¿Qué secreto justifica una política de 50 años? - Semanario Brecha
El Ministerio del Interior vuelve a ocultar el memo 425 y la Unidad de Acceso llama a «desclasificar»

¿Qué secreto justifica una política de 50 años?

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Mediante un despliegue de resoluciones contradictorias e incongruentes, el Ministerio del Interior acaba de superarse a sí mismo en materia de ocultamiento y complicidad con los crímenes de la dictadura. La afirmación podrá parecer demasiado fuerte, pero ahí están los hechos: el 30 de diciembre el director general de Secretaría, comisario Ruben Amato, decidía aplicar una reserva de 15 años a un documento –el memorándum 425 del comisario José Luis Telechea, jefe del Departamento 2 de la Dirección Nacional de Información e Inteligencia (DNII)– reclamado por el proyecto universitario Cruzar para eventualmente identificar a los autores materiales e intelectuales del asesinato mediante torturas del dirigente comunista Álvaro Balbi, ocurrido en 1975. El 20 de marzo, 67 días después de que Cruzar interpusiera un recurso para que se anulara la reserva, el ministro Carlos Negro respondió
–precisamente el día en que Brecha denunciaba en sus páginas el ocultamiento– que «tras una búsqueda exhaustiva» no se logró encontrar el tal documento.

¿Cómo fue posible que los altos funcionarios involucrados decidieran aplicar una reserva de 15 años a una información inexistente o al menos inubicable? ¿Acaso el documento se perdió en algún pliegue del universo entre el 30 de diciembre y el 20 de marzo? Desentrañar las causas de tamaña incongruencia y exponer el conjunto de episodios que se acumulan desde hace 50 años permitirá calibrar la fortaleza de la impunidad, así pasen décadas y cambien los gobiernos.

NO HAY INOCENTES

Negro no fue inocente en el desaguisado de la reserva. Aunque él no había firmado la resolución comunicada el 31 de diciembre, cuando Cruzar entrevistó al ministro reclamando verbalmente por la reserva, este contestó: «Ustedes hagan lo que tengan que hacer». Decididamente el ministro era consciente del paso que se estaba dando: sintonizar con la decisión adoptada en 1975 por la justicia militar. El comisario Amato quizás actuó ejecutando órdenes, pero sin dudas no fue inocente el asesor de Jurídica Didier Galán, quien desempolvó una orden ministerial de 14 años atrás para ejecutar la reserva. En 2012 el ministro Eduardo Bonomi aplicó una mordaza para evitar la divulgación de pormenores en actuaciones policiales, y el asesor Galán no tuvo mejor idea que extender la mordaza a los crímenes de la dictadura.

Si las huellas digitales del ministro no aparecen en la resolución de fin de año, sí aparece, en cambio, su firma en la resolución de hace siete días que desmiente la información anterior y entra en grosera contradicción con la aplicación de la reserva. Dice textualmente: «Considerando: que habiéndose procedido a una búsqueda exhaustiva en los registros y archivos que obran en poder del Ministerio del Interior, no se ha podido constatar la existencia en su poder del documento denominado Memorándum 425 del Departamento 2 de la DNII, con fecha 31 de julio de 1975; que en tal mérito, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N.º 18.381, corresponde desestimar la petición por inexistencia de la información en poder de este organismo, sin que ello implique pronunciamiento sobre su eventual existencia en otros organismos del Estado».

Lo insólito fue que el texto del viernes 20, sin firma ni logo ni sello, fue difundido como trascendido del ministerio y se intentó camuflar como un «error de comunicación». Sin embargo, el martes 24 la Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP), que vela por el derecho de la ciudadanía, le dio la razón a Cruzar y concluyó que la resolución del 30 de diciembre «no se ajusta a derecho», que el Ministerio del Interior «no puede basar la reserva en una resolución genérica» y «no puede aplicar ninguna excepción para negar el acceso a la información» cuando se trata de delitos de lesa humanidad. La UAIP cierra su informe sosteniendo que el ministerio debe «desclasificar» el memorándum 425 y «entregar la información al solicitante» (véase el informe en la página web de Cruzar). Ese mandato sería inaplicable si, como se sostiene en un descubrimiento de último momento, el documento es inubicable. La incapacidad tardía, que vuelve a sumir al famoso memo en el misterio, resolvió de paso otra molesta contradicción porque, en el empeño por implantar la restricción de 15 años, el ideólogo tuvo una pasajera crisis de estrabismo: para llegar al artículo 14 de la ley de acceso a la información (que autoriza en ciertos casos la aplicación del secreto o la reserva) se salteó el artículo 12, que precisamente descarta de forma explícita la reserva o secreto para documentos referidos a los crímenes de la dictadura.

LA PARTE Y EL TODO

Así, el ministerio completó un giro de 360 grados, al estilo del inefable vicealmirante Hugo León Márquez. Cuando la viuda de Balbi, Lille Caruso, impulsó una denuncia en la justicia penal, en 1985, para que se indagara el asesinato de su compañero, comenzaron a aflorar las excusas, las mismas que se reflotan actualmente, y quedaron en evidencia algunas maniobras. Ya en 1975, un juez civil recibió del padre de Balbi una denuncia por asesinato, pero no pudo siquiera inaugurar el expediente con alguna citación porque la justicia militar interpuso un conflicto de competencia y el magistrado prudentemente se hizo a un lado en aquel Año de la Orientalidad. En 1987 el presidente Julio María Sanguinetti abortó la causa judicial aplicando la ley de caducidad, y en 1988 la Suprema Corte de Justicia desestimó el reclamo de inconstitucionalidad.

