Votada por unanimidad en el Parlamento, la ley dividió las aguas dentro del FA, debido a las modificaciones introducidas por el Senado. Los gremios también criticaron estos ajustes y el secretario general del Sunca afirmó que el proyecto original fue “groseramente mutilado”. En Uruguay, el 15,9 por ciento de la población presenta alguna discapacidad, entre ellos, el 80 por ciento de quienes están en edad laboral se encuentran desempleados.
“Llama la atención que esta es la primera norma laboral que hasta ahora no tiene ninguna crítica por parte del sector empleador”, afirmó el secretario general del Sunca y precandidato presidencial frenteamplista, Óscar Andrade, luego de que el miércoles por la tarde la Cámara de Diputados diera luz verde a la ley de empleo para personas con discapacidad.
El proyecto de ley había sido presentado en 2016 por Andrade e impulsado por los colectivos que trabajan por la inclusión de las personas con discapacidad. En un principio fue aprobado por unanimidad, pero luego el Senado incorporó modificaciones que generaron controversias con los gremios y divisiones dentro del Frente Amplio.
El cambio en el artículo 1 fue el que generó más polémica; en este se modificó el término “trabajadores” por “trabajadores permanentes”, eliminando la posibilidad de contratación de trabajadores zafrales. Desde los gremios estimaron que, a partir de este ajuste, los más de 5 mil puestos laborales que se estimaban generar se reducirán un 30 por ciento. “Esto significa un retroceso, los cambios introducidos por el Senado rebajan la calidad de la ley”, sentenció el diputado Luis Puig (Pvp).
Además, los ajustes introducidos permiten que la incorporación de las personas con discapacidad al ámbito privado sea de manera progresiva, lo que retrasa aun más los tiempos estipulados en el proyecto original. La iniciativa aprobada establece que todas las empresas privadas con 25 o más trabajadores deberán tener entre sus empleados, en un plazo de tres años, 4 por ciento de personas con discapacidad en su plantilla.
“El miedo general es que el porcentaje sea muy insignificante con relación a la cantidad de personas con discapacidad que están en edad laboral”, explicó Gabriela Barrios, directora técnica de la Fundación Bensadoun Laurent, organización sin fines de lucro que trabaja por la inclusión laboral de personas con discapacidad.
En la norma sancionada, también quedaron por fuera los hasta 10 días de licencia para padres con hijos con discapacidad, para poder realizar los controles médicos. Este punto y el de los trabajadores zafrales serán presentados en proyectos de ley separados antes de fin de año.
Desde el Frente Amplio, los cambios introducidos fueron argumentados en pos de lograr que la oposición acompañe el proyecto. “¿Cuál es el drama mortal si la oposición no la vota? ¿No estamos dispuestos a enfrentar a la oposición por el derecho a las personas con discapacidad?”, cuestionó Andrade. Por su parte, Puig afirmó: “No consideramos que no haya avance, pero sí que podría haber sido mayor si se mantenía el artículo 1”, y destacó que el consenso debe buscarse con “los derechos de los trabajadores y las organizaciones sociales’’.
En Uruguay, el 15,9 por ciento de la población presenta alguna discapacidad –alrededor de 500 mil personas– y pese a que el acceso al trabajo es un derecho humano fundamental, el 80 por ciento de los activos laborales de este colectivo se encuentran desempleados. La tasa de desocupación entre las personas con discapacidad es diez veces mayor que en la población que no presenta discapacidad. Algo similar sucede con el acceso a la educación –requisito fundamental para incorporarse al mercado laboral–, ya que sólo el 34,5 por ciento de los jóvenes en situación de discapacidad participan del sistema educativo.
“Tenemos que dejar de ver la inclusión como problema y ver a las personas en situación de discapacidad como personas productivas. No necesariamente tiene que haber más costos (para el sector empleador). Muchas veces, los cambios que hay que generar requieren creatividad: lista de tareas, que la persona pueda entrar y salir por una puerta que no sea la habitual, entre otros. No necesariamente llevan un cambio económico’’, argumentó Barrios.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por Uruguay en 2008, establece en su artículo 27 que “Los estados parte salvaguardarán y promoverán el ejercicio del derecho al trabajo (…)”, es decir, que el Estado debe brindar las garantías para que las personas con discapacidad, como sujetos de derecho, puedan acceder al mercado laboral en igualdad de condiciones.
Lejos de toda mirada asistencialista, esto no se trata de caridad. Las personas con discapacidad no son una carga para las empresas; es necesario un cambio de paradigma y un abordaje integral de la situación para lograr un avance significativo. “No podemos seguir siendo tan miserables con este colectivo. Las empresas presionaron, lo tengo clarísimo. Vienen reclamando estos cambios desde hace tres años’’, concluyó Andrade.