Muertes en tambo de Durazno: la Justicia sigue esperando pericias esenciales para formalizar - Punto muerto - Semanario Brecha
Muertes en tambo de Durazno: la Justicia sigue esperando pericias esenciales para formalizar

Punto muerto

La Inspección General del Trabajo y la Policía Científica no han entregado a la Justicia de Durazno sus respectivos informes periciales sobre las circunstancias de las muertes de dos trabajadores en el megatambo Estancias del Lago ocurridas en abril. Mientras se aguarda la llegada de los documentos, vitales para solicitar la formalización de la investigación, la familia de una de las víctimas avanza por la vía civil. Para su abogado, en ambos casos les asiste el derecho ante incumplimientos graves de la empresa en materia de seguridad laboral.  

Biodigestor en las instalaciones del tambo. LINKEDIN, ESTANCIAS DEL LAGO SRL

Ya pasaron cinco meses de las muertes de Alexo Silva y Franco Mallardotte en el complejo agroindustrial Estancias del Lago, el megatambo propiedad del empresario argentino Alejandro Bulgheroni ubicado en Durazno. Los dos jóvenes, de 23 años, empleados de la empresa, perdieron la vida tras caer dentro de un tanque de 6 metros de alto con miles de litros de bosta de vaca enlodada en agua, lo que supuso el inicio de la investigación de oficio por parte de la fiscalía.

Según pudo confirmar Brecha, hasta ahora no se ha pedido la formalización del caso, por el momento caratulado como accidente laboral. De acuerdo a lo consignado por este semanario, faltan al menos dos documentos que, sin ser excluyentes para la solicitud, resultan centrales de cara a esta siguiente etapa y que, aunque han sido reclamados, continúan sin ser entregados a la fiscalía departamental de segundo turno.

Uno de ellos es potestad de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social, órgano de la cartera homónima, que tiene como cometido asegurar la protección legal de los trabajadores en sus espacios laborales en materia de condiciones de trabajo, seguridad social, seguridad y salud. En caso de un accidente laboral, a la inspección le corresponde investigar las causas del hecho, para lo que están autorizados a producir prueba, lo que puede incluir interrogatorios al personal en el espacio de trabajo y, si se advierte la posibilidad de la existencia de hechos con apariencia delictiva, debe dar cuenta de ello a la Fiscalía General de la Nación.

El otro informe le corresponde a la Policía Científica, que si bien elevó a la Justicia las pericias primarias, no le ha hecho llegar las de Accidentología, pruebas de segundo orden y de mayor peso para el avance de las investigaciones penales. Concretamente, este documento reúne las conclusiones del equipo de técnicos «tras el análisis criminalístico de toda la evidencia recogida, con una hipótesis –en caso de tenerla– sobre cómo ocurrieron los hechos investigados», resumieron fuentes de la fiscalía.

Según el inspector general del Trabajo, Tomás Teijeiro, la dirección que preside actuó «inmediatamente después de que ocurrieron los hechos». En su versión, las instancias formales de la visita y los procedimientos que implican se ejecutaron de acuerdo a lo que indica la legislación vigente, adujo en conversación con Brecha. Consultado sobre si la documentación pertinente fue entregada debidamente a la Justicia, alegó que está impedido de suministrar dicha información porque la investigación está abierta: «Yo no puedo decir nada porque el caso está sujeto a reserva, y además sigue en curso».

«GRAVE INCUMPLIMIENTO»

El biodigestor en el que cayeron los jóvenes el 13 de abril cumple la función de la obtención de biogás, definido por la Asociación Alemana de Biogás (referente mundial en la materia) como «una mezcla de gases altamente inflamables que, si se inhala, puede ser nociva para la salud debido a sus componentes tóxicos». Algunos, como el sulfuro de hidrógeno, puede constituir una amenaza para la vida, incluso en bajas concentraciones, indica el documento, que recomienda, además, el uso de máscaras con filtros especiales e, incluso, equipos de respiración autónomos (tanques de oxígeno).

Semanas después de los hechos, Brecha informaba que, de acuerdo a una fuente oficial cercana a la investigación del accidente, la extracción del cuerpo de uno de los trabajadores permitió divisar que no vestía protecciones especiales ni mascarilla y que los arneses de seguridad estaban afuera (véase «Durazno sangrando», Brecha, 5-V-23). Además, una de las membranas que debía cubrir el tanque (dos lonas infladas que lo cierran herméticamente) estaba parcialmente abierta cuando los trabajadores subieron por la escalera exterior que conecta con una plataforma en altura ubicada junto a la pared del tanque.

Para el abogado de la familia de Mallardotte, Rafael França, «está claro que hubo un incumplimiento grave de las medidas de prevención que ameritaba el trabajo» que estaban llevando adelante las víctimas, por lo que la investigación debe delimitar responsabilidades. Según la Ley de Responsabilidad Penal Empresarial (19.196, de 2014), la pena para este delito implica un rango de entre tres y 24 meses de prisión. En diálogo con Brecha, França aseguró que está conforme con la labor de la fiscalía y que tiene expectativas de que ratifiquen los «elementos argumentativos» que maneja.

Mientras tanto, la familia de Mallardotte resolvió avanzar a través de la vía civil, cuyo accionamiento ya quedó habilitado. En este caso, precisó el abogado, a lo que puede accederse es a una reparación económica hacia la familia de la víctima por parte de la empresa, en el entendido de que se incurrió en un «hecho ilícito».

CONTRAPUNTO

El martes, tras reunirse con la directiva de la Asociación Rural del Uruguay, el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Pablo Mieres, fue consultado por la prensa sobre la seguridad laboral en el ámbito agropecuario. En respuesta, Mieres subrayó el rol de la Inspección General de Trabajo, que «actúa de manera permanente, ya sea por denuncia o por oficio, que implica controlar las condiciones de trabajo en el sector». A su vez, valoró de forma positiva el «decreto meteorológico» dispuesto en 2022 para «evitar eventuales accidentes» de trabajadores rurales. El texto en cuestión estipula que durante fenómenos meteorológicos adversos, como lluvias, vientos, tormentas eléctricas, deben suspenderse las tareas de trabajo que impliquen riesgos para quienes las llevan a cabo. Sin embargo, el jerarca no hizo mención a los reiterados cuestionamientos a la norma en cuanto a la no inclusión del Instituto Uruguayo de Meteorología como garante frente a una posible discrecionalidad patronal en casos de eventos climáticos que pongan en riesgo a los trabajadores rurales (véase «A la que te criaste», Brecha, 28-I-22).

Hace un par de semanas, el Sindicato de Peones de Estancia y el Sindicato Único de Trabajadores del Arroz y Afines emitieron un comunicado conjunto en línea con dicha crítica. Sumado al planteo, los gremios presentaron un relevamiento de los casos de muertes por accidentes laborales –no necesariamente vinculados a circunstancias climáticas– en el área rural de los últimos 33 meses. Desde noviembre de 2020 hasta hoy, se contabilizan 26 casos.

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