«Por la presente y por disposición de la dra. [Stella] Alciaturi Juez/Fiscal se dispone se notifique a […] a efectos de no realizar más publicaciones en ningún medio ni pongan [sic] carteles realizando difamación e injurias, bajo apercibimiento de iniciarse un proceso penal.» Así dice el texto de la notificación que fueron convocados a firmar, el 8 de abril pasado, varios integrantes de la Comisión en Defensa de la Laguna del Cisne y el Yasyrí (arroyo Solís Chico).
Alciaturi es la fiscal de segundo turno de la sede de Atlántida. Es raro tener que explicar que la función del fiscal es acusar a quien presume que haya delinquido después de investigar si existen fundamentos para hacerlo. Quien dicta sentencia es el juez. Y para hacerlo, el magistrado está obligado a atenerse a las reglas del debido proceso. Pero, de acuerdo al relato de los vecinos de la comisión, en este caso no hubo ni siquiera proceso.
El domingo anterior a la citación, la comisión había hecho una concentración frente a la entrada del predio en el que se pretende llevar adelante el desarrollo inmobiliario últimamente titulado Laguna del Cisne Reserva de Chacras. El predio reúne tres padrones linderos a ese espejo de agua, y los vecinos tienen razones para oponerse a que sea autorizado, al menos en su versión actual.
«La concentración fue una actividad que nos planteamos en el contexto del Día Mundial del Agua. Por mal tiempo, se fue posponiendo. No fuimos muchos. Seríamos 40 o 50 vecinos. Fue muy ordenada. Hasta discreta. No hubo tambores, que a veces hay. No hubo música ni micrófono ni griterío», narró una de las vecinas al semanario. «Además, fue breve. De ahí nos fuimos a la ruta a volantear», completó.
«Ese domingo, Pedro Bidegain, el titular del desarrollo inmobiliario, me mandó un mensaje diciendo que hubo un inversor que no pudo entrar al terreno por nuestra concentración, que estaba perdiendo mucho dinero y que le íbamos a tener que devolver la plata», explicó otro de los participantes. «Nosotros vimos una camioneta que llegó y se fue. Nuestra voluntad no era impedir el paso de nadie. Si nos hubiese pedido que nos corriéramos, lo hubiéramos hecho», aclaró un tercero.
Al otro día, el empresario denunció a los vecinos ante la fiscalía. El martes, la fiscal ya había ordenado citar a los vecinos y había compuesto un expediente de 24 páginas. «Sabemos que en el expediente no solo hay fotos de la movilización del domingo, sino de otras anteriores, incluso de nuestras asambleas», aseguró la vecina.
El conflicto tiene sus años, aunque la actitud del empresario haya cambiado en diciembre, cuando La Diaria publicó una nota que contenía una entrevista a tres integrantes de la comisión. A continuación, una de las entrevistadas comenzó a recibir mensajes de Bidegain. «Nos gustaría reunirnos contigo para evaluar el tema de la Laguna», decía el primero. «Aguardo contacto, porque lo que están haciendo me está generando mucho daño», decía otro. «Me nombran en la prensa sin reserva alguna […] Me tiran abajo diez ventas de chacras por 2 millones, lo que me genera un perjuicio enorme, por el que debo reclamarles personalmente», afirmaba en otro más.
«Nos reunimos con la compañera, le sugerimos que bloqueara a Bidegain y que alguno de los varones de la comisión se pusiera en contacto con él, cosa que yo hice. Y, de acuerdo a lo resuelto, le planteamos que, a nuestro juicio, el lugar correcto para debatir su emprendimiento era la Comisión de Cuenca de la Laguna del Cisne. Le pedimos un correo electrónico para enviarle la respuesta formalmente y que no continuara con los mensajes personales, pero él siguió enviándolos», explicó uno de los vecinos.
LO QUE ESTÁ EN JUEGO
La Laguna del Cisne es un espejo de agua situado en Marindia, Canelones, 2 quilómetros y pico al norte de la ruta Interbalnearia. Abastece de agua potable a más de 32 mil conexiones desde el este de Salinas hasta Parque del Plata, es decir, a unas 78 mil personas, una población mayor que la del departamento de Artigas.
