El Tribunal de Apelaciones en lo Penal (TAP) de Segundo Turno revocó la prisión preventiva del coronel (r) Eduardo Ferro y dispuso su inmediata puesta en libertad. Ferro estaba alojado en la Unidad Penitenciaria N.º 8, la cárcel de Domingo Arena, junto a una veintena de represores. Como medida cautelar, el TAP ordenó que Ferro fije domicilio y la retención de su pasaporte.
Tras más de tres años prófugo de la Justicia, Ferro fue extraditado desde España. Al llegar al país, fue trasladado al juzgado para declarar en la indagatoria penal por el secuestro y desaparición del militante comunista Óscar Tassino en 1977. Pero no llegó a declarar: su defensa presentó diversos recursos, que incluían una acción de inconstitucionalidad y un recurso de prescripción.
En este contexto, la jueza Silvia Urioste –a pedido del fiscal Ricardo Perciballe– dispuso su prisión preventiva ante un eventual riesgo de fuga. La jueza se basó en la denominada teoría del buñuelo, utilizada en el nuevo Código del Proceso Penal (CPP), que habilita a los jueces a disponer la prisión preventiva de una persona para evitar recursos dilatorios de las defensas. Esta tesis fue aplicada en el caso del exintegrante del Escuadrón de la Muerte, Miguel Sofía.
Sin embargo, el TAP cuestionó la aplicación de esta teoría a una causa tramitada bajo el anterior CPP, ya que en el viejo sistema no existe ninguna forma de prisión preventiva cautelar anterior al dictado de procesamiento. Según el TAP, «si no se dictó un auto de procesamiento,no es posible imponer prisión preventiva al indagado bajo ningún concepto y mucho menos por analogía, porque siempre será una interpretación en perjuicio del reo que violenta los principios rectores del derecho penal, por lo menos liberal».
De esta forma, Ferro aguardará la resolución del proceso en libertad. Cuánto tiempo, dependerá del plazo que le tome a la Justicia resolver los asuntos pendientes. Una vez que esto suceda, la jueza podrá interrogarlo y el fiscal Perciballe podrá pedir su procesamiento. Asimismo, Perciballe presentó un recurso de aclaración y ampliación contra el fallo, alegando que este TAP habilitó en su momento la aplicación de medidas cautelares en un presumario. Por su parte, el colectivo Ielsur, representante de la familia Tassino en el proceso, afirmó que si Ferro se vuelve a fugar, «todo el Estado es responsable».
En tanto, Ferro podría recibir otra buena noticia. El Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas envió una nota al ministro de Defensa, Javier García, en la que informa que el coronel Ferro tiene créditos disponibles a cobrar. En agosto de 2018, el exministro Jorge Menéndez (ya fallecido) ordenó el cese del pago de su jubilación tras constatar que el militar –entonces prófugo– realizó la revista de existencia en forma incorrecta. La imposibilidad de cobrar su jubilación fue uno de los motivos que llevó a Ferro a entregarse a las autoridades uruguayas. En estas circunstancias, el ministro García solicitó un informe a la Facultad de Derecho para determinar si corresponde o no pagarle sus haberes retenidos.