La trampa del feminismo punitivista - Semanario Brecha
España: retrocede la ley de «solo sí es sí»

La trampa del feminismo punitivista

El Congreso español aprobó reformar la ley de «solo sí es sí». El cambio impulsado por el PSOE y apoyado por el PP elimina la falta de consentimiento como factor determinante en los delitos sexuales y reintroduce como pruebas la violencia y la intimidación.

Manifestación frente a la Suprema Corte de Madrid, el 21 de junio de 2019, cuando se dictó el veredicto de culpables de violación a los integrantes de La Manada. AFP, GABRIEL BOUYS

La reforma de la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual, conocida popularmente como la ley de «solo sí es sí», provocó un cisma en la coalición de gobierno del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y Unidas Podemos. La normativa original, que entró en vigor el 7 de octubre de 2022, había sido presentada por la ministra de Igualdad, Irene Montero, de Unidas Podemos, como una respuesta a las demandas que surgieron de los movimientos feministas después del conocido caso de La Manada. Sin embargo, a pocos días de su aplicación, y al conocerse las rebajas de penas a condenados por delitos sexuales habilitadas por algunos jueces al interpretar la norma, el PSOE dio rápidamente marcha atrás y decidió borrar el consentimiento como factor determinante, luego de que la derecha lo acusara de liberar a violadores.

El 7 de julio de 2016, durante las tradicionales fiestas de San Fermín en Pamplona, Navarra, cinco hombres violaron en un portal a una joven de 18 años. El caso fue conocido como el de La Manada, nombre con el que los jóvenes habían denominado a su grupo de Whatsapp, pero también representativo de cómo habían acorralado, sometido y penetrado a la joven de múltiples formas. La causa impactó en la opinión pública y, en medio de una carnicería mediática, miles de personas salieron a la calle luego de que los jueces consideraran que no había habido violación, sino un abuso.

Los tribunales navarros entendieron que como la joven no había dicho que no y no tenía marcas ni heridas de resistencia, los agresores no la habían violado. Hasta ese momento, el Código Penal español dividía los delitos sexuales en dos categorías: abuso sexual y agresión sexual. La violación era considerada una agresión sexual si la víctima demostraba que había existido violencia e intimidación; por tanto, sin pruebas físicas, los jueces descartaron las palabras de la joven, que dijo estar en shock y haber quedado en silencio y con los ojos cerrados por miedo.

Pero sentencias como esta no son un rara avis, sino una demostración fehaciente de lo anclada que está la cultura de la violación en el sistema judicial, que convierte estos casos en juicios paralelos sobre la víctima: cómo te resististe, de qué tamaño era la pollera, hubo o no consumo de alcohol, a qué hora volviste a casa, con cuántos chicos o chicas estuviste. En las audiencias del caso, si bien los jóvenes habían filmado y compartido videos que registraban las múltiples vejaciones a las que habían sometido a la joven, fue ella la que tuvo que demostrar una y otra vez que había sido violada.

Pasaron dos años para que el Tribunal Supremo español reconociera que sí hubo violación. En paralelo, el cántico «solo sí es sí» empezó a tomar impulso en las manifestaciones feministas y a tener eco en espacios políticos afines a generar cambios sobre cómo se juzgan los delitos sexuales. Un aliento que se mantuvo y fue germen de la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual, que terminó convirtiéndose en una de las banderas del Ministerio de Igualdad, que tiene varias leyes feministas en su haber.

EN EL CENTRO

La ley de «solo sí es sí» se presentó bajo la consigna «el consentimiento en el centro». Hasta entonces, la falta de consentimiento siempre había delimitado los atentados contra la libertad sexual en la legislación española; sin embargo, la nueva normativa introdujo una definición expresa con la que respaldar a la mujer que denuncia y no tiene pruebas físicas de violencia para demostrar la agresión sexual. Para ello, se eliminó la distinción entre abuso y agresión sexual, pasando a considerar todo acto sexual sin consentimiento como agresión, con la sola distinción de si hubo o no acceso carnal.

