“Lo divulgado por el intendente fue una información veraz, en aras de la transparencia de la cuestión pública, sin que surja que haya existido real malicia en la difusión para perjudicar a la denunciante, antes bien, primó la transparencia obrando en función del interés general.” El anterior es un fragmento de la sentencia del Tribunal de Apelaciones de 4º Turno que revocó la del juez de Salto Hugo Rundie, quien halló culpable al intendente de ese departamento, el frenteamplista Andrés Lima, y lo condenó por difamación a ocho meses de prisión con el beneficio de la suspensión de la pena.
El pasado 9 de mayo el jefe comunal comunicó en conferencia de prensa que tres ediles de su propio sector (la lista 888) habían presentado boletas adulteradas por gastos en una actividad en Rivera (las bol...
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