Plebiscito contra la reforma jubilatoria: Ahora, a empujar - Semanario Brecha
Plebiscito contra la reforma jubilatoria

Ahora, a empujar

En el día de ayer, la Mesa Representativa del PIT-CNT resolvió, por mayoría, impulsar la realización de un plebiscito para aprobar una reforma constitucional que elimine las administradoras de fondos de ahorro previsional (AFAP), creadas por ley en 1995, limite la edad mínima de jubilación a los 60 años y asegure que las pasividades más bajas tendrán aumentos por encima del ajuste general.

Que existan distintas posiciones es parte de la democracia, más aún cuando se trata de colectivos muy amplios. Tampoco había unanimidad en el caso del referendo para derogar la LUC, en el de las empresas públicas y en un largo etcétera. Pero lo que debe importar es que haya una coincidencia en el objetivo de que quede sin efecto una ley que perjudica a los sectores trabajadores y, definida la estrategia democráticamente, encolumnarse tras ella.

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Atribuyen a Lao-Tse, hace 2.500 años, una frase que adopta diversas redacciones, de las cuales la que más me gusta es: «Una larga marcha comienza por el primer paso». En esta cuestión del plebiscito contra la reforma jubilatoria, el primer paso está dado: se ha decidido enfrentarla. Ahora se trata de decidir la forma de caminar.

El segundo paso es formar un gran frente para impulsar esa lucha, que debe incluir a la Intersocial y debe incluir al Frente Amplio, que, tomada la decisión, creo que tiene la obligación política no solo de acompañarla, sino también de impulsarla. Todos juntos deben abocarse a la redacción de la papeleta a someter a plebiscito, y esa es una cuestión política nada menor que tiene que ser resuelta con mucha inteligencia, para sumar la mayor cantidad de voluntades posible.

Lo siguiente será obtener las firmas para promover el plebiscito, el 10 por ciento del padrón electoral, unas 250 mil. Esto, después de haber obtenido tres veces o más esa cantidad para enfrentar la LUC, parece cosa de coser y cantar, pero deberá hacerse en un plazo corto y con la gente en otra cosa, con el calorcito del verano.

El último paso, finalmente, es conseguir los votos: la mitad más uno de los votantes y 35 por ciento del padrón electoral. Para ello, como los votos en blanco cuentan por la negativa, es necesario no solo que sean mayoría los que apoyen, sino que lo hagan efectivamente, para lo cual es clave que los partidos ensobren la papeleta correspondiente. Ahí el Frente Amplio tiene un papel fundamental a cumplir: asegurar que todas y todos los que apoyen el plebiscito voten Sí. Y allí tenemos que alinearnos, más allá de las opiniones que hoy cada una y cada uno de nosotros pueda tener sobre cuál era la mejor estrategia para combatir una reforma jubilatoria que coincidimos en la necesidad de derogar.

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Hace pocas semanas escribimos una nota para Brecha (véase «Un plebiscito impostergable e imprescindible», 21-VII-23) en la que exponíamos las razones que nos llevaban a calificar con esos adjetivos la necesidad de promover un plebiscito constitucional para defender a nuestra gente de la reforma jubilatoria aprobada por el actual gobierno. Y planteábamos también por qué no nos parecían válidas las objeciones que se hacían desde algunos sectores sociales y políticos que, aun no dudando de la magnitud de ese perjuicio, entendían inconveniente intentar que el tema fuera resuelto por el conjunto de la ciudadanía.

En el lapso transcurrido no han aparecido sustancialmente nuevos argumentos, pero sí han pasado algunas cosas que, sin repetir aquel análisis, vale la pena considerar. Quizá la más notoria sea el pronunciamiento del Plenario del Movimiento de Participación Popular oponiéndose a la idea del plebiscito, por entender que una ley se debe cambiar con otra ley y que el sistema jubilatorio es algo muy complejo, por lo que no puede decidirse sobre él votando por sí o por no, sino mediante un diálogo con el conjunto de la sociedad, que el plebiscito no asegura.

Antes que nada: el plebiscito no es sobre el sistema jubilatorio, sino sobre la reforma multicolor. Pero, además, me parece que ese razonamiento está emparentado con otro, que asume que una derrota en el plebiscito generaría un hecho irreversible que después impediría, aunque cambien las mayorías en el gobierno, modificar la reforma hace poco aprobada. Se ha llegado a expresar que se dispone de «un solo tiro» y, por consiguiente, tiene que dar en el blanco. Pero esto no es así: nada de lo que se decida, aunque lo decidiera el propio pueblo soberano, está escrito en piedra, porque las circunstancias cambian, los tiempos cambian y cambia la gente que decide, y por tanto es lógico y válido que pueda ser modificado. De eso hay numerosos ejemplos: desde las decisiones sobre constitucionalidad de las leyes, que pueden pasar de inconstitucional a constitucional, o viceversa, cuando cambian las mayorías en la Suprema Corte de Justicia, hasta la aplicación de la caducidad de la pretensión punitiva del Estado, establecida por la ley 15.848 en 1986, confirmada en dos plebiscitos y derogada en 2011 por la ley 18.831, que restableció esa pretensión. O el tan recordado en estos días «plebiscito del vintén» (¡0,02 pesos!), de 1951, que eliminó un aumento del boleto establecido por la Intendencia de Montevideo, que no obstante fue reimplantado al poco tiempo.