«Antes se enfatizaba todo el procedimiento en la víctima, porque el consentimiento era en negativo. Ahora, la víctima, si bien tiene que demostrar de alguna manera que no consintió –porque en derecho penal quien tiene la carga de la prueba es quien acusa–, la responsabilidad también se deriva al acusado, que tendrá que probar qué es lo que le hizo entender que la víctima estaba prestando su consentimiento», señala a Brecha Isaac Guijarro, cofundador de Olympe Abogados, estudio especializado en delitos de violencia de género y violencias contra el colectivo LGTBI+.

«Ya no hace falta que estemos todo el rato poniendo en cuestión a la víctima. La clave ya no será probar su sometimiento, ahora el consentimiento es el centro», decía en 2020 la ministra Irene Montero. Una definición compleja y ambigua que ha despertado diversos cuestionamientos. La filósofa feminista Clara Serra, por ejemplo, señala que este tipo de leyes son una copia del sistema estadounidense, que no tiene en cuenta el contexto español. «La sociedad francesa, la española o muchas sociedades de América Latina son mejores y más libres para pensar el sexo que la estadounidense, porque son menos neoliberales. El neoliberalismo es el terror al otro, hacer que el Estado te proteja del otro porque lo considera una amenaza. El debate del consentimiento está muy viciado por esa influencia, necesitamos distancia crítica», dice la investigadora de la Universidad de Barcelona (véase «Disputar el poder para transformarlo», Brecha, 14-IV-23).

También se ha apuntado que este tipo de legislación es más efectiva que la anterior para las personas que denuncian casos como el de La Manada, cuando el o los agresores son extraños. Sin embargo, la nueva definición de consentimiento libre y abiertamente expresado no es tan fácil de aplicar para la mayoría de las agresiones sexuales, que en España no suceden en lugares oscuros, alejados de la gente, sino en relaciones de pareja o en ámbitos familiares. En espacios íntimos las lógicas de poder se vuelven más invisibles y el consentimiento, más borroso. ¿Qué pasa si es tu pareja la que te viola? ¿Qué pasa si existe sexo consentido, pero no deseado? «De hecho, hay muchas mujeres que no denuncian a sus agresores porque no quieren que esa persona vaya a la cárcel, porque tienen una relación estrecha o es el padre de sus hijos o dependen de él de alguna manera», señala a Brecha Nuria Alabao, periodista y antropóloga española especializada en feminismos.

En todo caso, el aspecto más interesante y menos promocionado de la ley es su carácter integral, que, al prever mecanismos de prevención, detección, acompañamiento y reparación para las víctimas, da cumplimiento a lo previsto en el Convenio de Estambul de 2011 (un tratado del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, ratificado por 37 países europeos). Bajo este espíritu, se crean centros de crisis de 24 horas, que atenderán a las personas que denuncian desde un primer momento, vigilando los primeros procedimientos, como el recogimiento de las muestras biológicas, en el caso de que existan. También se establecen ayudas económicas en los casos en que la víctima deje de trabajar o no tenga recursos para hacer frente a los gastos judiciales.

Otro elemento importante de la ley es que da indicaciones concretas para la creación de juzgados especializados en violencia sexual, con operadores judiciales que deberán formarse para terminar con la mirada patriarcal que estructura el sistema. «Lo que hay que hacer es acompañar a las víctimas, porque muchas veces lo que dicen es que, si volviesen a tener la oportunidad de denunciar, no lo harían porque el procedimiento es infernal», dice Guijarro. En España, solo un 8 por ciento de las agresiones sexuales son denunciadas.