Es la única laguna natural de Canelones, surgida a fines del siglo XIX por movimientos de dunas que cortaron el paso hacia el arroyo Tropa Vieja de los cauces que en la actualidad la alimentan.
«Es un ecosistema extremadamente frágil», advirtió el doctor en Ciencias Biológicas Guillermo Goyenola en su último reporte sobre el estado de sus aguas. «Luego de casi 15 años del primer diagnóstico de la condición ambiental de la Laguna del Cisne, el riesgo de debilitamiento de los mecanismos naturales de control del fitoplancton sigue presente. No es despreciable la probabilidad de que ocurra una transición abrupta hacia un estado dominado por cianobacterias tóxicas. Las intervenciones hidráulicas en zonas buffer, las tendencias de cambio sostenidas sobre múltiples variables ambientales, la presencia de contaminantes, los altos niveles de nutrientes y el surgimiento de nuevas presiones de intensificación del uso del suelo señalan la urgencia de profundizar el monitoreo y repensar la gestión, priorizando no solo el abastecimiento de agua, sino también la protección integral de los procesos ecológicos que sostienen la calidad y la resiliencia del sistema», sostiene.1
De acuerdo a un informe de los técnicos de la división de conservación y restauración de ecosistemas del Ministerio de Ambiente (MA), es, además, un espacio de «alto valor para la biodiversidad evidenciada por registros de al menos 205 especies de aves, muchas de ellas nativas y algunas migratorias, registradas en el entorno del humedal Laguna del Cisne». El informe agrega que, asimismo, se han identificado otras especies «de alto valor ecológico», que incluyen anfibios, reptiles, insectos, hongos y plantas acuáticas, entre otras especies.2
Como es de imaginar, para cuidarla se ha desarrollado una normativa bastante robusta. Otra cosa es hasta qué punto se la atiende. En especial, hasta qué punto el gobierno de Canelones y el del Uruguay están dispuestos a defenderla.
SIGA EL BAILE
El 6 de diciembre de 2017, la junta departamental de Canelones aprobó el «Plan local directrices de ordenamiento territorial de la microrregión de Costa de Oro», usualmente abreviado como plan Costa de Oro. De acuerdo al plan, la cuenca de la Laguna del Cisne es un «ecosistema de alta prioridad, debido a que la calidad del agua es prioritaria para todos los intereses antrópicos» (artículo 16.1.2).
Por este motivo, en el artículo siguiente se determina que «la producción agroecológica será obligatoria en el ámbito de la cuenca» (17.2.1). Pero, además, el plan incluye un largo conjunto de padrones de la cuenca que quedan definidos como «zona de conservación y valoración ecosistémica», lista que incluye aquellos donde Bidegain construye su «reserva de chacras» (28.6.2). De acuerdo a la norma que se viene citando, las zonas de conservación y valoración ecosistémica «serán manejadas principalmente con fines de proteger los recursos naturales», y esto quiere decir que «su protección se basa en primera instancia en la restricción de usos, a los efectos de preservarlas de acciones del proceso urbanizador» (28.6).
Y el plan protege con más rigor aún la laguna misma y los humedales que la prolongan, la superficie terrestre que la costea hasta los 100 metros, los cursos de agua que la abastecen y sus orillas (hasta los 40 metros) y los montes de ribera asociados (que en buena medida la OSE se llevó por delante en una obra que hizo con el pretexto de la seca, a la que Goyenola alude como «intervenciones hidráulicas en zonas buffer» en la cita de más arriba). Estos espacios son categorizados como zona rural natural y en ellos está prohibida toda actividad que provoque contaminación, incluso remover el tapiz vegetal o introducir animales domésticos (23.1.5 y 41.2.9).
