La Fiscalía reclamó tener acceso directo a información tributaria y del sistema bancario para acelerar la investigación de delitos económicos. Según el fiscal de Corte, Jorge Díaz, es ilógico que esa información esté disponible para la Senaclaft, pero esté vedada a los fiscales. Se presentará un proyecto al Poder Ejecutivo, para que este lo remita al Parlamento.
La ley integral de lucha contra el lavado de activos aumentó la capacidad operativa de la Secretaría Nacional de Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft) para combatir el blanqueo de capitales en Uruguay. Entre otras medidas, se le otorgó la posibilidad de acceder a información tributaria y financiera de las personas investigadas.
En efecto, la Senaclaft –que depende del Poder Ejecutivo– puede solicitar informes, antecedentes “y todo elemento que estime útil para el cumplimiento de sus funciones” a los sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas, como son casinos, escribanos, inmobiliarias o zonas francas. Pero también a todos los organismos públicos, entre ellos la Impositiva (Dgi), el Banco de Previsión Social y el Banco Central. Estas oficinas, según la legislación, deben facilitarle el acceso directo “a sus fuentes de información”, sin posibilidad de oponer “disposiciones vinculadas al secreto o la reserva”. En criollo, no podrán argumentar la vigencia del secreto bancario o tributario. Ahora la Fiscalía General de la Nación pretende hacer valer este cambio a su favor.
En su reciente comparecencia ante la Comisión Especial de Lavado de Activos del Parlamento, el fiscal de Corte, Jorge Díaz, reclamó que los fiscales tengan acceso directo a la información financiera de las personas investigadas. Allí, alegó estar a favor de la prerrogativa que se le otorgó a la Senaclaft, pero consideró “ilógico” que un órgano ejecutivo pueda acceder a esa información y no lo haga la Fiscalía. “No entiendo por qué el legislador tiene confianza en un órgano regulador (…) y no le tiene la misma confianza a la institución encargada de llevar adelante la investigación”, apuntó Díaz.
Hasta ahora, cada vez que un fiscal investiga un delito económico (estafa, defraudación tributaria, apropiación indebida o lavado de activos) debe pedirle a un juez que levante el secreto tributario o bancario. Recién entonces, si el juez lo autoriza, el fiscal puede acceder a la información. Según Díaz, esto es un resabio del sistema inquisitivo, que genera “un trastorno de tiempo en la investigación” y se transforma en “un dolor de cabeza” para los fiscales. “Muchas veces uno necesita la información de manera urgente”, argumentó.
Para eso se propuso que los fiscales tengan la misma potestad que la Senaclaft y accedan a la información directamente y sin intermediarios durante la etapa de investigación administrativa o informal (previa a la formalización). Esto –de acuerdo con Díaz– permitirá terminar con ese periplo que deben recorrer los fiscales y darle mayor celeridad a la investigación de los delitos económicos: “En otros países del mundo, el fiscal accede a esa información desde su oficina y a través de un sistema de interoperabilidad”.
Frente a los legisladores, la Fiscalía presentó otros argumentos. Por los acuerdos bilaterales de cooperación tributaria, la Dgi debe compartir información con otras administraciones tributarias. Esto genera una paradoja: fiscales extranjeros tienen acceso a datos de los contribuyentes uruguayos, que hoy están vedados a los de Uruguay.
Esta propuesta también fue planteada en la última reunión del Comité Operativo, grupo interinstitucional que estudia la legislación en materia de lavado de activos. Allí existieron coincidencias, pero también dudas, particularmente referidas a las garantías. Para eso se propuso que la Fiscalía tenga una oficina que centralice estos pedidos y analice su pertinencia. También que garantice una trazabilidad: que se sepa qué fiscal pidió esta información y en qué casos, dijeron fuentes de la reunión.
Según expertos consultados por Brecha, este cambio implicaría, en los hechos, el fin del secreto tributario en la investigación criminal. El secreto bancario, tal cual se conocía años atrás, fue desandado con la aprobación de la ley de transparencia fiscal en 2016.
CONTACTO DIRECTO. En la reunión con los legisladores, el fiscal de Corte dejó otra propuesta: trasladar la Autoridad Central de Cooperación Internacional desde el Ministerio de Educación a la órbita de Fiscalía. ¿Por qué? “Si tengo que pedir una solicitud de cooperación internacional a otro país para investigar un presunto caso de corrupción del Poder Ejecutivo, lo tengo que hacer a través de mi Poder Ejecutivo. ¡Es un absurdo!”, opinó Díaz.
La Autoridad Central se encarga de recibir y tramitar todos los pedidos de cooperación jurídica desde y hacia el exterior. En materia penal, se encarga, por ejemplo, de temas de asistencia mutua –como solicitudes de prueba– y pedidos de extradición. Según Díaz, estas comunicaciones suelen ser lentas. Por este motivo, los fiscales de Iberoamérica habilitaron sistemas de cooperación penal informales o institucionales para intercambiar información. “Esto no lo hacemos por la elusión en sí misma, sino porque es más rápido”, apuntó.
[notice]Acceso a las declaraciones patrimoniales
Ante el Comité Operativo, la Fiscalía reclamó potestades para abrir las declaraciones juradas patrimoniales en poder de la Jutep. El actual proyecto sobre declaraciones juradas daba esa posibilidad, pero la Cámara de Senadores modificó el texto y volvió a dársela a los jueces. Según Jorge Díaz, este cambio no tiene sentido dentro del nuevo paradigma del proceso penal, ya que los jueces no tienen incidencia en el desarrollo de la investigación.
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