta departamental. La resolución inicial de la Comisión de Asuntos Políticos del Partido Nacional fijó un criterio parecido al de Isócrates. El desconocimiento de los antecedentes «no excusa que debamos actuar con diligencia y cuidado en la función pública». Leiva hijo, detenido y liberado sin imputación, renunció a la asesoría del edil mediante una carta en la que argumenta que «las responsabilidades son personales y que cada persona debe responder por sus propios actos». La carta de Lucio Leiva describe la responsabilidad política que este texto defiende. Es una afirmación curiosa dado que fue él mismo quien recomendó a su padre para ese cargo. El que recomienda renuncia y el que toma la decisión solo pide licencia.

De estos casos podemos concluir tres cosas. La primera, que un político diga: «Yo lo conozco» explica por qué lo apoya, pero esa no es una razón para creerle. Segundo, podemos preguntar por quienes aparecen cerca de un escándalo, pero no condenarlos por esa cercanía. Finalmente, cuando un político elige a alguien para un puesto público tiene una responsabilidad moral y política de responder por esa elección en la medida en que tenía el poder de elegir y la información suficiente para hacerlo bien. Esto no habilita a un debate público que sentencie a los implicados, pero tampoco uno que espere sentado hasta que un juez se expida. Es cierto que falta mucha información del caso. Pero también lo es que sabemos qué hicieron los políticos cuando se desata este lío. Sabemos qué explicaron y qué costos estuvieron dispuestos a pagar. La existencia del delito la decidirá un juez. Cómo reaccionaron los implicados ya lo tenemos en la mesa, y para juzgar eso no hay que esperar a nadie.


(Cristian Pérez Muñoz Docente e investigador de la Universidad de la República)

  1. Dennis F. Thompson, Restoring Responsibility. Ethics in Government, Business, and Healthcare. Cambridge University Press, 2005, págs. 158-159. ↩︎
  2. Nicolás Maquiavelo, The Prince. Capítulo XXII de W. K. Marriott, 1908. ↩︎
  3. Isócrates, A Nicocles, §27. En The Orations of Isocrates (Trad. J. H. Freese, vol. 1). George Bell and Sons, 1894. ↩︎

Artículos relacionados

Edición 2079 Suscriptores
Denuncia penal por «sueldo encubierto» a ediles de Río Negro

Sobrefacturados