Por cierto, el proyecto de Bidegain no parece ajustarse a esas normas. «El emprendimiento consiste en una urbanización» a partir del fraccionamiento de tres padrones linderos a la laguna en 73 predios, de los cuales 72, de 3 hectáreas cada uno, se comercializan para alojar entes que, aunque se denominan chacras, «tienen un perfil tipo vivienda habitacional no permanente» y «no se prevé que tengan perfil productivo». Para el fraccionamiento, se prevé la utilización de «agua subterránea mediante perforaciones individuales». Asimismo, se propone que «las aguas servidas descarguen en depósitos impermeables individuales con disposición final mediante barométrica», con lo cual el sistema de drenaje de las aguas pluviales seguirá la dirección del «escurrimiento natural de todo el predio», que «es hacia la laguna». Se plantea, empero, «la colocación de un filtro verde o similar» en las cunetas para mitigar el arrastre.3
La chacra 73 sería una franja al costado de la laguna. Es decir, lo que el plan Costa de Oro define como zona rural natural sería copropiedad de los «chacareros», y un «reglamento de copropiedad» organizaría el uso del borde, de modo de asegurar su preservación.
Todo esto explicaba el informe sobre el proyecto que el propio empresario presentó ante la comuna canaria en marzo de 2024, en apoyo a la solicitud de fraccionamiento hecha tres meses antes.
A pesar de la confesión de parte de que el emprendimiento consistía en una «urbanización» en suelo rural que debía dedicarse a la producción agroecológica, el trámite avanzó sin otra complicación que las advertencias de Leonardo Herou, entonces director de Gestión Ambiental de la comuna (véase «Más allá de la soja», Brecha, 28-11-24).
«En función de lo antes expuesto se considera dar continuidad al presente trámite», expresaba en el expediente el coordinador del Gabinete Territorial, cargo que ocupaba el actual asesor presidencial Sergio Ashfield. El 28 de junio, la gerencia de Fraccionamiento estampó el «puede aceptarse».
Curiosamente, recién después de que tal cosa ocurrió, Bidegain y su esposa adquirieron los padrones cuyo fraccionamiento habían gestionado. Hasta el 19 de agosto de 2024, pertenecían a Luis y Carlos Salamando Mayero y, por lo menos hasta el 18 de octubre del año pasado, no se habían terminado de pagar, pues, según el escrito de esa fecha de la escribana contratada para certificar la propiedad, «existe sobre los inmuebles hipoteca por saldo de precio a favor de los vendedores».
La arquitecta Paola Florio, actual directora de Ordenamiento Territorial del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, todavía era la directora de Planificación Territorial y ya había tenido que advertir a Bidegain que había iniciado un expediente para determinar la sanción que le correspondía por haber construido sin permiso un muelle sobre la laguna.
Sin embargo, cuando en noviembre de 2024 el semanario la interrogó sobre los motivos por los cuales la comuna le había dado curso a un fraccionamiento cuyos objetivos se alejaban tanto de las disposiciones del plan Costa de Oro, argumentó que en esta etapa no era del caso considerar esos fines.
«Hoy lo que tenemos es un deslinde de padrón», insistió. «¿Qué va a pasar arriba? Podrán plantar uvas, podrán plantar lechugas o podrán colocar una vivienda. Hasta que a mí no me lo digan, expresamente, a través de un permiso de construcción, de una solicitud de autorización de viabilidad para un emprendimiento ecoturístico o de lo que fuera, nosotros no podemos presuponer ni las cargas ni los impactos que va a tener», argumentó.
EL ESTADO BICÉFALO
En aquel entonces, los vecinos de la Comisión en Defensa de la Laguna del Cisne y el Yasyrí, preocupados por el destino de la única fuente de agua potable de su zona, denunciaron el fraccionamiento ante el MA, todavía conducido por Robert Bouvier. Como pasaban los meses y no había novedades, solicitaron acceso al expediente y comprobaron que los avances habían sido insignificantes, por lo que el 21 de julio del año pasado reiteraron la denuncia.
Pero, en simultáneo, antes de dar por terminada la intervención de la comuna canaria, Ashfield había recogido la idea de un subordinado de proponer que la Dirección Nacional de Catastro añadiera al plano de la subdivisión la frase «los usos serán compatibles con lo dispuesto por el plan de ordenamiento Costa de Oro, decreto 0013/017 para el ámbito de la cuenca de la Laguna del Cisne».