Además, siendo razonable preocuparse por lo que pasaría si el plebiscito se perdiera (lo que a mí, francamente, me resulta difícil imaginar, viendo a cuánta gente perjudica y a cuánta favorece la ley impugnada), también parece razonable –y más– preocuparse por lo que pasaría si se perdiera la elección y la actual mayoría se mantuviera o si nos quedáramos con un país sin mayorías, como ya ha pasado. ¿Trabajar más y cobrar menos hasta 2030?

Hay, además, una referencia que es necesario manejar: la del plebiscito sobre la seguridad social de 1994 (se han hecho dos plebiscitos sobre el tema, ambos aprobados con más del 70 por ciento de los votos y en forma simultánea con las elecciones nacionales); en esa oportunidad se aprobó agregar a la Constitución, en sus Disposiciones Especiales y Transitorias, un literal V que declaró «la inconstitucionalidad de toda modificación de seguridad social, seguros sociales o previsión social (artículo 67) que se contenga en leyes presupuestales o de rendición de cuentas, a partir del 1° de octubre de 1992», con lo cual se derogaban en forma tácita las disposiciones sobre el tema que se habían instituido en la rendición de cuentas de ese año. Eso, que ahora algún catedrático opina que no se puede hacer, porque iría contra el carácter «semirrepresentativo» de nuestro sistema institucional, parece que hace 30 años, con el mismo carácter, podía hacerse y todos estaban de acuerdo.

El paralelismo del plebiscito de 1994 con la situación actual podría ser considerado asombroso si no fuera que los actores son los mismos: un gobierno presidido por Lacalle (padre en un caso, hijo en el otro) que impone un conjunto de medidas antipopulares por ley y un movimiento popular que, imposibilitado de derogarlas mediante un referendo, porque la Constitución actual tiene esa trampa, le planta cara mediante un plebiscito de reforma constitucional. Y otros dos aspectos, que consideramos que seguramente también coincidirán: un Frente Amplio que apoya unánimemente la iniciativa popular y la aprobación ciudadana por amplia mayoría.

Pero la referencia tiene otros dos elementos de suma relevancia: el primero es que contó con importantes apoyos en los «partidos tradicionales», que, por lo tanto, tienen un antecedente que les dificultará impugnar el procedimiento, y el segundo es que, como la ley que se derogaba tenía algunos aspectos positivos que interesaba mantener, hubo un acuerdo parlamentario para restablecerlos por una nueva ley, esta vez ordinaria, que efectivamente fue votada cuando el plebiscito dejó sin validez a la anterior. Lo que también debería y podría hacerse en este caso, y más si se ganan las elecciones y ese es un compromiso electoral.

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Salvo entre los «malla oro» y quienes gobiernan en su nombre, sobre lo que no existen dudas es que la reforma jubilatoria aprobada hace tres meses es enormemente perjudicial para una parte muy importante de nuestra población: la que aún no se ha jubilado. El camino de modificar la ley con otra ley es imposible hasta que cambien las mayorías parlamentarias, o sea, si eso sucediera y si se cumpliera con hacerlo a partir de un amplio diálogo social, hasta por lo menos fines de 2025 o comienzos de 2026, es decir, dentro de tres años. Bueno, detener esto no puede esperar tres años, porque tampoco existe la seguridad de que ese cambio se dé y porque en ese lapso se irán generando situaciones de hecho que serán muy difíciles de revertir o directamente irreversibles.

Por otra parte, en el borrador de «Bases Programáticas para 2025-2030», elaborado por consenso por la Comisión de Programa del Frente Amplio, aprobado por el Plenario hace unos días y que ahora pasa a las bases y los sectores para su discusión, ajuste y aprobación definitiva en el Congreso de diciembre, no figura, por ahora, ningún compromiso de derogar inmediatamente la ley 20.130, mantener la edad jubilatoria y la forma de cálculo de las prestaciones ni eliminar las AFAP, cosas que de aquí a diciembre sería muy bueno incluir.

Ahora hay una posibilidad muy firme de volver a fojas cero dentro de un año, con el plebiscito, para después, con el tiempo necesario y en la forma debida, elaborar una verdadera reforma de la seguridad social a favor del pueblo, discutirla, aprobarla y ponerla en funcionamiento. El primer paso está dado. La marcha comienza.

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«Mi autoridad emana de vosotros y ella cesa ante vuestra presencia soberana […] Yo ofendería altamente vuestro carácter y el mío, vulneraría enormemente vuestros derechos sagrados, si pasase a decidir por mí una materia reservada solo a vosotros.»1

¡Cuántos años han pasado para que hoy se discuta que el pueblo puede decidir!

1. José Artigas, ante el Congreso de Abril de 1813.

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