JUSTICIA FEMINISTA

Desde un inicio, el Ministerio de Igualdad indicó que el espíritu de la ley no era aumentar penas. Sin embargo, no fue muy contundente a la hora de comunicarlo, en parte porque ese es otro debate que divide a los feminismos españoles y más aún a la opinión pública general. Pero con la derecha y la ultraderecha buscando cualquier excusa para pegarle al gobierno, la ambigüedad de la propuesta se volvió un búmeran. Un mes después de la entrada en vigor de la nueva norma, jueces de Madrid rebajaron la condena a un hombre acusado de pederastia. El caso encendió todas las alarmas públicas, con los noticieros acusando al Ministerio de Igualdad de liberar a violadores y pederastas.

Al tiempo que estableció la agresión sexual como delito único –en lugar de la distinción anterior entre abuso y agresión–, la ley del «solo sí es sí» dejó un rango de penas más amplio para esta figura, lo que tuvo como consecuencia la baja de las anteriores penas mínimas y de algunas máximas; eso permitió a algunos condenados por delitos sexuales ampararse en el derecho a que se revisen sus penas en caso de que la nueva legislación les beneficie. Asimismo, la unificación de las dos figuras dio más autonomía a los jueces, lo que, de acuerdo con algunos juristas, daría lugar a mayores arbitrariedades. Según datos del Consejo General del Poder Judicial, desde la entrada en vigor de la ley hasta mediados de abril, 978 agresores sexuales habían visto rebajadas sus penas y 104 habían sido excarcelados.

La nueva ley tiene como mar de fondo un debate más profundo respecto a los efectos que tienen las políticas centradas en el endurecimiento de penas. La antropóloga Alabao expresa: «España tiene uno de los índices de criminalidad más bajos de Europa y, sin embargo, su índice de encarcelamiento es muy superior a la media. No nos podemos hacer trampas, el Código Penal no protege a las mujeres ni a nadie; lo que hace es castigar. Y esta ley no se podía presentar como una fórmula mágica, sino como una mejora en el acceso de las mujeres a los procedimientos de justicia», apunta la investigadora.

Alabao entiende que otra de las dificultades que tiene abordar estos temas es la fe inquebrantable que el feminismo mainstream tiene en las políticas punitivistas. Desde un feminismo transformador, la antropóloga plantea la necesidad de repensar los mecanismos de justicia. «La prisión no genera un cambio, al revés, es una escuela de violadores, donde se reafirman los peores aspectos de la masculinidad y el machismo. Incluso, cuanto más tiempo estás, más difícil es la reinserción y aumenta la posibilidad de reincidencia», dice la antropóloga.

NO PERDER VOTOS

La baja de las penas a los condenados por delitos sexuales aumentó las tensiones entre el PSOE y Unidas Podemos. Y mientras el Ministerio de Igualdad abría la puerta a un consenso para revisar el texto y corregir los «efectos no deseados», incluso aumentando penas, el PSOE registraba en solitario una reforma que fue votada con el apoyo del Partido Popular y el rechazo de Unidas Podemos, Esquerra Republicana de Catalunya, EH Bildu, Más País y Compromís. El nuevo texto mantiene su carácter integral y de protección a las víctimas y continúa unificado el delito de agresión sexual, pero vuelve a poner como factores determinantes la violencia y la intimidación a la hora de establecer las penas; es decir, tira por tierra el espíritu del solo sí es sí.

Lo paradójico es que, si bien se presentó como una respuesta a la excarcelación de agresores, la reforma no frena las reducciones de penas antes de la aprobación de la ley. El 20 de abril, durante la sesión en que se aprobaron estos cambios, la ministra de Igualdad señalaba: «Han sido muchos años de movilizaciones, de trabajo en el gobierno y en el parlamento para poner el consentimiento en el centro. ¿De verdad no era necesaria la lucha de millones de mujeres que decían que solo sí era sí y pedían un cambio en el Código Penal para que la ausencia del consentimiento determinase la agresión y no hubiera una distinción entre agresión y abuso, basando la credibilidad en las heridas o en si se resistieron o no?».

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