Efecto tsunami - Semanario Brecha
El fallo contra el procés catalán.

Efecto tsunami

El fallo contra el procés catalán.

Manifestación convocada por los Comités de Defensa de la Revolución en Barcelona el pasado 16, luego de que la policía arrestara a más de 50 personas en toda Cataluña por protestar contra las condenas impuestas a los líderes independentistas catalanes / Foto: Afp, Lluis Gene

La sentencia del Tribunal Supremo de España contra los líderes independentistas catalanes genera un precedente peligroso para los movimientos sociales y políticos de ese país. Distintos abogados advirtieron a Brecha sobre la imposición de penas más duras a manifestaciones de protesta o actos de desobediencia civil pacífica.

El fallo del Tribunal Supremo español, dado a conocer este lunes, 14 de octubre, condenó por delitos de sedición, con penas de entre nueve y 13 años, a los líderes políticos y sociales independentistas que participaron en el procés catalán. El veredicto crispó nuevamente los ánimos en Cataluña.

Los miembros del Ejecutivo catalán y de los movimientos sociales que recibieron la pena de cárcel fueron condenados luego de casi dos años de prisión preventiva, hecho que también fue cuestionado por organizaciones de derechos humanos. Oriol Junqueras, ex vicepresidente de la Generalitat, fue sentenciado a 13 años de prisión y los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa con 12.

También se condenó, a 11 años y seis meses, a la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell, y a diez años y seis meses a los exconsellers Josep Rull y Joaquim Forn. Fuera de los cargos políticos, fueron sentenciados los líderes sociales Jordi Sánchez, de la Asamblea Nacional Catalana, y Jordi Cuixart, de Òmnium Cultural, con una condena de nueve años de cárcel.

LÍNEA ROJA. Los condenados fueron acusados por el delito de rebelión. Pero la sentencia descartó este cargo, al considerar que la violencia no se dio de manera “instrumental”, sino que fue una acción que tenía por objetivo presionar al Estado para abrir un espacio de negociación. El fallo sí consideró que hubo un delito de sedición por parte de los acusados, por “movilizar a la ciudadanía en un alzamiento público y tumultuario”, que impidió la aplicación de leyes y obstaculizó el cumplimiento de las decisiones judiciales.

El Supremo se refirió en particular a dos movilizaciones: la del 20 de setiembre, cuando se impidieron los registros judiciales en la Vicepresidencia y Consejería de Economía, y la del referéndum del 1 de octubre de 2017, cuando miles de personas se concentraron en los colegios electorales e impidieron el acceso de los agentes policiales para llevarse las urnas. Para el tribunal, ambas movilizaciones desbordaron “los límites constitucionales del ejercicio de los derechos de reunión y manifestación”. Una consideración que para Mercè Barceló, catedrática de derecho constitucional en la Universidad Autónoma de Barcelona, es una de las afirmaciones más alarmantes del fallo. “Esta sentencia ha cruzado una línea roja. Habrá un antes y un después en cuanto al ejercicio de derechos fundamentales, como la libertad de reunión, la libertad de pensamiento, la libertad de expresión, y el derecho de protesta”, dijo a Brecha la abogada catalana.

A Barceló, quien integra la plataforma International Trial Watch, que observó el desempeño del proceso judicial, también le parece preocupante lo que la sentencia genera en cuanto a jurisprudencia: “Si esto era una sedición, entonces qué pasará con las demás manifestaciones que se acostumbra a hacer en Cataluña. Los ciudadanos no sabremos cuándo estaremos manifestándonos legítimamente o cuándo estaremos incursionando en un alzamiento. Para el sistema de derechos fundamentales es gravísimo”.

Xavier Muñoz Soriano, abogado de la Asociación Catalana para la Defensa de los Derechos Humanos, entiende que el fallo considera como delitos de sedición acciones que podrían definirse como desórdenes públicos en masa. “¿Cuál es el problema con esto? Que los desórdenes públicos están penados con entre uno y seis años de prisión; en cambio, el delito de sedición está penado con entre ocho y 15 años”, dijo a Brecha.

Para ambos juristas, la decisión del Tribunal Supremo es una involución en materia de derechos que busca disciplinar a los movimientos sociales, que se habían manifestado de forma pacífica. “Estamos en un momento de máxima represión, con detenciones ejemplarizantes a líderes sociales o penas estratosféricas. Ese es un uso represivo del sistema penal que pretende generar coacción en la gente y en su participación política”, agregó Muñoz Soriano.

Horas después de conocida la sentencia, el presidente del gobierno español, Pedro Sánchez, dio una conferencia de prensa en la que reconoció “la labor independiente del Tribunal Supremo” y se comprometió a dar cumplimento al fallo. La sentencia del procés se da en un clima electoral, con nuevas elecciones, convocadas para el 10 de noviembre. Durante estos días, el Partido Socialista español difundió una serie de videos en los que hace énfasis en la calidad de las instituciones españolas y su papel en “una democracia consolidada”.

NO NOS MOVERÁN. Pero si el fallo quería generar un efecto desmovilizador, terminó por abrir la caja de Pandora. Este lunes, miles de manifestantes colapsaron el aeropuerto de El Prat, en Barcelona, donde se enfrentaron a la policía nacional y los Mossos d’Esquadra. Las protestas fueron convocadas por Tsunami Democràtic, una plataforma que funciona de manera anónima y llama desde sus redes sociales a movilizarse de forma no violenta por tiempo indefinido. Lejos de la calma, los enfrentamientos han dejado como saldo a cientos de personas heridas.

En este contexto, el gobierno catalán terminó por adoptar una posición esquizofrénica. El Ejecutivo anima a la población a acudir a las concentraciones contra la sentencia, pero también justifica la actuación de los cuerpos policiales para contenerlas. La portavoz del gobierno, Meritxell Budó, dijo que el accionar de las fuerzas de seguridad en El Prat buscó proteger a la ciudadanía, porque impedir el funcionamiento de una infraestructura estratégica podría ser considerado un delito de sedición.

Para el abogado Muñoz Soriano, lo más peligroso del fallo es que “hace un nuevo dibujo de la violencia”, que ahora pasa a ser entendida como cualquier forma de resistencia, por el que cualquier manifestación puede ser considerada sedición. “Esto es motivo de preocupación para cualquier movimiento social que pretenda presionar al Estado, como es el objetivo lógico de quien busca generar cambios.”

Esta semana, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, una agrupación por el derecho a la vivienda digna que busca impedir acciones judiciales de desalojo, denunció al Tribunal Supremo por criminalizar la desobediencia civil pacífica y señaló: “Nosotras seguiremos en la calle parando desahucios y desobedeciendo leyes injustas. Y si para la justicia esto es sedición, seremos sediciosas”.

Artículos relacionados

Divisiones y coincidencias en el independentismo catalán

Esquerra y Junts, ¿lucha de clases o lucha burguesa?

España: los cruciales 28 votos de los partidos nacionalistas y regionalistas

De la independencia al pragmatismo

El indulto a los presos políticos catalanes

Tiempos de deshielo