Cuando Catastro recibió la solicitud, se atuvo al procedimiento usual: primero le preguntó al Instituto Nacional de Colonización si estaba interesado en los padrones (no lo estaba), luego consultó al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca sobre si el fraccionamiento cumplía los criterios cuya aplicación esa cartera debe vigilar cuando se divide un padrón rural, para que las fracciones resultantes sean agronómicamente viables. Y lo que Ganadería dijo fue que el caso no era digno de tal análisis, en tanto «el proyecto se presenta para uso turístico, recreativo, pudiendo usarse como residencia permanente».
Pero al agrimensor que debía trazar el plano definitivo le surgieron dudas: «La intendencia sugiere que debe incluir una leyenda que no está clara cual es», explicaba. El director de Catastro, entonces, creyó conveniente trasladar la consulta a la Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial y esta resolvió, a su vez, derivarla al MA.
Hay que reconocer que la división de emergencias y denuncias del MA se hizo cargo del reclamo vecinal. Primero constató que el suelo seguía tan rural como prevé el plan Costa de Oro y que, si se quiere urbanizar, primero hay que modificar la norma. Luego que, según el decreto 349/005, cualquier desarrollo de más de 10 hectáreas que esté a menos de 2 mil metros de un centro poblado requiere autorización ambiental previa. El de Bidegain tiene más de 271 hectáreas y está al borde de Marindia Norte. En tercer lugar, envió inspectores al predio. Documentaron lo que estuvo a su alcance, pero, como ya le ha ocurrido a varios organismos –incluida la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo–, no pudieron entrar. El 26 de agosto del año pasado concluyeron que «los responsables del emprendimiento denunciado deben cesar toda actividad de urbanización».
Para entonces, ya se había pronunciado de manera contundente la División Cuencas y Acuíferos de la misma cartera: «Algunos de los eventos peligrosos identificados son vertido de aguas residuales domésticas con o sin tratamiento; derrames de aguas residuales crudas por lluvias o fallas en el sistema de recolección o de tratamiento; descarga e infiltraciones de aguas residuales domésticas; infiltración de contaminantes por actividades de construcción; actividades domésticas o recreacionales que generan residuos; sobreexplotación del acuífero; infiltración de agua superficial al acuífero; descargas contaminantes (industriales y domésticas); descargas provenientes de drenaje urbano (metales e hidrocarburos) que actualmente aparece como que no aplica en la evaluación inicial del riesgo porque no hay proyectos urbanísticos al lado de la laguna».
Pero, mientras estas actuaciones no han tenido consecuencias que el semanario conozca, la pregunta por la leyenda que debía lucir el plano sí avanzó. Bidegain había presentado su propio reclamo por la demora. El 14 de agosto, una diligente funcionaria aclaró que no había acordonado el expediente de la denuncia con el expediente del letrero, «a efectos de no dilatar el procedimiento de fraccionamiento». Desde el 17 de setiembre, el nuevo plano es oficial.
Este enero, según el portal Infonegocios, Bidegain llevaba tres «chacras» vendidas. La urbanización irregular avanza con la esforzada concurrencia de funcionarios públicos que aceitan el trámite, que desoyen a los colegas que alegan la normativa infligida y la situación crítica de la laguna. Nadie asume haberlo autorizado, pero del predio siguen saliendo camiones cargados de troncos y siguen entrando otros cargados de tosca para que las gomas de los cochazos del más impotable barrio privado de Canelones sean tratadas dulcemente. Pero los que son citados ante la Justicia son los vecinos que defienden la laguna.
- Intendencia de Canelones y Centro Universitario Regional del Este, Universidad de la República, «Sistemas acuáticos canarios. Estado del conocimiento y gestión ambiental. Informe anual 2025». Fundación para el Desarrollo de las Ciencias Básicas. Canelones. ↩︎
- Ministerio de Ambiente, expediente EM2024/36001/025559. ↩︎
- «El propietario de un predio enclavado y que no tiene salida a la calle o camino público, puede reclamar paso por los predios vecinos para la explotación del suyo, pagando el valor del terreno necesario y resarciendo todo otro perjuicio», dice el artículo 581 del Código Civil. Es decir, es un derecho privado, no una vía pública. ↩︎











