La definición del hogar del ciudadano como ‘sagrado inviolable’ está consignada en la carta magna de 1830. Pero la redacción que se conserva hasta hoy proviene, en realidad, de la Constitución aprobada en el lejano 1917, cuando la población del país era menos de 1.500.000 habitantes; los votantes no alcanzaban a ser 130 mil personas; el Código Penal vigente databa del siglo XIX, y habían pasado pocos años desde la abolición de la pena de muerte en nombre del progreso y la modernización. «De noche, nadie podrá entrar en [el hogar] sin consentimiento de su jefe y, de día, solo de orden expresa de juez competente, por escrito y en los casos determinados por la ley», dice el artículo 11 del texto actual, a tono con la época en la que fue redactado. Con objetivos distintos, la intención polític...
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