Lille Caruso retomó la denuncia en 2011, pero para entonces el expediente de 1985 había desaparecido. Se pretendió recomponer las instancias judiciales y se solicitó el expediente de la justicia militar sobre la muerte de Balbi, pero solo se entregaron los documentos referidos a los nueve comunistas detenidos junto con Balbi, que fueron procesados y encarcelados; el de Balbi, en cambio, desapareció tras un pasaje por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Consultado por Cruzar mediante un pedido de acceso a la información, el Archivo Judicial de Expedientes Provenientes de la Justicia Militar comunicó que, «reiteradas las pesquisas en febrero y marzo de 2026 con motivo de vuestra solicitud, personal del archivo central constató que el expediente no se encuentra en el paquete correspondiente y tampoco junto con expedientes relacionados al caso de Álvaro Balbi».

Habiendo desaparecido dos expedientes, no debía llamar la atención que las autoridades no pudieran encontrar el memorándum 425 de la DNII, en el que el comisario Telechea informaba al coronel Gamarra, juez militar, detalles de las circunstancias de la muerte de Balbi. Así se lo comunicaron a la jueza Mariana Mota en 2012 y a su sucesora, Beatriz Larrieu, un año después. La misma respuesta recibió la Fiscalía cuando reiteró el pedido en 2018. «No está», «no existe», «no se ubicó». Sin embargo, la coherencia inalterada en el tiempo se cortó abruptamente cuando el Ministerio del Interior, ante un pedido de acceso a la información, aplicó una reserva por 15 años. Ello significaba que el trajinado memo 425 estaba en poder del ministerio porque sería absurdo aplicar reserva para algo que no se conoce. A menos que el ministerio tuviera la peregrina idea de clasificar todos los documentos policiales vinculados a los crímenes de la dictadura, algo en sintonía con la ley de caducidad, que perdonó a militares y policías antes de averiguar quién, cómo y por qué.

QUÉ ES LO QUE SE OCULTA

Ese equívoco legal duró lo que duraron el verano y las vacaciones. Puesto en evidencia, el ministerio dio marcha atrás, y no de manera muy elegante. Ignorando que había admitido implícitamente estar en poder del memo 425, comunicó «la inexistencia de la información en poder de este organismo». La barroca negación de la negación lo termina alineando en la dirección que se impuso durante 50 años: impedir que se conozcan los detalles del asesinato de Álvaro Balbi. Ese esfuerzo ininterrumpido en el tiempo tiene su puntapié inicial en la comunicación del comisario Telechea, que se pone a sí mismo en evidencia y a sus subordinados al admitir que, «por razones de seguridad», los comunistas detenidos el 29 de julio de 1975 fueron trasladados a la Guardia de Coraceros para ser interrogados. ¿Qué pretendía averiguar Telechea cuando sometió a su prisionero a una sesión brutal de tortura? ¿Qué importancia –real o no– adjudicaba a los detenidos? ¿Por qué intentó traspasar la responsabilidad a los militares?

El misterio trasciende el memorándum 425; así lo sugiere la desaparición de dos expedientes judiciales y el ocultamiento de la autopsia. En todo caso, un costado relevante de todo el entramado fue expuesto con crudeza por Lille Caruso en declaraciones al semanario Caras y Caretas en las que cuestiona al gobierno por mantener la política de encubrimiento: «No los voy a juzgar yo, los va a juzgar la historia» (véase Caras y Caretas, 22-III-26). Casi simultáneamente, una delegación de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos que se reunió el martes 24 con la ministra de Defensa Nacional, Sandra Lazo, manifestó su preocupación porque, a un año de la actual gestión, «se ha avanzado muy pero muy poco en el acceso a la información para la búsqueda de los detenidos desaparecidos». La ministra aceptó implícitamente la crítica al comprometerse a «buscar más información, contestar las solicitudes de acceso a la información y colaborar para avanzar en el tema» (véase La Diaria, 24-III-26).

En particular, el Ministerio de Defensa sigue omiso en dar respuesta al pedido de acceso a la información sobre el documento que en 2005 el general Carlos Díaz entregó a su superior, el teniente general Ángel Bertolotti, sobre la ubicación en predios militares de detenidos desaparecidos. Ese documento, que sirvió de base para la respuesta del comandante en jefe del Ejército a la orden emitida por el presidente Tabaré Vázquez –y que el propio general Díaz reconoció que contenía unas diez carillas de información– sigue inubicable. Igual que pasaría después con el memo 425, en su momento los asesores del ministro de Defensa Javier García afirmaron ante un juez que el documento no se podía ubicar, no existía, se había destruido. Cualquiera de las versiones tenía un mismo resultado: no sería entregado. En este plano será un buen ejercicio descubrir las diferencias entre el gobierno de Luis Lacalle Pou y el actual.

En vísperas de las elecciones de 2024 se instaló con fuerza la propuesta de reclamar a los candidatos a presidente, dado que uno de ellos sería el siguiente comandante supremo de las Fuerzas Armadas, una orden a sus subalternos para que entreguen la información sobre el paradero de los restos de los detenidos desaparecidos. La idea instaló la esperanza de que la marcha del 20 de mayo de 2025 fuera la última. Una esperanza vana. Las respuestas ambiguas, contradictorias, incongruentes y vergonzantes seguirán apareciendo en tanto no exista una firme voluntad política.

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