Se confirma - Semanario Brecha
Se conocerá el volumen de agua y energía que usará Google en Uruguay, información que se había declarado secreta

Se confirma

El Ministerio de Ambiente deberá proporcionar datos sobre la cantidad de agua y electricidad que insumirá el funcionamiento del data center que instalará Google en Uruguay. Un tribunal de apelaciones confirmó la sentencia judicial que obliga a la cartera a responder un pedido de acceso a la información.

↑ Data center de Google en Puerto de Ems, Países Bajos / RUDMER ZWERVER

El Ministerio de Ambiente (MA) había denegado una solicitud de acceso a la información pública sobre los recursos hídricos y energéticos que insumirá el data center de Google, amparándose en el «secreto comercial» de la firma subsidiaria que presentó el estudio Viabilidad Ambiental de Localización (véase «Secreto comercial», Brecha, 17-II-23). El demandante recurrió a la Justicia y una sentencia en primera instancia le dio la razón. El MA apeló esa resolución judicial, pero una nueva sentencia del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Séptimo Turno obligó a la cartera a brindar los datos en los próximos días.

El data center que se va a construir en el Parque de las Ciencias, zona franca de Canelones, albergará servidores y otros equipos que necesitan grandes cantidades de agua y energía para mantenerse refrigerados. Si bien no ha habido avances tangibles con relación a los planes de Google en Uruguay, fuentes vinculadas al emprendimiento indicaron a Brecha que el proyecto continúa avanzando.

El pedido de información, llevado adelante por un investigador y docente de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de la República, se fundamenta en los antecedentes internacionales de estas grandes instalaciones, que fueron cuestionadas por los importantes volúmenes de agua que utilizan (en el caso de Uruguay, el recurso provendrá de OSE y ello podría implicar afectaciones a un abastecimiento ya problemático) y por el aumento de emisiones de gases de efecto invernadero que provoca su elevado consumo de energía.

Aunque la sentencia del tribunal de apelaciones alude particularmente al agua, confirma la resolución anterior, que insta a la cartera a brindar la información requerida, incluidos los volúmenes de energía que se usarán. Los jueces del tribunal consideraron que el acceso a la información sobre qué usos se hace o se planea hacer del agua es un derecho de todo ciudadano, que debe anteponerse a los intereses de orden económico. Los magistrados remarcaron que la Constitución concibe el agua como un derecho humano fundamental y determina la participación ciudadana en la planificación, la gestión y el control de los recursos hídricos. También mencionaron el Acuerdo de Escazú, un convenio internacional ratificado por Uruguay que consagra el derecho a la información ambiental.

Sobre las razones esgrimidas por el MA para denegar los datos, los jueces afirmaron que «no se encuentran en absoluto acreditadas», que «no basta la simple declaración de reserva, secreto o confidencialidad» y que «no se advierte un motivo de interés general que apadrine la decisión de la secretaría de Estado». Por el contrario, sostuvieron, «existe un interés público» que respalda la solicitud de información». En la sentencia, argumentaron: «El secretismo, so pretexto del secreto o de una confidencialidad comercial o industrial, no es legítimo si no aparecen como evidentes u objetivas las razones que justifiquen que esta reserva se encuentra anclada realmente en preservar la seguridad o ventajas competitivas».

Además de reafirmar que cualquier persona debe acceder a «la información sobre el medio ambiente que dispongan las autoridades», incluida la relativa a las «actividades que encierran peligro en sus comunidades», los magistrados valoraron el rol de la investigación académica universitaria (dados los fines declarados por el demandante), cuyos resultados pueden ser aprovechados por la comunidad.

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