El miércoles se supo que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (Tca) había descartado que el decreto reglamentario de la ley de interrupción voluntaria del embarazo fuera “manifiestamente ilegal”, como aducía un grupo de ginecólogos que a mediados del año pasado recurrió la norma ante ese organismo.
Pero por la misma resolución el tribunal dejó en suspenso diez artículos del decreto. Uno de ellos es el tercero, que obliga a los ginecólogos que por razones de conciencia se nieguen a interrumpir un embarazo a “derivar personalmente la paciente a otro médico, de forma de asegurar la continuidad de la atención inmediata”.
Otro es el 12, que prescribe que los integrantes del equipo interdisciplinario al que está obligada a consultar la mujer en trance de abortar “deberán abstenerse de to...
Artículo para suscriptores
Hacé posible el periodismo en el que confiás.
Suscribiéndote a Brecha estás apoyando a un medio cooperativo, independiente y con compromiso social
Para continuar leyendo este artículo tenés que ser suscriptor de Brecha.
¿Ya sos suscriptor? Logueate